Convenio colectivo del sector del metal de la provincia de Córdoba (2023-2025).
Convenio de los años 2023 a 2025 (del 1/1/2023 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Se pueden cobrar prorrateadas
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I | ||
| Ingeniero | 1.990,86 € | 28.045,59 € |
| Analista Informático | 1.927,10 € | 27.152,95 € |
| Grupo II | ||
| Ingeniero Técnico (Perito) | 1.927,10 € | 27.152,95 € |
| ATS (Practicante) | 1.555,15 € | 21.945,65 € |
| Grupo III | ||
| Proyectista | 1.692,14 € | 23.863,51 € |
| Programador Informático | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Jefe Servicio | 1.898,79 € | 26.756,61 € |
| Jefe Oficina 1.ª | 1.739,99 € | 24.533,41 € |
| Jefe Oficina 2.ª | 1.673,46 € | 23.601,99 € |
| Jefe Laboratorio | 1.780,59 € | 25.101,81 € |
| Jefe Almacén | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Jefe Taller | 1.733,47 € | 24.442,13 € |
| Maestro Taller 1.ª | 1.600,29 € | 22.577,61 € |
| Maestro Taller 2.ª | 1.578,05 € | 22.266,25 € |
| Maestro Ind. Mantenimiento | 1.600,29 € | 22.577,61 € |
| Planificador | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Grupo IV | ||
| Delineante 1.ª | 1.591,48 € | 22.454,27 € |
| Recepcionista | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Probador | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Encargado | 1.506,31 € | 21.261,89 € |
| Encargado de Taller | 1.506,31 € | 21.261,89 € |
| Encargado de Establecimiento | 1.506,31 € | 21.261,89 € |
| Grupo V | ||
| Delineante 2.ª | 1.521,85 € | 21.479,45 € |
| Oficial Administrativo 1.ª | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Oficial Administrativo 2.ª | 1.521,85 € | 21.479,45 € |
| Viajante | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Vendedor de Establecimiento | 1.583,20 € | 22.338,35 € |
| Operador Informático | 1.521,85 € | 21.479,45 € |
| Chófer de Camión | 1.503,00 € | 21.215,55 € |
| Oficial 1.ª Mantenimiento | 1.516,42 € | 21.403,43 € |
| Oficial 2.ª Mantenimiento | 1.481,49 € | 20.914,41 € |
| Oficial 1.ª | 1.493,08 € | 21.076,67 € |
| Oficial 2.ª | 1.465,26 € | 20.687,19 € |
| Capataz | 1.465,40 € | 20.689,15 € |
| Grupo VI | ||
| Almacenero | 1.444,74 € | 20.399,91 € |
| Basculero | 1.421,26 € | 20.071,19 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.447,49 € | 20.438,41 € |
| Dependiente | 1.455,15 € | 20.545,65 € |
| Listero | 1.455,15 € | 20.545,65 € |
| Ayudante Dependiente | 1.410,95 € | 19.926,85 € |
| Perforista Informático | 1.447,49 € | 20.438,41 € |
| Calcador | 1.447,53 € | 20.438,97 € |
| Reproductor de Planos | 1.401,48 € | 19.794,27 € |
| Chófer de Turismo | 1.477,38 € | 20.856,87 € |
| Especialista | 1.426,89 € | 20.150,01 € |
| Oficial 3.ª | 1.435,54 € | 20.271,11 € |
| Oficial 3.ª Mantenimiento | 1.446,35 € | 20.422,45 € |
| Grupo VII | ||
| Portero | 1.401,48 € | 19.794,27 € |
| Ordenanza | 1.401,48 € | 19.794,27 € |
| Guarda/Vigilante | 1.410,95 € | 19.926,85 € |
| Telefonista | 1.410,95 € | 19.926,85 € |
| Peón | 1.401,48 € | 19.794,27 € |
| Mozo Almacén | 1.426,32 € | 20.142,03 € |
| Limpiador/a | 1.401,48 € | 19.794,27 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I
- Ingeniero
- Analista Informático
Grupo II
- Ingeniero Técnico (Perito)
- ATS (Practicante)
Grupo III
- Proyectista
- Programador Informático
- Jefe Servicio
- Jefe Oficina 1.ª
- Jefe Oficina 2.ª
- Jefe Laboratorio
- Jefe Almacén
- Jefe Taller
- Maestro Taller 1.ª
- Maestro Taller 2.ª
- Maestro Ind. Mantenimiento
- Planificador
Grupo IV
- Delineante 1.ª
- Recepcionista
- Probador
- Encargado
- Encargado de Taller
- Encargado de Establecimiento
Grupo V
- Delineante 2.ª
- Oficial Administrativo 1.ª
- Oficial Administrativo 2.ª
- Viajante
- Vendedor de Establecimiento
- Operador Informático
- Chófer de Camión
- Oficial 1.ª Mantenimiento
- Oficial 2.ª Mantenimiento
- Oficial 1.ª
- Oficial 2.ª
- Capataz
Grupo VI
- Almacenero
- Basculero
- Auxiliar Administrativo
- Dependiente
- Listero
- Ayudante Dependiente
- Perforista Informático
- Calcador
- Reproductor de Planos
- Chófer de Turismo
- Especialista
- Oficial 3.ª
- Oficial 3.ª Mantenimiento
Grupo VII
- Portero
- Ordenanza
- Guarda/Vigilante
- Telefonista
- Peón
- Mozo Almacén
- Limpiador/a
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (cuatrienios)Por cada 4 años en la empresa; máximo 2 cuatrienios para contratos indefinidos desde el 1/1/2017 y 3 para los indefinidos anteriores · art. 16 y tabla salarial | según categoría, de 49,16 a 74,03 € |
| Incentivo a rendimiento normal (IRN)Solo en empresas que, de acuerdo con la representación de los trabajadores, se acojan al sistema de productividad del convenio y se alcance el rendimiento normal · art. 31 y tabla salarial | según categoría, de 284,18 a 427,83 € al mes |
| Plus de transporteToda la plantilla (también jornada continuada y tiempo parcial), por día realmente trabajado · art. 20 y tabla salarial | 2,78 € por día |
| Plus de servicios permanentesPersonal que presta servicios de forma continuada sin el descanso obligatorio del domingo, por meses completos · art. 21 y tabla salarial | 181,47 € al mes en 14 pagas |
| Plus de festivos singularesTrabajar dentro de la jornada habitual el 1 y 6 de enero, Jueves y Viernes Santo, 24, 25 y 31 de diciembre o el día de feria local (salvo contratados para ello) · art. 23 y tabla salarial | 29,27 € por día |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 22 | 28 % sobre el salario base |
| Plus de turnicidadPersonas trabajadoras a tres turnos (mañana, tarde y noche), por día efectivo de trabajo · art. 25 y tabla salarial | 1,60 € por día |
| Complemento de toxicidad, penosidad y peligrosidadTrabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos; también, en función de las horas efectivas, trabajo habitual en centros penitenciarios con población reclusa en régimen cerrado u ordinario · art. 18 | 25 % sobre el salario base |
| Complemento de parcialidadContratos a tiempo parcial · art. 24 y tabla salarial | 106,09 € |
| Dieta enteraViaje por orden de la empresa a otra población con desayuno, almuerzo y cena fuera · art. 26 y tabla salarial | 36,41 € por día |
| Media dietaSolo la comida del mediodía fuera del domicilio · art. 26 y tabla salarial | 20,65 € por día |
| Kilometraje con vehículo propioUso voluntario del vehículo propio con conformidad de la empresa · art. 26 y tabla salarial | 0,38 € |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 15,52 a 23,20 € la hora (nocturnas +28 %) (art. 8 y tabla salarial). (art. 8 y tabla salarial)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento del 3 % sobre las tablas definitivas de 2024 en todos los conceptos económicos); 2026: (Si la suma de los IPC interanuales de 2023 a 2025 supera el 10 %, incremento adicional hasta alcanzarlo, con un máximo del 3 %, con efectos de 1/1/2026. A 14/10/2026 no consta en el BOP ninguna tabla revisada.).
Revisión salarial: Finalizado 2025, si la suma de los IPC interanuales de 1/1/2023 a 31/12/2025 supera el 10 %, se aplica un incremento adicional hasta alcanzarlo, con un máximo del 3 %, con efectos de 1/1/2026, que hace definitiva la tabla de 2025. (art. 27).
Permisos pagados.
4 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 11.a | 17 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, padres políticos, abuelos, cónyuge, hijos, hijos políticos, nietos y hermanosart. 11.b | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de hermanos políticosart. 11.c | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de hijos, padres, padres políticos, hijos políticos, abuelos, cónyuge, nietos, hermanos, hermanos políticos, familiar consanguíneo de la pareja de hecho o conviviente que necesite cuidadoart. 11.d | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos y hermanosart. 11.e | 1 | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 11.f | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 11.g | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 11.h | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta de especialista de la Seguridad Social prescrita por medicina generalart. 11.i | tiempo necesario; en los demás casos, hasta 16 horas al año | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiar o conviviente)art. 11.j | las horas necesarias; retribuidas hasta el equivalente a 4 días al año | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañamiento de hijos menores con discapacidad superior al 66 % al médicoart. 11.k | tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 12 | 1 | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todas las personas trabajadoras: 15 días
Novedades del convenio.
- 26/5/2026 · La comisión paritaria responde a consultas sobre encuadramiento de puestos y plus de peligrosidad (remite al CEM y a su interpretación de 2022).
- 18/12/2025 · La comisión paritaria aprueba el calendario laboral de 2026.
- 2/11/2023 · Publicado en el BOP de Córdoba el convenio del metal 2023-2025 (FEMECO y UGT-FICA), con las tablas de 2023, 2024 y 2025.
Fuente: BOP Córdoba de 2 de noviembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigencia hasta el 31/12/2025; REGCON registra la denuncia y el convenio mantiene su vigencia hasta que se firme otro (art. 2). A 14/10/2026 no hay en el BOP de Córdoba nuevo convenio ni tablas 2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET). La comisión paritaria sigue resolviendo consultas (BOP 6/2, 14/5 y 26/5/2026).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Córdoba?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Córdoba en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 19.794,27 € brutos al año a jornada completa (Reproductor de Planos).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Córdoba?
22 días laborables al año.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.