Convenio colectivo para el Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid (2024-2027).
Convenio de los años 2024 a 2027 (del 1/4/2024 al 31/12/2027).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I · Técnicos de estructura | ||
| Nivel 1Dirige un área, un departamento o varias sucursales, o hace trabajos técnicos de la máxima complejidad (análisis de sistemas, estrategia comercial, asesoría). | 2.257,67 € | 33.865,02 € |
| Grupo II · Técnicos | ||
| Nivel 2.1Dirige o vigila todas las funciones administrativas de una empresa organizada en varias secciones. | 2.029,94 € | 30.449,16 € |
| Nivel 2.2Está al frente de un almacén o una sucursal, o hace trabajos técnicos de informática, proyectos o apoyo técnico con autonomía media. | 1.879,41 € | 28.191,17 € |
| Nivel 2.3Hace rótulos, carteles y escaparates, o delinea proyectos sencillos y levanta planos. | 1.733,68 € | 26.005,26 € |
| Grupo III · Técnicos | ||
| Nivel 3.1Manda y supervisa una sección o un taller auxiliar, o programa aplicaciones informáticas, siguiendo normas de un superior. | 1.655,75 € | 24.836,18 € |
| Nivel 3.2Hace visitas y encuestas comerciales, administrativas o de relaciones públicas, dentro o fuera de la empresa. | 1.577,62 € | 23.664,36 € |
| Grupo IV · Empleados de estructura | ||
| Nivel 4.1Vende con conocimiento del producto, lleva parte de la contabilidad, la caja o tareas administrativas con iniciativa, opera el equipo informático o viaja a vender por una ruta. | 1.485,02 € | 22.275,28 € |
| Nivel 4.2Lleva un pequeño establecimiento de la empresa, vende en la plaza, hace tareas administrativas o conduce con carné D o E. | 1.383,45 € | 20.751,70 € |
| Grupo V · Empleados | ||
| Nivel 5.1Hace trabajos de oficio (electricidad, mecánica, montaje…) bajo directrices concretas, conduce con carné C o cobra ventas a crédito. | 1.287,80 € | 19.317,02 € |
| Nivel 5.2Hace tareas sencillas con instrucciones: conserjería, recepción y teléfono, recados, archivo y grabación de datos, transporte y paletizado, limpieza o conducción con carné B o A1. | 1.191,04 € | 17.865,66 € |
| Aprendices (anexo III) | ||
| AprendicesAprende en la práctica un oficio o un puesto cualificado. Hasta 21 años y como máximo dos años en este puesto. | 1.065,47 € | 15.982,07 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Técnicos de estructura (nivel 1)
Dirigen una o varias áreas de la empresa o hacen trabajos técnicos de la máxima complejidad. Toman decisiones o participan en ellas y fijan objetivos, con mucha autonomía y responsabilidad.
- Nivel 1Dirige un área, un departamento o varias sucursales, o hace trabajos técnicos de la máxima complejidad (análisis de sistemas, estrategia comercial, asesoría).
Técnicos (niveles 2.1 a 2.3)
Hacen tareas complejas pero homogéneas, con objetivos globales y bastante autonomía. Según la responsabilidad que se les dé, pueden supervisar y coordinar el trabajo de otros.
- Nivel 2.1Dirige o vigila todas las funciones administrativas de una empresa organizada en varias secciones.
- Nivel 2.2Está al frente de un almacén o una sucursal, o hace trabajos técnicos de informática, proyectos o apoyo técnico con autonomía media.
- Nivel 2.3Hace rótulos, carteles y escaparates, o delinea proyectos sencillos y levanta planos.
Técnicos (niveles 3.1 y 3.2)
Trabajan con autonomía media siguiendo instrucciones; integran, coordinan y supervisan tareas homogéneas y pueden compartir el mando de un equipo.
- Nivel 3.1Manda y supervisa una sección o un taller auxiliar, o programa aplicaciones informáticas, siguiendo normas de un superior.
- Nivel 3.2Hace visitas y encuestas comerciales, administrativas o de relaciones públicas, dentro o fuera de la empresa.
Empleados de estructura (niveles 4.1 y 4.2)
Hacen trabajos con instrucciones precisas que piden conocimientos de oficio y práctica, bajo supervisión sistemática: ventas, administración, contabilidad, informática o conducción con carné D o E.
- Nivel 4.1Vende con conocimiento del producto, lleva parte de la contabilidad, la caja o tareas administrativas con iniciativa, opera el equipo informático o viaja a vender por una ruta.
- Nivel 4.2Lleva un pequeño establecimiento de la empresa, vende en la plaza, hace tareas administrativas o conduce con carné D o E.
Empleados (niveles 5.1 y 5.2)
Hacen trabajos con un método preciso e instrucciones concretas, con total dependencia de un superior. A veces piden carné de conducir o un breve periodo de adaptación.
- Nivel 5.1Hace trabajos de oficio (electricidad, mecánica, montaje…) bajo directrices concretas, conduce con carné C o cobra ventas a crédito.
- Nivel 5.2Hace tareas sencillas con instrucciones: conserjería, recepción y teléfono, recados, archivo y grabación de datos, transporte y paletizado, limpieza o conducción con carné B o A1.
Grupo Aprendices (anexo III)
- AprendicesAprende en la práctica un oficio o un puesto cualificado. Hasta 21 años y como máximo dos años en este puesto.
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (cuatrienios)Toda la plantilla; cuenta desde el ingreso en la empresa, incluido el aprendizaje; máximo seis cuatrienios · art. 4 y tablas salariales | según categoría, de 56,38 a 105,92 € |
| Complemento por mejora de productividadSe cobra cada mes si la persona no ha faltado más de ocho horas laborables ese mes (no cuentan los permisos del art. 37 ET, las vacaciones, las horas sindicales, el médico especialista ni la boda de padres, hijos o hermanos) · art. 6 | 1,5 % sobre el salario base |
| Incremento por conducir vehículos de carné D o EConductores/as que no conducen toda la jornada vehículos de carné D o E: cobran el nivel 5.1 y un 9 % más por el tiempo realmente trabajado en esos vehículos · art. 43 | 9 % sobre el salario base |
| Dieta completaViajes o desplazamientos ordenados por la empresa a poblaciones distintas de la del centro de trabajo; el día de llegada se reduce a media dieta si se pernocta en casa, salvo que se hagan las dos comidas principales fuera · art. 7 y acta de revisión 2026 (acuerdo cuarto) | 56,18 € por día |
| Media dietaDesplazamientos por orden de la empresa a otra población que no dan derecho a dieta completa · art. 7 y acta de revisión 2026 (acuerdo cuarto) | 13,53 € por día |
| Compensación por desplazamiento entre centrosCuando la empresa desplaza a la persona a otro centro suyo situado en otro municipio · art. 9 | Diferencia de coste del transporte público entre el trayecto casa-centro habitual y casa-centro desplazado |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (festivas +150 %). De común acuerdo: 1 h 45 min de tiempo libre por cada hora extra (acumulable) (art. 10). (art. 10)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas vigentes a 31/12/2024. Revisión por IPC: el IPC real de 2025 fue del 2,9 %, así que no hubo actualización (acta de 21/1/2026)); 2026: 2 % (Incremento del 2,00 % sobre las tablas vigentes a 31/12/2025 (aplicado en la revisión salarial de 21/1/2026)); 2027: 2,5 % (Incremento del 2,5 % sobre las tablas vigentes a 31/12/2026; tablas 2027 aún no publicadas a 14/10/2026).
Revisión salarial: Si el IPC real del INE supera la subida pactada (3,00 % en 2025, 2,00 % en 2026 y 2,50 % en 2027), las tablas se actualizan a 31 de diciembre de ese año por la diferencia, sin efectos retroactivos (tope del 4 % en 2025). Si el IPC es menor, no hay ajuste a la baja. Todos los conceptos salariales, incluidos «ex categoría» y «ex antigüedad», suben en los mismos porcentajes; las dietas según el art. 7. (art. 3).
Permisos pagados.
3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 21 ter (remite al art. 37.3 ET) | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado, cónyuge, pareja de hecho o convivienteart. 21 ter (remite al art. 37.3 ET) | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 21 ter (remite al art. 37.3 ET) | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 21 ter (remite al art. 37.3 ET) | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 21 ter (remite al art. 37.3 ET) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica de especialista para la propia persona trabajadora (16 horas al año, con justificante de hora de cita y salida)art. 21 ter.A | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica general propia o acompañamiento al médico o especialista del cónyuge, ascendientes de 1.er grado o hijos hasta 16 años (o con discapacidad), y asuntos escolares de hijos hasta 16 años (12 horas al año)art. 21 ter.B | — | Mejora el Estatuto |
| Horas de libre disposición para asuntos propios (8 horas al año, fecha acordada con la empresa)art. 13 | — | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto del personal (empresas de 25 o más trabajadores): 2 meses
- Resto del personal (empresas de menos de 25 trabajadores): 3 meses
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
Fuente: BOCM de 21 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/4/2024 al 31/12/2027 (art. 2). Si nadie lo denuncia con un mes de antelación, se prorroga de año en año desde el 1/1/2028. Tablas 2026 publicadas en el BOCM de 7/3/2026.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de comercio del metal de Madrid?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/4/2024 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio del metal de Madrid en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.982,07 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio del metal de Madrid?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto del personal (empresas de 25 o más trabajadores): 2 meses. Resto del personal (empresas de menos de 25 trabajadores): 3 meses.
¿Eres empresa?
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