Convenio colectivo del comercio de alimentación de la provincia de Ourense (2025-2028).
Convenio de los años 2025 a 2028 (del 1/1/2025 al 31/12/2028).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I | ||
| Grupo I.A | 1.635,15 € | 24.527,29 € |
| Grupo I.B | 1.555,18 € | 23.327,64 € |
| Grupo I.C | 1.475,18 € | 22.127,64 € |
| Grupo II | ||
| Grupo II.A | 1.411,24 € | 21.168,64 € |
| Grupo II.B | 1.396,47 € | 20.947,07 € |
| Grupo II.C | 1.363,23 € | 20.448,50 € |
| Grupo III | ||
| Grupo III.A | 1.331,30 € | 19.969,53 € |
| Grupo III.B | 1.283,33 € | 19.250,00 € |
| Grupo IV | ||
| Grupo IV | 1.258,48 € | 18.877,13 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I
Dirigen y coordinan con mucha autonomía: crean políticas y procedimientos, gestionan equipos y supervisan a través de mandos intermedios.
- Grupo I.ADirigen y coordinan con mucha autonomía: crean políticas y procedimientos, gestionan equipos y supervisan a través de mandos intermedios.
- Grupo I.BDirigen y coordinan con mucha autonomía: crean políticas y procedimientos, gestionan equipos y supervisan a través de mandos intermedios.
- Grupo I.CDirigen y coordinan con mucha autonomía: crean políticas y procedimientos, gestionan equipos y supervisan a través de mandos intermedios.
Grupo II
Trabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía y pueden coordinar un equipo; requiere pericia técnica, comercial, informática o administrativa, a nivel de titulado medio o equivalente.
- Grupo II.ATrabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía y pueden coordinar un equipo; requiere pericia técnica, comercial, informática o administrativa, a nivel de titulado medio o equivalente.
- Grupo II.BTrabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía y pueden coordinar un equipo; requiere pericia técnica, comercial, informática o administrativa, a nivel de titulado medio o equivalente.
- Grupo II.CTrabajan con especificaciones precisas y cierta autonomía y pueden coordinar un equipo; requiere pericia técnica, comercial, informática o administrativa, a nivel de titulado medio o equivalente.
Grupo III
Oficio que se domina por completo, siguiendo instrucciones de los superiores; puede coordinar a otras personas y exigir esfuerzo físico.
- Grupo III.AOficio que se domina por completo, siguiendo instrucciones de los superiores; puede coordinar a otras personas y exigir esfuerzo físico.
- Grupo III.BOficio que se domina por completo, siguiendo instrucciones de los superiores; puede coordinar a otras personas y exigir esfuerzo físico.
Grupo IV
Tareas con indicaciones concretas, método preciso y supervisión directa; puede exigir esfuerzo físico. Es el grupo de entrada sin experiencia: al año se pasa al Grupo III.B.
- Grupo IVTareas con indicaciones concretas, método preciso y supervisión directa; puede exigir esfuerzo físico. Es el grupo de entrada sin experiencia: al año se pasa al Grupo III.B.
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de nocturnidadPor cada hora completa trabajada entre las 22:00 y las 6:00 · art. 12 | 20 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Gratificación de permanenciaSolo quien estaba de alta en la empresa el 1/1/1998 · art. 13 | 1,2 % sobre el salario base |
| Antigüedad consolidadaSolo quien cobraba antigüedad el 1/1/1998 · art. 13 | Importe que se cobraba el 1/1/1998 más la parte proporcional generada desde el último cuatrienio hasta el 31/12/1997 |
| Gratificación por trabajo en cámaras de congelaciónQuien trabaja más del 25 % de su jornada en cámaras de congelación · art. 19 | 25 % sobre el salario base |
| Ayuda escolarPor cada hijo o hija de 3 a 16 años que esté estudiando; si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, solo uno · art. 14 | 80,00 € |
| Dieta completaViajes por orden de la empresa que impidan volver y obliguen a comer o alojarse fuera · art. 15 | 46,00 € por día |
| Dieta: comidaDesplazamientos que obliguen a comer fuera · art. 15 | 17,00 € por día |
| Dieta: cenaDesplazamientos que obliguen a cenar fuera · art. 15 | 11,50 € por día |
| Dieta: desayunoDesplazamientos que obliguen a desayunar fuera · art. 15 | 3,50 € por día |
| KilometrajeUso del vehículo propio para ir, por orden de la empresa, a otro centro de la provincia fuera de la zona urbana · art. 16 | 0,21 € |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %). Por acuerdo, descanso compensatorio con el mismo recargo (1 h 45 min por hora; 2 h si es en domingo o festivo) (art. 6). (art. 6)
Subidas pactadas: 2025: 11,74 % (Incremento del 11,74 % sobre las tablas de 2024 (12,38 % para el Grupo IV); atrasos en el mes siguiente a la publicación); 2026: 6,35 % (Incremento del 6,35 % sobre las tablas de 2025); 2027: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas de 2026).
Revisión salarial: Si el IPC real del año anterior supera la subida pactada para ese año, las tablas se revisan con un límite del 2,5 %, solo como base para la subida del año siguiente y sin efecto retroactivo; si no, las tablas del anexo III son definitivas. La actualización se haría en enero. (art. 11).
Permisos pagados.
9 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 7.1 | 16 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 7.2 | 4 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 7.3 | 5 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 7.4 | 2 | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensableart. 7.5 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios sin justificarart. 7.8 | 3 | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos, hermanos o cuñados (día de la ceremonia)art. 7.13 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia: el tiempo empleado si coincide con el horarioart. 7.7 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañar a consulta médica a hijos menores o familiares dependientes: el tiempo indispensableart. 7.14 | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto: el tiempo indispensableart. 7.12 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes para el carné de conducir: el tiempo precisoart. 7.15 | — | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupos de tarifa 1 y 2: 6 meses
- Grupos de tarifa 3 a 8: 3 meses
- Grupo de tarifa 9 y siguientes: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 26/9/2025 · Publicado el convenio del comercio de alimentación de Ourense 2025-2028, con tablas hasta 2028.
Fuente: BOP Ourense de 26 de septiembre de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Firmado el 29/07/2025 por la Confederación Empresarial de Ourense y USO, CCOO, UGT y CIG. Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2028 (art. 2), con tablas publicadas hasta 2028; al vencer queda denunciado automáticamente y se prorroga íntegro hasta que lo sustituya otro.
Es el convenio de la especialidad de alimentación de Ourense (almacenistas, distribuidores, detallistas, supermercados, autoservicios, economatos, chacinerías, carnicerías y pescaderías). El resto del comercio no va aquí: en Ourense no hay un convenio de comercio general, sino convenios de cada subsector (textil, metal, piel, materiales de construcción).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de alimentación de Ourense?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de Ourense en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 18.877,13 € brutos al año a jornada completa (Grupo IV).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de Ourense?
32 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos de tarifa 1 y 2: 6 meses. Grupos de tarifa 3 a 8: 3 meses. Grupo de tarifa 9 y siguientes: 15 días.
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