Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Córdoba 2025-2026.
Convenio de los años 2025 a 2026 (del 1/1/2025 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I · Personal directivo y técnico | ||
| Director/a General | 1.476,23 € | 22.143,45 € |
| Director/a Comercial | 1.364,24 € | 20.463,60 € |
| Titulado/a Superior | 1.254,40 € | 18.816,00 € |
| Titulado/a Grado Medio | 1.202,67 € | 18.040,05 € |
| Titulado/a Laboral y Profesional | 1.098,16 € | 16.472,40 € |
| Grupo II · Personal administrativo | ||
| Jefe/a Administrativo/a de 1ª | 1.206,41 € | 18.096,15 € |
| Jefe/a Administrativo/a de 2ª | 1.169,34 € | 17.540,10 € |
| Cajero/a | 1.121,24 € | 16.818,60 € |
| Oficial de 1ª | 1.091,66 € | 16.374,90 € |
| Oficial de 2ª | 1.041,25 € | 15.618,75 € |
| Auxiliar Administrativo/a | 971,51 € | 14.572,65 € |
| Cobrador/a - telefonista | 954,85 € | 14.322,75 € |
| Grupo III · Mandos intermedios | ||
| Encargado/a General | 1.243,64 € | 18.654,60 € |
| Encargado/a de Zona | 1.185,33 € | 17.779,95 € |
| Encargado/a de Sector | 1.151,03 € | 17.265,45 € |
| Encargado/a de Grupo o Edificio | 1.055,08 € | 15.826,20 € |
| Responsable de Equipo | 967,98 € | 14.519,70 € |
| Grupo IV · Personal de producción | ||
| Conductor/a – Limpiador/a | 1.036,89 € | 15.553,35 € |
| Especialista | 1.008,28 € | 15.124,20 € |
| Peón Especializado/a | 967,98 € | 14.519,70 € |
| Limpiador/a | 907,67 € | 13.615,05 € |
| Limpiacristales | 907,67 € | 13.615,05 € |
| Listero/a - Almacenero/a | 907,67 € | 13.615,05 € |
| Grupo V · Personal de oficios varios | ||
| Oficial | 1.008,28 € | 15.124,20 € |
| Ayudante | 929,03 € | 13.935,45 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I · Personal directivo y técnico
- Director/a General
- Director/a Comercial
- Titulado/a Superior
- Titulado/a Grado Medio
- Titulado/a Laboral y Profesional
Grupo II · Personal administrativo
- Jefe/a Administrativo/a de 1ª
- Jefe/a Administrativo/a de 2ª
- Cajero/a
- Oficial de 1ª
- Oficial de 2ª
- Auxiliar Administrativo/a
- Cobrador/a - telefonista
Grupo III · Mandos intermedios
- Encargado/a General
- Encargado/a de Zona
- Encargado/a de Sector
- Encargado/a de Grupo o Edificio
- Responsable de Equipo
Grupo IV · Personal de producción
- Conductor/a – Limpiador/a
- Especialista
- Peón Especializado/a
- Limpiador/a
- Limpiacristales
- Listero/a - Almacenero/a
Grupo V · Personal de oficios varios
- Oficial
- Ayudante
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (trienios)Personal con contrato indefinido anterior al 29/7/1997 · art. 23 | 4 % del salario base por cada 3 años |
| Antigüedad (quinquenios)Personal que accedió a un contrato indefinido desde el 29/7/1997 · art. 23 | 4 % del salario base por cada 5 años |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 28.3 | 25 % sobre el salario base por hora |
| Plus de transporteIgual para todas las categorías, por día efectivamente trabajado y proporcional a la jornada · art. 28.2 y anexo I | 4,13 € por día |
| Plus de festivos: centros hospitalariosPersonas trabajadoras de centros hospitalarios · art. 28.1 y anexo I | 60,03 € al mes |
| Plus de festivos: centros con plus reconocido a 31/5/1994Centros que ya tenían el plus reconocido a 31/5/1994 · art. 28.1 y anexo I | 55,03 € al mes |
| Plus de festivos: centros no hospitalarios con rotaciónCentros no hospitalarios con rotación anual en domingos y festivos: mínimo 2 domingos al mes u 8 festivos al año · art. 28.1 y anexo I | 55,00 € al mes |
| Plus de festivos: trabajo ocasional en domingo o festivoResto de personas que trabajan circunstancialmente un domingo o festivo, por cada día · art. 28.1 y anexo I | 9,79 € por día |
| Gratificación por trabajos complementariosLimpiador/a, limpiacristales, peón especializado/a, especialista o conductor/a-limpiador/a que haga ocasionalmente tareas distintas de las suyas (fregar platos, recoger mesas, poner lavadoras, lavandería, hacer camas, cortinas…) · art. 26.1 y anexo I | 135,00 € al mes |
| Gratificación por trabajo en centros minerosPersonas que trabajan en centros mineros de la provincia · art. 26.2 y anexo I | 57,10 € al mes |
| Dieta: desayunoDesplazamiento a un centro fuera de la localidad habitual que no sea traslado · art. 37 y anexo I | 3,69 € por día |
| Dieta: almuerzoDesplazamiento a un centro fuera de la localidad habitual que no sea traslado · art. 37 y anexo I | 26,59 € por día |
| Dieta: cenaDesplazamiento a un centro fuera de la localidad habitual que no sea traslado · art. 37 y anexo I | 24,18 € por día |
| Dieta: pernoctación en la provinciaDesplazamiento con noche fuera, dentro de la provincia · art. 37 y anexo I | 16,98 € por día |
| Dieta: pernoctación fuera de la provinciaDesplazamiento con noche fuera de la provincia · art. 37 y anexo I | 33,96 € por día |
| Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos fuera de la localidad habitual con vehículo propio por indicación expresa de la empresa · art. 37.2 | 0,19 € |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo, 1 hora y 3/4 de descanso por hora extra, dentro de los tres meses siguientes (art. 27). (art. 27)
Subidas pactadas: 2025: (Tabla 2025 pactada en importes en el anexo I, sin porcentaje de subida expreso); 2026: (Tabla 2026 pactada en importes en el anexo I, sin porcentaje de subida expreso); 2027: 1,5 % (Solo si el convenio se prorroga por no denunciarse: +1,5 % anual en las tablas; la comisión paritaria se reúne antes del 15 de diciembre para actualizarlas).
Revisión salarial: Prórroga tácita anual con un incremento del 1,5 % en las tablas salariales si ninguna parte denuncia el convenio con dos meses de antelación. Garantía: toda persona trabajadora cobra al menos el SMI vigente en cómputo anual, más el plus de transporte y las horas extra. (art. 2 y anexo I).
Permisos pagados.
5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 32.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de ascendientes, descendientes o colaterales hasta 2.º gradoart. 32.b | 1 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º gradoart. 32.d | 5 | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 32.d | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 32.e | 2 | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)art. 32.c | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)art. 32.f | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios en centros hospitalariosart. 33 | 5 | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios en el resto de centrosart. 33 | 2 | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupo I · Personal directivo y técnicos titulados: 6 meses
- Grupo II · Personal administrativo: 2 meses
- Grupo III · Mandos intermedios: 2 meses
- Grupo IV · Personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 16/7/2025 · Publicado en el BOP de Córdoba el convenio de limpieza de edificios y locales 2025-2026
Fuente: BOP Córdoba de 16 de julio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2026 (art. 2). Si no se denuncia con dos meses de antelación, se prorroga de año en año con una subida del 1,5 % en las tablas; denunciado, sigue aplicándose entero hasta el nuevo convenio.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de limpieza de edificios y locales de Córdoba?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de limpieza de edificios y locales de Córdoba en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 13.615,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza de edificios y locales de Córdoba?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I · Personal directivo y técnicos titulados: 6 meses. Grupo II · Personal administrativo: 2 meses. Grupo III · Mandos intermedios: 2 meses. Grupo IV · Personal operario: 15 días.
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