Saltar al contenido

Convenio colectivo provincial para el sector del comercio de la provincia de Soria.

VigenteDescargar el convenioCódigo 42000025011981

Convenio de los años 2026 a 2028 (del 1/1/2026 al 31/12/2028).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.790horas
Vacaciones30días

naturales · art. 14

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo III
Director/Directora1.489,17 €22.337,55 €
Jefe/Jefa de Personal1.358,75 €20.381,25 €
Jefe/Jefa de Compras1.358,75 €20.381,25 €
Jefe/Jefa de Ventas1.358,75 €20.381,25 €
Encargado/Encargada General1.358,75 €20.381,25 €
Jefe/Jefa de Sucursal o Supermercado1.269,73 €19.045,95 €
Jefe/Jefa de Almacén1.269,73 €19.045,95 €
Jefe/Jefa de Sección Mercantil1.255,69 €18.835,35 €
Encargado/Encargada de Establecimiento1.227,57 €18.413,55 €
Grupo II
Personal Viajante1.246,26 €18.693,90 €
Corredor de Plaza1.227,57 €18.413,55 €
Personal Dependiente1.199,47 €17.992,05 €
Escaparatista1.227,57 €18.413,55 €
Personal Ayudante1.146,60 €17.199,00 €
Jefe/Jefa Administrativo1.358,75 €20.381,25 €
Contable Cajero/Cajera1.213,48 €18.202,20 €
Personal Oficial Administrativo1.199,47 €17.992,05 €
Personal Auxiliar administrativo1.153,60 €17.304,00 €
Jefe/Jefa de taller1.160,60 €17.409,00 €
Profesional de oficio de 1ª1.160,60 €17.409,00 €
Personal Conductor-repartidor1.160,60 €17.409,00 €
Profesional de Oficio de 2ª1.153,60 €17.304,00 €
Grupo I
Personal Mozo1.139,60 €17.094,00 €
Personal Mozo Especializado1.146,60 €17.199,00 €
Personal Vigilante1.139,60 €17.094,00 €
Personal de Limpieza1.139,60 €17.094,00 €

Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo III

  • Director/Directora
  • Jefe/Jefa de Personal
  • Jefe/Jefa de Compras
  • Jefe/Jefa de Ventas
  • Encargado/Encargada General
  • Jefe/Jefa de Sucursal o Supermercado
  • Jefe/Jefa de Almacén
  • Jefe/Jefa de Sección Mercantil
  • Encargado/Encargada de Establecimiento

Grupo II

  • Personal Viajante
  • Corredor de Plaza
  • Personal Dependiente
  • Escaparatista
  • Personal Ayudante
  • Jefe/Jefa Administrativo
  • Contable Cajero/Cajera
  • Personal Oficial Administrativo
  • Personal Auxiliar administrativo
  • Jefe/Jefa de taller
  • Profesional de oficio de 1ª
  • Personal Conductor-repartidor
  • Profesional de Oficio de 2ª

Grupo I

  • Personal Mozo
  • Personal Mozo Especializado
  • Personal Vigilante
  • Personal de Limpieza

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (cuatrienios)Toda la plantilla; cuenta desde el ingreso, incluido el aprendizaje o categoría asimilada · art. 95 % del salario base por cada 4 años (máximo 4)
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por naturaleza · art. 1022 % sobre la hora ordinaria por hora
Complemento por permanencia de auxiliar administrativo y ayudante de dependienteCon 5 años de servicio en la misma categoría y empresa sin vacante de oficial o dependiente · art. 11A los 5 años, 50 % de la diferencia entre su salario y el de oficial o dependiente; a los 10 años, el 100 %
Plus compensatorio de formaciónSolo si la empresa no acredita su participación en planes de formación del comercio · art. 2820,00 € al mes
Media dieta (una comida)Desplazamiento por orden de la empresa a otra población con una comida fuera · art. 1612,00 € por día

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (art. 15). (art. 15)

Subidas pactadas: 2026: 3,25 % (3,25 % sobre las tablas de 2025 y adaptación al SMI anual de las categorías que quedan por debajo, con una diferencia de 105 € anuales); 2027: 3 % (3,00 % sobre las tablas de 2026 (tabla 2027 publicada en el anexo)).

Revisión salarial: Al terminar 2028, si la suma del IPC real de 2026, 2027 y 2028 supera el 9,25 %, se actualizan los salarios por el exceso, con un máximo del 1 % y efectos de 1/1/2029. (art. 7).

Permisos pagados.

3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 21.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 21.b5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 1.er gradoart. 21.c3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 21.d2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 21.e1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensableart. 21.f—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica propia: el tiempo imprescindible (máx. 2 veces al mes, con 24 h de aviso)art. 21.h—Mejora el Estatuto
Acompañar a consulta médica a menores, personas dependientes o hijos con discapacidad (máx. 14 horas al año)art. 21.h—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Personal titulado: 6 meses
  • Resto del personal: 2 meses
  • Resto del personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 31/8/2026 · Publicado el convenio provincial del comercio de Soria 2026-2028, con subida del 3,25 % en 2026 y del 3 % en 2027 y 2028.

Fuente: BOP Soria de 31 de agosto de 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2028 (art. 3); al vencer se denuncia sola y se prorroga hasta el siguiente (art. 4). Firmado por FOES, FEC Soria y otras asociaciones empresariales y por CC OO.

Se aplica a las empresas del campo del I Acuerdo Marco del Comercio (comercio al por mayor y al por menor) de Soria, salvo las actividades con convenio estatal propio (p. ej. grandes almacenes). Por la parte social solo lo firmó CC OO. No hay tabla de 2025 publicada: el convenio anterior solo fijó una subida del 3,25 % sobre la tabla de 2024.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de comercio de Soria?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio de Soria en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.094,00 € brutos al año a jornada completa (Personal Mozo).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio de Soria?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal titulado: 6 meses. Resto del personal: 2 meses. Resto del personal en empresas de menos de 25 personas: 3 meses.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba