Convenio Colectivo para el Sector del Comercio del Metal y la Electricidad de la Provincia de Jaén. Años 2025, 2026 y 2027.
Convenio de los años 2025 a 2027 (del 1/1/2025 al 31/12/2027).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I · Mantenimiento y servicios auxiliares | ||
| Jefe de Sección de Servicios | 1.296,61 € | 19.449,15 € |
| Jefe de Almacén | 1.358,34 € | 20.375,10 € |
| Delineante | 1.187,23 € | 17.808,45 € |
| Jefe de Taller | 1.156,75 € | 17.351,25 € |
| Conductor/Repartidor | 1.173,69 € | 17.605,35 € |
| Oficial de 1ª | 1.209,37 € | 18.140,55 € |
| Oficial de 2ª | 1.173,69 € | 17.605,35 € |
| Oficial de 3ª | 1.154,24 € | 17.313,60 € |
| Ayudante/Mozo | 1.131,54 € | 16.973,10 € |
| Cortador | 1.204,54 € | 18.068,10 € |
| Cobrador | 1.161,87 € | 17.428,05 € |
| Conserje/Telefonista | 1.131,54 € | 16.973,10 € |
| Personal de Limpieza | 1.131,54 € | 16.973,10 € |
| Grupo II · Comercial | ||
| Encargado de Establecimiento | 1.228,34 € | 18.425,10 € |
| Jefe de Ventas | 1.430,50 € | 21.457,50 € |
| Jefe de Grupo | 1.296,61 € | 19.449,15 € |
| Jefe de Sección Mercantil | 1.259,90 € | 18.898,50 € |
| Viajante | 1.216,83 € | 18.252,45 € |
| Dependiente Mayor | 1.247,71 € | 18.715,65 € |
| Dependiente/Vendedor o Comercial | 1.173,69 € | 17.605,35 € |
| Ayudante/Mozo | 1.131,54 € | 16.973,10 € |
| Grupo III · Administración, contabilidad y tesorería | ||
| Jefe Administrativo | 1.437,65 € | 21.564,75 € |
| Secretario | 1.186,17 € | 17.792,55 € |
| Contable | 1.216,83 € | 18.252,45 € |
| Jefe de Sección Administrativa | 1.321,52 € | 19.822,80 € |
| Contable/Cajero | 1.306,14 € | 19.592,10 € |
| Oficial Administrativo | 1.173,53 € | 17.602,95 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.154,26 € | 17.313,90 € |
| Auxiliar de Caja | 1.131,54 € | 16.973,10 € |
| Grupo IV · Dirección | ||
| Director | 1.665,42 € | 24.981,30 € |
| Jefe de División | 1.460,50 € | 21.907,50 € |
| Jefe de Personal | 1.430,50 € | 21.457,50 € |
| Jefe de Compras y Ventas | 1.430,50 € | 21.457,50 € |
| Encargado General | 1.430,50 € | 21.457,50 € |
| Jefe de Sucursal | 1.358,34 € | 20.375,10 € |
| Grupo V · Titulados | ||
| Titulado de Grado Superior | 1.561,50 € | 23.422,50 € |
| Titulado de Grado Medio | 1.370,22 € | 20.553,30 € |
| Titulado Técnico Sanitario | 1.370,22 € | 20.553,30 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Mantenimiento y servicios auxiliares
Mantenimiento de maquinaria e instalaciones, oficios clásicos, limpieza, vigilancia, reparto y transporte, almacén, preparación de pedidos, carga y descarga y montaje de escaparates.
- Jefe de Sección de ServiciosDirige los trabajos de la sección de servicios que tiene encomendada, con personal a su cargo, y colabora en su formación.
- Jefe de AlmacénEstá al frente de un almacén: reposición, recepción, conservación y marcaje de mercancía, entradas y salidas, distribución a tiendas o secciones, pedidos y control del personal de almacén.
- DelineantePor sus conocimientos técnicos desarrolla proyectos sencillos y levanta e interpreta planos.
- Jefe de TallerEstá al frente de un taller auxiliar de la empresa, con mando sobre los profesionales de oficio, organiza el trabajo y asesora técnicamente a la empresa.
- Conductor/RepartidorConduce el vehículo, con el carnet que sea, y reparte la mercancía cuidando del género y del dinero cobrado.
- Oficial de 1ªHace con autonomía trabajos de uno o varios oficios clásicos (ebanista, electricista, mecánico, pintor…) o el mantenimiento integral de un centro.
- Oficial de 2ªOficial especializado que hace los trabajos encargados con iniciativa, bajo la dirección de un jefe u oficial de primera.
- Oficial de 3ªHace trabajos concretos de oficio sin iniciativa, siguiendo instrucciones de un jefe u oficial superior.
- Ayudante/MozoTraslada, mueve y manipula mercancía dentro y fuera del establecimiento y hace trabajos de esfuerzo físico.
- CortadorCorta hierros o metales a medida y puede venderlos.
- CobradorCobra y paga facturas fuera del establecimiento por cuenta de una sola empresa.
- Conserje/TelefonistaAtiende la centralita y los avisos, hace recados, recoge y entrega correspondencia, tareas sencillas de oficina y supervisa la limpieza.
- Personal de LimpiezaSe ocupa del aseo y la limpieza de los locales.
Comercial: venta, compra y reposición
Atención a clientes, compras, marketing, ofertas, preparación del producto, venta al público y reposición.
- Encargado de EstablecimientoEstá al frente de una sucursal, tienda o punto de venta por delegación de la dirección: pedidos, existencias, horarios del personal, apertura y cierre.
- Jefe de VentasDirige y controla todas las operaciones de venta del establecimiento y fija los criterios comerciales y de marketing.
- Jefe de GrupoDirige y controla los departamentos de la actividad mercantil: compras generales, criterios de venta, implantación en lineales, marketing y promociones.
- Jefe de Sección MercantilDirige una sección de venta con personal a su cargo: surtido, exposición, turnos, cobro, reclamaciones y cierre.
- ViajanteViaja por una ruta fija al servicio de una sola empresa ofreciendo artículos, tomando pedidos e informando a los clientes.
- Dependiente MayorVendedor con dominio total del oficio y del producto que asesora a los clientes y colabora en la formación del personal de su sección.
- Dependiente/Vendedor o ComercialVende con conocimiento práctico de los artículos, orienta al cliente, controla y repone su stock y monta escaparates o vitrinas.
- Ayudante/MozoAsiste en las operaciones comerciales con los clientes, bajo la supervisión de un responsable.
Administración, contabilidad y tesorería
Administración y gestión, informática y soporte, atención telefónica a clientes, contabilidad, proveedores, facturación, cobros y pagos.
- Jefe AdministrativoDirige y supervisa todas las funciones y departamentos administrativos de la empresa.
- SecretarioTrabaja a las órdenes directas de un director: tareas administrativas, correspondencia y agenda; necesita ofimática e idiomas.
- ContableLleva la contabilidad general y coordina la caja y su cuadre, bajo un superior.
- Jefe de Sección AdministrativaDirige una sección administrativa, supervisa el cobro a clientes y los inventarios y puede coordinar varias secciones de una zona.
- Contable/CajeroCobra las ventas de la empresa y hace su caja: marca artículos, cobra y da cambio.
- Oficial AdministrativoHace trabajo administrativo con iniciativa: correspondencia, contratos, estadísticas, contabilidad, seguros sociales e informática.
- Auxiliar AdministrativoHace tareas administrativas auxiliares siguiendo normas: correspondencia, facturas, archivo y gestiones ante organismos.
- Auxiliar de CajaCobra en caja (efectivo o tarjeta), revisa talones, hace facturas y recibos y ayuda en el arqueo, bajo supervisión; también atiende a clientes.
Dirección
Ejecutan las órdenes inmediatas de la empresa, participan en su política y dirigen, coordinan y responden de su área.
- DirectorA las órdenes inmediatas de la empresa y participando en su política, dirige y coordina las actividades de su dirección.
- Jefe de DivisiónA las órdenes de un director, organiza y dirige la división comercial a su cargo.
- Jefe de PersonalAl frente de todo el personal: organiza y distribuye el trabajo, concede permisos y propone sanciones.
- Jefe de Compras y VentasHace las compras generales de mercancía y dirige y controla las ventas y los criterios comerciales.
- Encargado GeneralEstá al frente de un establecimiento con sucursales en otras plazas o dirige varias sucursales de la misma plaza.
- Jefe de SucursalEstá al frente de una sucursal ejerciendo por delegación funciones de la empresa.
Titulados
- Titulado de Grado Superior
- Titulado de Grado Medio
- Titulado Técnico Sanitario
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de asistenciaPor cada día de asistencia al trabajo · art. 32 y anexo | 2,78 € por día |
| Plus de transporte por trabajo en sábadoPor cada día trabajado por encima de 5 días efectivos a la semana · art. 31 | 5,49 € por día |
| Quebranto de monedaPersonal que cobra habitualmente y es responsable de caja (no quien cobra de forma esporádica) · art. 29 y anexo | 68,46 € al mes en 12 pagas |
| Dieta completaComisión de servicio fuera de la residencia habitual que no sea habitual en el puesto; además, gastos de desplazamiento · art. 30 y anexo | 57,48 € por día |
| Media dietaComisión de servicio fuera de la residencia habitual sin pernocta · art. 30 y anexo | 30,29 € por día |
| Fomento a la cultura (bolsa de estudios)Una vez al año, en septiembre, por unidad familiar, si hay hijos de 3 a 16 años estudiando o si la propia persona cursa estudios reglados, FP o universidad (con justificante) · art. 47 y anexo | 177,96 € |
| Plus compensatorio para el desarrollo de políticas socialesSolo si la empresa no acredita las actividades de información, asesoramiento y formación en políticas sociales (adhesión a Comercio Jaén o FDM o plan propio presentado a la comisión paritaria); igual sea cual sea la jornada · art. 61 y anexo | 20,00 € al mes en 12 pagas |
| Gratificación de permanencia (15 y 25 años)Al cumplir 15 años en la empresa y otra vez al cumplir 25 · art. 28 | Una mensualidad de salario base en la nómina del mes en que se cumplen 15 o 25 años |
| Complemento de vinculación personal consolidadoSolo quien ya lo cobraba (procede del art. 14 del convenio de 1998-1999); sube cada año con el incremento del convenio · art. 27 | Importe individual consolidado + incremento anual del convenio |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo, descanso con el mismo recargo del 75 % (1 h 45 min por hora extra) (art. 25 y art. 22). (art. 25 y art. 22)
Subidas pactadas: 2025: 2,8 % (2,8 % sobre las tablas de 2024 en todos los conceptos, con efectos de 1/1/2025); 2026: 2,6 % (2,6 % sobre las tablas de 2025 en todos los conceptos); 2027: 2,6 % (2,6 % sobre las tablas de 2026 en todos los conceptos); 2026: (Salario mínimo del sector igual al SMI vigente para jornada completa (proporcional a tiempo parcial), contando base, tres pagas, plus de asistencia, plus compensatorio y demás pluses salariales).
Revisión salarial: No hay cláusula de revisión por IPC. Garantía: salario mínimo del sector igual al SMI vigente en cada momento (art. 26.2). (art. 26).
Permisos pagados.
4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho inscritaart. 42.1.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado (o conviviente que necesite cuidado)art. 42.1.b | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 42.1.c | 2 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 42.1.d | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 42.1.e | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica propia o acompañando a hijos menores de 18 años o mayores dependientesart. 42.1.h | — | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor familiar o urgencia familiar imprevisibleart. 42.1.h | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 42.1.i | 2 | Mejora el Estatuto |
| Día de libre disposición sin bajas el año anteriorart. 42.1.k | 1 | Mejora el Estatuto |
| Renovación del CAP de camiónart. 42.1.j | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Novedades del convenio.
- 15/9/2025 · Publicado el convenio del comercio del metal y la electricidad de Jaén 2025-2027: subidas del 2,8 %, 2,6 % y 2,6 %.
Fuente: BOP Jaén de 15 de septiembre de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 15 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2027 (art. 5), publicado en el BOP de Jaén el 15/9/2025. Se denuncia solo al vencer y sigue en vigor hasta que lo sustituya otro.
Es el convenio de la especialidad del metal y la electricidad (suministros industriales, electrodomésticos, concesionarios de vehículos, recambios, ferreterías, iluminación, material eléctrico, ópticas y artículos médicos, muebles de oficina metálicos…). El resto del comercio va al convenio de comercio en general de la provincia de Jaén o al de su subsector.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de comercio del metal de Jaén?
Su estado a 15 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio del metal de Jaén en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.973,10 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio del metal de Jaén?
30 días naturales al año.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.