Convenio colectivo para la industria siderometalúrgica de la provincia de Jaén 2023-2025.
Convenio de los años 2023 a 2025 (del 1/1/2023 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo I · Técnicos | ||
| Licenciado/Grado | 1.059,86 € | 14.838,04 € |
| Grupo II · Técnicos | ||
| Diplomados | 1.059,86 € | 14.838,04 € |
| Grupo III · Técnicos | ||
| Delineante Proyectista | 969,16 € | 13.568,24 € |
| Jefe de laboratorio | 997,60 € | 13.966,40 € |
| Jefe de Sección | 958,96 € | 13.425,44 € |
| Grupo III · Empleados | ||
| Jefe de Primera | 1.003,25 € | 14.045,50 € |
| Jefe de Segunda | 961,89 € | 13.466,46 € |
| Grupo III · Operarios | ||
| Jefe de taller | 984,06 € | 13.776,84 € |
| Maestro industrial | 952,74 € | 13.338,36 € |
| Maestro de taller | 934,82 € | 13.087,48 € |
| Maestro de taller de 2a | 928,57 € | 12.999,98 € |
| Grupo IV · Empleados | ||
| Delineante de 1a | 928,57 € | 12.999,98 € |
| Grupo IV · Operarios | ||
| Encargado | 902,52 € | 12.635,28 € |
| Grupo V · Empleados | ||
| Oficial de 1a Viajante | 928,56 € | 12.999,84 € |
| Oficial de 2a · Empleados | 905,83 € | 12.681,62 € |
| Delineante de 2a | 905,83 € | 12.681,62 € |
| Analista de 1ª | 920,85 € | 12.891,90 € |
| Analista de 2ª | 892,93 € | 12.501,02 € |
| Grupo V · Operarios | ||
| Oficial de 1a | 29,75 €/día | — |
| Oficial de 2a · Operarios | 29,53 €/día | — |
| Chófer de reparto | 889,47 € | 12.452,58 € |
| Grupo VI · Empleados | ||
| Auxiliar de laboratorio | 882,16 € | 12.350,24 € |
| Auxiliar administrativo | 878,37 € | 12.297,18 € |
| Almacenero | 877,42 € | 12.283,88 € |
| Grupo VI · Operarios | ||
| Oficial de 3a | 29,07 €/día | — |
| Especialista | 29,07 €/día | — |
| Grupo VII · Operarios | ||
| Vigilante/Ordenanza/Portero | 863,40 € | 12.087,60 € |
| Peón | 28,71 €/día | — |
| Grupo VIII · Empleados y operarios | ||
| Contrato de formación en alternancia · 1.er año | 800,82 € | 11.211,48 € |
| Contrato de formación en alternancia · 2.º año | 955,09 € | 13.371,26 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I · Técnicos
- Licenciado/Grado
Grupo II · Técnicos
- Diplomados
Grupo III · Técnicos
- Delineante Proyectista
- Jefe de laboratorio
- Jefe de Sección
Grupo III · Empleados
- Jefe de Primera
- Jefe de Segunda
Grupo III · Operarios
- Jefe de taller
- Maestro industrial
- Maestro de taller
- Maestro de taller de 2a
Grupo IV · Empleados
- Delineante de 1a
Grupo IV · Operarios
- Encargado
Grupo V · Empleados
- Oficial de 1a Viajante
- Oficial de 2a · Empleados
- Delineante de 2a
- Analista de 1ª
- Analista de 2ª
Grupo V · Operarios
- Oficial de 1a
- Oficial de 2a · Operarios
- Chófer de reparto
Grupo VI · Empleados
- Auxiliar de laboratorio
- Auxiliar administrativo
- Almacenero
Grupo VI · Operarios
- Oficial de 3a
- Especialista
Grupo VII · Operarios
- Vigilante/Ordenanza/Portero
- Peón
Grupo VIII · Empleados y operarios
- Contrato de formación en alternancia · 1.er año
- Contrato de formación en alternancia · 2.º año
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Complemento personal (antigua antigüedad, quinquenios)Solo quien entró antes del 1/1/2018: los ingresados antes del 1/1/2017 conservan los quinquenios ya cumplidos más 2 adicionales; los ingresados en 2017, un quinquenio · art. 39 y tablas | según categoría, de 39,20 a 48,14 € |
| Plus convenioTodo el personal salvo aprendices · art. 43 y tabla de conceptos | 8,65 € por día |
| Prima de asistenciaTodo el personal (salvo contratos de formación de menores de 18 años), todos los días del año incluidas vacaciones, excepto domingos y festivos · art. 32 y tabla de conceptos | 7,16 € por día |
| Plus de absentismoCada mes sin ninguna ausencia total o parcial (no cuentan permisos del art. 14, accidente de trabajo, especialista, intervención quirúrgica, huelga y hasta 3 h al mes de médico de cabecera) · art. 31 y tabla de conceptos | 69,55 € al mes en 12 pagas |
| Prima especial de absentismo (anual)No faltar más de 16 horas en el año por cualquier causa (salvo crédito sindical) · art. 31 bis y tabla de conceptos | 110,00 € |
| Plus de transporteTodo el personal, todos los meses salvo el de vacaciones · art. 36 y tabla de conceptos | 58,06 € al mes en 11 pagas |
| Plus de distanciaCentro de trabajo a más de 2 km del casco urbano de la localidad; no se cobra si la empresa pone transporte · art. 33 y tabla de conceptos | 0,30 € |
| Plus de carencia de incentivosEmpresas sin sistema de incentivos, primas o complementos; por hora efectiva de trabajo · art. 42 y tablas | según categoría, de 0,66 a 0,77 € por hora |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00; si se superan 4 horas nocturnas, por toda la jornada · art. 38 | 20 % sobre el salario base |
| Plus de turnicidadCada día en que se participa en la rotación de turnos · art. 41 y tabla de conceptos | 1,90 € por día |
| Prima de cuarto turnoEmpresas con cuarto turno (todos los días de la semana), por día efectivo · art. 41 y tabla de conceptos | 12,08 € por día |
| Plus de hospitalesQuien hace toda su jornada anual en un hospital o centro de salud, por día trabajado en él · art. 44 (redacción del acta de 12/5/2023) | 4,31 € por día |
| Plus compensatorio para el desarrollo de políticas socialesSolo en empresas no adheridas a la FDM ni a UGT/CC. OO. que no acrediten un plan anual propio de información y formación en políticas sociales · art. 59 y tabla de conceptos | 20,00 € al mes en 12 pagas |
| Plus de escolaridadPor cada hijo de 3 a 18 años, acreditado antes del 31 de diciembre · art. 35 y tabla de conceptos | 84,08 € |
| Premio de nupcialidadMatrimonio o inscripción como pareja de hecho con al menos un año en la empresa · art. 37 y tabla de conceptos | 349,02 € |
| Premio de natalidadPor cada hijo nacido (si ambos progenitores trabajan en la empresa, se reparte) · art. 37 y tabla de conceptos | 149,83 € |
| Compensación de horas de asuntos propios no disfrutadasSi se renuncia a las 20 horas anuales de asuntos propios no recuperables (2025) · art. 13 y tabla de conceptos | 10,13 € |
| Media dieta (desayuno y una comida)Desplazamiento con desayuno y una comida fuera · art. 40 y tabla de conceptos | 17,41 € por día |
| Dieta (desayuno, comida y cena)Las tres comidas fuera, sin pernoctar · art. 40 y tabla de conceptos | 31,30 € por día |
| Dieta completa (con pernocta)Todas las comidas fuera y pernocta fuera de casa · art. 40 y tabla de conceptos | 43,49 € por día |
Horas extra: se pagan con un recargo del 40 % sobre la hora ordinaria (festivas +60 %). Se recomienda descanso: 84 minutos por hora extra de lunes a viernes, 90 en sábado y 96 en domingo o festivo, retribuido con todos los conceptos (art. 11). (art. 11)
Subidas pactadas: 2025: 2 % (Incremento del 2 % en todos los conceptos salariales salvo arts. 31 bis y 59); 2026: (Si la suma del IPC nacional de 2024 y 2025 supera el 5 %, las tablas de 2026 suben el 50 % del exceso (salvo arts. 31 bis y 59), sin atrasos. A 14/10/2026 no consta en el BOP ninguna tabla 2026 con esa subida.).
Revisión salarial: Si la suma del IPC nacional de 2024 y 2025 sobrepasa el 5 % (un punto más que la suma de las subidas de esos dos años), se sube el 50 % del exceso en las tablas de 2026, salvo los conceptos de los arts. 31 bis y 59, sin generar atrasos. (art. 29).
Permisos pagados.
4 de los 17 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio de la persona trabajadora (también sucesivos)art. 14 | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 1.er grado (consanguinidad o afinidad)art. 14 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado (consanguinidad o afinidad)art. 14 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes de 1.er gradoart. 14 | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes de 2.º gradoart. 14 | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización de hijos, cónyuge o parientes de 1.er gradoart. 14 | 5 (2 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 1) |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes de 2.º grado de consanguinidadart. 14 | 5 (2 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 1) |
| Nacimiento de hijo/aart. 14 | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Familiar de 1.er grado derivado a boxes u hospital de díaart. 14 | 2 | Mejora el Estatuto |
| Intervención menor de la propia persona trabajadora sin bajaart. 14 | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento o enfermedad grave con hospitalización de tíos carnalesart. 14 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de sobrinosart. 14 | 3 horas si es en la localidad; 1 día en los demás casos | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañar a un hijo/a al médico por prescripción o justificación médicaart. 14 | 4 horas; 1 día si es fuera de la localidad | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 14 | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 14 | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción, guarda o acogimientoart. 14 | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios no recuperablesart. 13 | 20 horas en 2025 (16 en 2023, 18 en 2024), proporcionales al tiempo de alta; además, 8 días recuperables al año | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Novedades del convenio.
- 29/5/2023 · Nueva redacción del plus de hospitales (art. 44): 4,15 € (2023), 4,23 € (2024) y 4,31 € (2025) por día.
- 29/3/2023 · Publicado en el BOP de Jaén el convenio del metal 2023-2025 con las tablas de 2023, 2024 y 2025.
Fuente: BOP Jaén de 29 de marzo de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigencia hasta el 31/12/2025; REGCON registra la denuncia y el convenio mantiene todo su contenido hasta un nuevo acuerdo (art. 2). A 14/10/2026 no hay en el BOP de Jaén nuevo convenio ni tablas 2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Jaén?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Jaén en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 12.087,60 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Jaén?
30 días naturales al año.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.