VII Convenio colectivo General del Sector de la Construcción.
Convenio de los años 2022 a 2026 (del 1/1/2022 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| 7 | ||
| Nivel II · Titulados superiores, de grado o máster con experienciaNivel de las personas tituladas universitarias superiores (grado, máster, licenciatura, arquitectura, ingeniería) con experiencia, del grupo 7: diseñan y dirigen obras y proyectos y supervisan equipos de distintas áreas. | — | 23.556,82 € |
| 6 | ||
| Nivel III · Titulados medios, jefe administrativo de 1.ª, graduado socialNivel de titulados medios y universitarios del grupo 6 (arquitectos e ingenieros técnicos, diplomados), del jefe administrativo de 1.ª y del graduado social; también el jefe de sección de organización de 1.ª (grupo 5). Gestionan obras o áreas de la empresa con gran autonomía. | — | 23.208,70 € |
| 5-6 | ||
| Nivel IV · Encargado general, ayudante de obra, jefe de personalNivel del encargado general, el jefe de fabricación o encargado general de fábrica, el jefe de personal, el ATS/DUE y el maestro de primera enseñanza (grupo 6); del ayudante de obra y el maestro industrial (grupo 5), y del encargado de sección de laboratorio (grupo 4). | — | 22.865,73 € |
| 5 | ||
| Nivel V · Encargado general de obra, delineante superior, jefe administrativo de 2.ªNivel del grupo 5: encargado general de obra, delineante superior, jefe administrativo de 2.ª, jefe de compras y jefe de sección de organización de 2.ª. Organizan y supervisan el trabajo de un equipo con iniciativa. | — | 22.527,81 € |
| 4-5 | ||
| Nivel VI · Encargado de obra, delineante de 1.ª, oficial administrativo de 1.ªNivel del encargado de obra, delineante de 1.ª, técnico de organización de 1.ª, oficial administrativo de 1.ª y patrón dragador (grupo 4), y del jefe o encargado de sección o taller, práctico en topografía de 1.ª y escultor de piedra y mármol (grupo 5). | — | 22.194,90 € |
| 4 | ||
| Nivel VII · Capataz, oficial de 1.ª (varios), maquinista de 1.ª, gruista de grúas torre y móvilesNivel del grupo 4 en obra: capataz, oficial de 1.ª (varios), maquinista de primera, gruista de grúa torre o móvil autopropulsada (con carné), entibador, buzo, delineante de 2.ª, entre otros; también el analista de primera y el viajante. Trabajan con cierta autonomía y coordinan pequeños equipos. | — | 21.866,90 € |
| 3-4 | ||
| Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª, maquinista de 2.ª, gruistaNivel del oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª, cantero de primera, barrenero-picador y analista de segunda (grupo 4), y del maquinista de segunda, gruista, ayudante entibador y corredor de plaza (grupo 3). | — | 21.543,77 € |
| 2-3 | ||
| Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo, ayudante de oficio (varios)Nivel del oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo y auxiliar de organización (grupo 3), y del ayudante de oficio (varios), ayudante de maquinista, conserje, calcador y vendedor (grupo 2); también el jefe de almacén. | — | 21.225,39 € |
| 1-3 | ||
| Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, almacenero, ordenanza, vigilanteNivel del ayudante de oficio, almacenero, vigilante de obra y adoquinador (grupo 2), del especialista de 1.ª, auxiliar de laboratorio y cobrador (grupo 3), y del ordenanza y portero (grupo 1). | — | 20.911,71 € |
| 2 | ||
| Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ªNivel del peón especializado y el especialista de 2.ª (grupo 2): apoyan a un superior que les indica cómo hacer el trabajo, manejan equipos sencillos a motor (dúmper, hormigonera) y no tienen personas a su cargo. | — | 20.602,68 € |
| 1 | ||
| Nivel XII · Peón ordinario, personal de limpiezaNivel del peón ordinario y del personal de limpieza (grupo 1): tareas sencillas y concretas, con esfuerzo físico, como limpiar y ordenar la obra, transportar material a mano o elaborar hormigones y pastas de forma manual; sin personas a su cargo. | — | 20.298,22 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo 1
Tareas sencillas y concretas, con mucha dependencia y esfuerzo físico (limpieza de la obra, transporte manual de material, recados). No tiene a nadie a su cargo.
- Nivel XII · Peón ordinario, personal de limpiezaNivel del peón ordinario y del personal de limpieza (grupo 1): tareas sencillas y concretas, con esfuerzo físico, como limpiar y ordenar la obra, transportar material a mano o elaborar hormigones y pastas de forma manual; sin personas a su cargo.
Grupo 2
Apoya a un superior que le indica cómo hacer el trabajo; tareas sencillas que piden práctica, como manejar dúmper, hormigonera o maquinaria auxiliar no automática. No tiene a nadie a su cargo.
- Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ªNivel del peón especializado y el especialista de 2.ª (grupo 2): apoyan a un superior que les indica cómo hacer el trabajo, manejan equipos sencillos a motor (dúmper, hormigonera) y no tienen personas a su cargo.
Grupo 3
Trabajo de oficio con instrucciones precisas y supervisión: albañilería, ferralla, encofrado, pintura, electricidad, apoyo administrativo, almacén. A veces coordina pequeños grupos.
Por ejemplo: oficial de segunda, especialista de primera, auxiliar administrativo/a, gruista, maquinista de segunda.
Grupo 4
Conocimientos avanzados del oficio y cierta autonomía: organiza a la cuadrilla, interpreta planos, maneja maquinaria pesada o grúas con carné y puede llevar tareas administrativas o de cálculo sencillas. Coordina pequeños grupos.
- Nivel VII · Capataz, oficial de 1.ª (varios), maquinista de 1.ª, gruista de grúas torre y móvilesNivel del grupo 4 en obra: capataz, oficial de 1.ª (varios), maquinista de primera, gruista de grúa torre o móvil autopropulsada (con carné), entibador, buzo, delineante de 2.ª, entre otros; también el analista de primera y el viajante. Trabajan con cierta autonomía y coordinan pequeños equipos.
Grupo 5
Trabajo con iniciativa: planifica, organiza y supervisa a un equipo de menor cualificación (mando directo en obra), delinea proyectos, controla costes o dirige un almacén o un departamento.
- Nivel V · Encargado general de obra, delineante superior, jefe administrativo de 2.ªNivel del grupo 5: encargado general de obra, delineante superior, jefe administrativo de 2.ª, jefe de compras y jefe de sección de organización de 2.ª. Organizan y supervisan el trabajo de un equipo con iniciativa.
Grupo 6
Gran autonomía y responsabilidad sobre objetivos globales: gestiona la ejecución de obras, mediciones, certificaciones y subcontratas, o coordina áreas de la empresa; normalmente con mando sobre personas.
- Nivel III · Titulados medios, jefe administrativo de 1.ª, graduado socialNivel de titulados medios y universitarios del grupo 6 (arquitectos e ingenieros técnicos, diplomados), del jefe administrativo de 1.ª y del graduado social; también el jefe de sección de organización de 1.ª (grupo 5). Gestionan obras o áreas de la empresa con gran autonomía.
Grupo 7
Alta responsabilidad: dirige equipos de varias áreas, diseña y controla proyectos de edificación u obra civil, trata con clientes y organismos públicos y puede representar a la empresa.
- Nivel II · Titulados superiores, de grado o máster con experienciaNivel de las personas tituladas universitarias superiores (grado, máster, licenciatura, arquitectura, ingeniería) con experiencia, del grupo 7: diseñan y dirigen obras y proyectos y supervisan equipos de distintas áreas.
Grupo 8
Dirección de la empresa: diseña y dirige la política general, comercial y financiera con total autonomía.
Por ejemplo: director/a general, gerente, director/a financiero/a, director/a comercial.
Grupo 5-6
- Nivel IV · Encargado general, ayudante de obra, jefe de personal · nivel IVNivel del encargado general, el jefe de fabricación o encargado general de fábrica, el jefe de personal, el ATS/DUE y el maestro de primera enseñanza (grupo 6); del ayudante de obra y el maestro industrial (grupo 5), y del encargado de sección de laboratorio (grupo 4).
Grupo 4-5
- Nivel VI · Encargado de obra, delineante de 1.ª, oficial administrativo de 1.ª · nivel VINivel del encargado de obra, delineante de 1.ª, técnico de organización de 1.ª, oficial administrativo de 1.ª y patrón dragador (grupo 4), y del jefe o encargado de sección o taller, práctico en topografía de 1.ª y escultor de piedra y mármol (grupo 5).
Grupo 3-4
- Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª, maquinista de 2.ª, gruista · nivel VIIINivel del oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª, cantero de primera, barrenero-picador y analista de segunda (grupo 4), y del maquinista de segunda, gruista, ayudante entibador y corredor de plaza (grupo 3).
Grupo 2-3
- Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo, ayudante de oficio (varios) · nivel IXNivel del oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo y auxiliar de organización (grupo 3), y del ayudante de oficio (varios), ayudante de maquinista, conserje, calcador y vendedor (grupo 2); también el jefe de almacén.
Grupo 1-3
- Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, almacenero, ordenanza, vigilante · nivel XNivel del ayudante de oficio, almacenero, vigilante de obra y adoquinador (grupo 2), del especialista de 1.ª, auxiliar de laboratorio y cobrador (grupo 3), y del ordenanza y portero (grupo 1).
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable · art. 62 | 20 % sobre el salario base |
| Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 63 | 25 % sobre el salario base por hora |
| Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más) · art. 59 | 17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento |
| Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 · art. 58 | Importe consolidado al 21/11/1996, invariable y por tiempo indefinido; no genera nuevos tramos y se extingue con el contrato |
| Complemento de incapacidad temporal con hospitalizaciónIncapacidad temporal (cualquier causa) que requiera hospitalización · art. 70 | La empresa completa la prestación hasta el 100 % del salario base y los pluses salariales del convenio provincial durante la hospitalización y los sesenta días siguientes, si sigue la incapacidad temporal |
| Dieta completa y media dietaDesplazamiento: dieta completa por día natural si no se puede pernoctar en casa; media dieta por día trabajado si hay que comer fuera · art. 86 y art. 55.2 | Importe fijado por el convenio provincial; si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento, solo el 20 % de la dieta completa |
Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET). La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no perturba la producción; las compensadas en los cuatro meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año (arts. 66-68). (arts. 66-68)
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024: las tablas provinciales de 2024 se incrementan un 0,40 % con efectos de 1/1/2025 (base para la subida de 2025).); 2025: 3,5 % (Las tablas provinciales de 2024 (ya con la garantía del 0,40 %) se actualizan un 3,50 % desde el 1/1/2025.); 2026: 3 % (Las tablas provinciales vigentes en 2025 se actualizan un 3,00 % desde el 1/1/2026; las comisiones provinciales deben publicarlas en los 90 días siguientes a la publicación (si no, puede fijarlas la Comisión Paritaria estatal).).
Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026: si la suma del IPC general de diciembre de 2025 y de diciembre de 2026 supera el 7,25 % (con un máximo del 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7).
Permisos pagados.
4 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)art. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento, adopción, guarda o acogimiento (si no se cobra el subsidio por nacimiento) (+2 días naturales con desplazamiento)art. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 77.1 (redacción del acuerdo publicado en el BOE de 8/1/2024) | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 77.3 | tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 12/5/2026 · Nuevo anexo XIX con el listado estadístico de códigos CNAE-2025 del sector; no cambia el ámbito funcional del convenio
- 10/12/2025 · Modificación del VII CGSC: tablas provinciales +3,5 % en 2025 y +3 % en 2026, nueva remuneración mínima anual 2025-2026, cláusula de garantía 2025-2026 y aportación adicional del 0,25 % al plan de pensiones en 2026
Fuente: BOE de 23 de septiembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2026; después sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro (art. 7). Modificado en el BOE de 10/12/2025: +3,5 % en 2025 y +3 % en 2026 sobre las tablas provinciales.
Las tablas salariales las fija el convenio provincial de cada provincia; este es el marco estatal.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 20.298,22 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII · Peón ordinario, personal de limpieza).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.