Convenio colectivo de Comercio de Alimentación de A Coruña 2022-2025.
Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| I | ||
| Grupo I, nivel A | 1.487,12 € | 22.306,80 € |
| Grupo I, nivel B | 1.399,66 € | 20.994,90 € |
| Grupo I, nivel C | 1.370,91 € | 20.563,65 € |
| II | ||
| Grupo II, nivel A | 1.343,33 € | 20.149,95 € |
| Grupo II, nivel B | 1.276,49 € | 19.147,35 € |
| Grupo II, nivel C | 1.259,34 € | 18.890,10 € |
| III | ||
| Grupo III, nivel 4 | 1.257,51 € | 18.862,65 € |
| Grupo III, nivel 3 | 1.230,64 € | 18.459,60 € |
| Grupo III, nivel 2 | 1.184,16 € | 17.762,40 € |
| Grupo III, nivel 1 | 1.153,95 € | 17.309,25 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I
Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
- Grupo I, nivel ANivel A del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
- Grupo I, nivel BNivel B del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
- Grupo I, nivel CNivel C del grupo I. Coordinan, dirigen y crean políticas generales y procedimientos amplios con mucha autonomía; hacen tareas complejas y supervisan a su equipo a través de mandos intermedios.
Grupo II
Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
- Grupo II, nivel ANivel A del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
- Grupo II, nivel BNivel B del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
- Grupo II, nivel CNivel C del grupo II. Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía, con pericia en procesos técnicos, comerciales, informáticos o administrativos; pueden coordinar un equipo. Titulación de grado medio o superior o formación o práctica equivalente.
Grupo III
Trabajos de oficio con instrucciones concretas, desde tareas especializadas hasta tareas con método preciso y supervisión directa; pueden requerir esfuerzo físico y coordinar un equipo pequeño participando en el trabajo.
- Grupo III, nivel 4Nivel más alto del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 3. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
- Grupo III, nivel 3Nivel 3 del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 2; a los 3 años se pasa al nivel 4. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
- Grupo III, nivel 2Nivel 2 del grupo III: se llega tras 3 años en el nivel 1; a los 3 años se pasa al nivel 3. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
- Grupo III, nivel 1Nivel de entrada del grupo III, para quien no tiene más de 3 años de experiencia demostrable en el puesto. A los 3 años se pasa al nivel 2. Grupo III: trabajos de oficio con instrucciones concretas (dependientes, cajeros, reponedores, mozos, operadores logísticos…).
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de transporteTodas las categorías, en 12 pagas · art. 12 y acta de 27/1/2025 | 88,44 € al mes en 12 pagas |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00, en proporción al tiempo trabajado en ese horario · art. 40 | 20 % sobre el salario base |
| Plus de cámaras de congelaciónQuien pasa al menos el 25 % de su jornada en cámaras de congelación · art. 33 | 25 % sobre el salario base |
| Antigüedad consolidadaSolo quien la tenga reconocida · arts. 9 y 11 | Complemento personal ya consolidado; el convenio no regula tramos nuevos |
| Ayuda escolarPor cada hijo/a que estudie entre los 3 y los 16 años, con 1 año de antigüedad; si ambos progenitores trabajan en la empresa, solo uno · art. 34 y acta de 27/1/2025 | 89,99 € |
| Dietas de desplazamientoDesplazamientos por trabajo · art. 25 | Media dieta 9,65 €; dieta completa 35,16 € (o gastos justificados, si se acuerda) |
Horas extra: se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %). De común acuerdo, descanso con el mismo recargo (1 h 30 min por hora extra; 2 h en domingo o festivo) (art. 15). (art. 15)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Diferencia entre el IPC real de 2024 y el 3 % (tope 1 %, sin atrasos) y, sobre el resultado, +3 %; el acta de 27/1/2025 aplica un 3 %); 2026: (En enero de 2026, si el IPC real de 2025 supera el 3 %, se sube la diferencia con un tope del 1 %, sin atrasos. No consta publicada.).
Revisión salarial: Cada enero, conocido el IPC real del año anterior, la comisión paritaria aprueba las tablas: si el IPC supera la subida pactada, se añade la diferencia con tope (2,5 % en 2023, 2 % en 2024, 1 % en 2025 y 2026), sin efectos retroactivos. También se aplica al plus de transporte y a la ayuda escolar. (art. 28).
Permisos pagados.
6 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 17.a | 16 | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 17.b | 5 (5 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4) |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 17.b | 4 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 3.er gradoart. 17.b | 1 | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 17.c | 2 | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 17.d | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 17.h | 3 | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia y acompañar a hijos menores de 16 o dependientesart. 17.i y k | — | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupo I: 6 meses
- Grupo II: 3 meses
- Grupo III: 1 mes
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 13/2/2025 · Publicada la revisión salarial de 2025 (+3 %).
- 31/1/2024 · Publicada la revisión salarial de 2024.
- 26/4/2023 · Publicadas las tablas de 2023.
- 31/10/2022 · Publicado el convenio de Comercio de Alimentación de A Coruña 2022-2025.
Fuente: BOP A Coruña de 31 de octubre de 2022 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vencido el 31/12/2025 y denunciado (REGCON, 17/9/2025); se prorroga de año en año mientras no se firme otro (art. 2). Sin tabla 2026 publicada a 14/10/2026: se aplica la de 2025.
Es el convenio de la especialidad de alimentación: almacenistas, ultramarinos, charcuterías, supermercados y autoservicios, cooperativas de consumo y economatos, caramelos y chocolates, torrefactores de café y demás comercio de alimentación, con tienda física o en línea, de la provincia de A Coruña. El comercio que no sea de alimentación va al convenio de comercio vario de A Coruña (comercio-a-coruna). Tiene prioridad en salarios sobre convenios de ámbito inferior (art. 1.d).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de alimentación de A Coruña?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de A Coruña en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.309,25 € brutos al año a jornada completa (Grupo III, nivel 1).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de A Coruña?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 6 meses. Grupo II: 3 meses. Grupo III: 1 mes.
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