Convenio colectivo provincial para el comercio en general de la provincia de Segovia. 2024/2028.
Convenio de los años 2024 a 2028 (del 1/1/2024 al 31/12/2028).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo profesional I | ||
| Director/a | 1.559,85 € | 23.397,75 € |
| Encargado/a General | 1.344,70 € | 20.170,47 € |
| Jefe/a de Personal | 1.344,70 € | 20.170,47 € |
| Jefe/a de Compras | 1.344,70 € | 20.170,47 € |
| Jefe/a de Ventas | 1.344,70 € | 20.170,47 € |
| Jefe/a de Almacén | 1.344,70 € | 20.170,47 € |
| Jefe/a de Sucursal | 1.266,79 € | 19.001,85 € |
| Jefe/a de Grupo | 1.266,79 € | 19.001,85 € |
| Jefe/a de Sección Administrativa | 1.266,79 € | 19.001,85 € |
| Jefe/a de Sección Mercantil | 1.266,79 € | 19.001,85 € |
| Encargado/a de Establecimiento | 1.266,79 € | 19.001,85 € |
| Grupo profesional II | ||
| Dependiente/a de 1ª | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Escaparatista | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Contable | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Secretario/a | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Cajero/a | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Oficial Administrativo/a | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Operador/a de Máquinas | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Carretillero/a | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Profesional de Oficio de 1ª | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Conductor/a Repartidor/a | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Viajante | 1.218,07 € | 18.271,01 € |
| Grupo profesional III | ||
| Dependiente/a de 2ª | 1.185,47 € | 17.782,01 € |
| Corredor/a de Plaza | 1.185,47 € | 17.782,01 € |
| Oficial Administrativo/a de 2ª | 1.185,47 € | 17.782,01 € |
| Profesional de Oficio de 2ª | 1.185,47 € | 17.782,01 € |
| Grupo profesional IV | ||
| Auxiliar Administrativo/a | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
| Auxiliar de Caja | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
| Ayudante/a de Dependiente | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
| Ayudante/a de Oficio | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
| Mozo/a especializado/a | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
| Aprendiz | 1.153,74 € | 17.306,09 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo profesional I
- Director/a
- Encargado/a General
- Jefe/a de Personal
- Jefe/a de Compras
- Jefe/a de Ventas
- Jefe/a de Almacén
- Jefe/a de Sucursal
- Jefe/a de Grupo
- Jefe/a de Sección Administrativa
- Jefe/a de Sección Mercantil
- Encargado/a de Establecimiento
Grupo profesional II
- Dependiente/a de 1ª
- Escaparatista
- Contable
- Secretario/a
- Cajero/a
- Oficial Administrativo/a
- Operador/a de Máquinas
- Carretillero/a
- Profesional de Oficio de 1ª
- Conductor/a Repartidor/a
- Viajante
Grupo profesional III
- Dependiente/a de 2ª
- Corredor/a de Plaza
- Oficial Administrativo/a de 2ª
- Profesional de Oficio de 2ª
Grupo profesional IV
- Auxiliar Administrativo/a
- Auxiliar de Caja
- Ayudante/a de Dependiente
- Ayudante/a de Oficio
- Mozo/a especializado/a
- Aprendiz
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Complemento personal de antigüedad consolidada (CPAC)Personas con antigüedad generada hasta el 31/12/2023; desde entonces no se generan más cuatrienios · art. 11 y anexo 1 | Importe consolidado a 31/12/2023 (cuatrienios del 6 % sobre las bases de 1996 del anexo 1, tope 30 %); quien no había cumplido un cuatrienio: 1,5 % por año completo (7 a 12 meses, 1,5 %; 1 a 6 meses, 0,75 %). Inalterable, no compensable ni absorbible |
| Plus nocturnoHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 10.A | 20 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Plus tóxico, peligroso y penosoTrabajos tóxicos, peligrosos o excepcionalmente penosos · art. 10.B | 20 % sobre el salario base |
| Trabajo en domingos o festivos de aperturaHasta 5 domingos o festivos de apertura al año en el comercio en general; la persona elige la compensación · art. 6 | 21,00 € por hora |
| Plus de idiomasCuando la empresa exige el conocimiento práctico de un idioma distinto del español · art. 16 | 10 % sobre el salario base |
| Plus compensatorio de formaciónSolo si la empresa no acredita su participación en planes de formación continua del comercio (mín. 80 horas) · art. 37 y tablas | 70,00 € al mes en 15 pagas |
| Ayuda por hijos con discapacidadHijos con discapacidad igual o superior al 33 % que dependan económicamente de la persona trabajadora · art. 17 | 130,00 € |
| Bolsa de vacacionesSi, de mutuo acuerdo y a propuesta de la empresa, no se disfrutan todas las vacaciones en las fechas fijadas · art. 7.9 | 169,54 € (importe del texto de 2024), una vez al año |
| Dieta: una comida fueraDesplazamiento por trabajo con una comida fuera del domicilio · art. 13 | 15,41 € en 2024. Importe de 2024; el convenio lo actualiza cada año con el mismo porcentaje que las tablas, pero no publica el importe de 2026. |
| Dieta: dos comidas fueraDesplazamiento por trabajo con dos comidas fuera del domicilio · art. 13 | 30,83 € en 2024. Importe de 2024; el convenio lo actualiza cada año con el mismo porcentaje que las tablas, pero no publica el importe de 2026. |
| Dieta: pernoctaDesplazamiento por trabajo con pernocta (o los justificantes de alojamiento) · art. 13 | 51,37 € en 2024 o los justificantes de alojamiento. Importe de 2024; el convenio lo actualiza cada año con el mismo porcentaje que las tablas, pero no publica el importe de 2026. |
| Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos por trabajo con el vehículo propio, voluntariamente · art. 13 | Importe por kilómetro (0,33 € en 2024, actualizable) |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo, con descanso: 1 hora y 45 minutos (75 % más de tiempo) por cada hora extra (art. 15). (art. 15)
Subidas pactadas: 2025: (Tabla de 2025 fijada en el anexo del convenio (el texto no expresa porcentaje)); 2026: (Tabla de 2026 fijada en el anexo del convenio (el texto no expresa porcentaje)); 2026: (Si una subida del SMI obliga a subir el grupo IV, los grupos I, II y III suben en el mismo porcentaje).
Revisión salarial: No hay revisión por IPC: las tablas de 2024 a 2028 van fijadas en el anexo. Cada vez que el SMI obligue a subir el grupo IV, los grupos I, II y III suben en el mismo porcentaje para mantener las diferencias. (art. 9).
Permisos pagados.
9 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 21.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 21.b | 5 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 21.b y c | 5 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de familiares de 3.er grado de consanguinidadart. 21.d | 1 | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos o hermanosart. 21.f | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 21.g | 3 | Mejora el Estatuto |
| Día de libre disposiciónart. 21.m | 1 | Mejora el Estatuto |
| Acompañar a hijos menores de 18 años o parientes dependientes hasta 2.º grado a la asistencia sanitaria: el tiempo indispensableart. 21.e | — | Mejora el Estatuto |
| Visita médica propia (Seguridad Social o mutua): el tiempo necesarioart. 21.l | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes oficiales, carné de conducir o renovación del DNI: el tiempo indispensableart. 21.i y j | — | Mejora el Estatuto |
| Deberes públicos, incluido el voto: el tiempo indispensableart. 21.k | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Categorías que no requieren titulación: 15 días
- Categorías que requieren titulación: 2 meses
Preaviso si te vas
- Todos los grupos: 15 días
Novedades del convenio.
- 16/12/2024 · Publicado el convenio de comercio en general de Segovia 2024-2028, con tablas salariales para los cinco años.
Fuente: BOP Segovia de 16 de diciembre de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2028 (art. 2); se denuncia automáticamente al vencer y sigue vigente hasta el siguiente (art. 4).
Es el convenio general del comercio de Segovia: incluye, entre otros, venta de vehículos, muebles y electrodomésticos, textil y calzado, alimentación, joyería, informática, panaderías y pastelerías de venta, librerías, animales de compañía, segunda mano, tintorerías y lavanderías. Las actividades con convenio estatal propio (p. ej. grandes almacenes) se rigen por el suyo.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de comercio de Segovia?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de Segovia en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.306,09 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar Administrativo/a).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de Segovia?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Categorías que no requieren titulación: 15 días. Categorías que requieren titulación: 2 meses.
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