Convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid (2024-2026).
Convenio de los años 2024 a 2026 (del 1/1/2024 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1 | ||
| Grupo 1 · Licenciado/a-GradoDirigen una o varias áreas de la empresa o hacen tareas técnicas de la máxima complejidad, con gran autonomía, y toman o preparan decisiones. | 2.527,07 € | 35.378,96 € |
| Grupo profesional 2 | ||
| Grupo 2 · Técnico/aHacen tareas técnicas complejas con mucha autonomía, o coordinan y supervisan el trabajo de un equipo en una misma área. | 2.120,71 € | 29.689,98 € |
| Grupo profesional 3 | ||
| Grupo 3 · Técnico/a auxiliarTareas técnicas de dificultad media siguiendo instrucciones precisas, con o sin mando; pueden coordinar y supervisar a un grupo de compañeros. | 1.912,06 € | 26.768,79 € |
| Grupo profesional 4 | ||
| Grupo 4 · Empleado/aTrabajos que se hacen con autonomía y exigen iniciativa y razonamiento, bajo supervisión: administración, contabilidad, laboratorio, delineación, ventas, conducción o mando de un equipo de almacén. | 1.709,33 € | 23.930,65 € |
| Grupo profesional 5 | ||
| Grupo 5 · Operario/aTrabajos de oficio en producción o mantenimiento (soldadura, mecánica, electricidad, montaje…) con conocimientos suficientes, bajo la dependencia de mandos o profesionales más cualificados. | 1.590,26 € | 22.263,68 € |
| Grupo profesional 6 | ||
| Grupo 6 · Empleado/a auxiliarTareas sencillas con instrucciones concretas y mucha supervisión: recepción, control de accesos, archivo, grabación de datos, recados o tareas elementales de laboratorio. | 1.573,63 € | 22.030,78 € |
| Grupo profesional 7 | ||
| Grupo 7 · Operario/a auxiliarTareas manuales o con máquinas sencillas, siguiendo instrucciones concretas y bajo supervisión, que no requieren formación específica: carga y descarga, suministro de material, ayuda en máquinas. | 1.477,68 € | 20.687,47 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Licenciada/o - Grado
Dirigen una o varias áreas de la empresa o hacen tareas técnicas de la máxima complejidad, con gran autonomía, y toman o preparan decisiones.
- Grupo 1 · Licenciado/a-GradoDirigen una o varias áreas de la empresa o hacen tareas técnicas de la máxima complejidad, con gran autonomía, y toman o preparan decisiones.
Técnico/a
Hacen tareas técnicas complejas con mucha autonomía, o coordinan y supervisan el trabajo de un equipo en una misma área.
- Grupo 2 · Técnico/aHacen tareas técnicas complejas con mucha autonomía, o coordinan y supervisan el trabajo de un equipo en una misma área.
Técnica/o auxiliar
Tareas técnicas de dificultad media siguiendo instrucciones precisas, con o sin mando; pueden coordinar y supervisar a un grupo de compañeros.
- Grupo 3 · Técnico/a auxiliarTareas técnicas de dificultad media siguiendo instrucciones precisas, con o sin mando; pueden coordinar y supervisar a un grupo de compañeros.
Empleado/a
Trabajos que se hacen con autonomía y exigen iniciativa y razonamiento, bajo supervisión: administración, contabilidad, laboratorio, delineación, ventas, conducción o mando de un equipo de almacén.
- Grupo 4 · Empleado/aTrabajos que se hacen con autonomía y exigen iniciativa y razonamiento, bajo supervisión: administración, contabilidad, laboratorio, delineación, ventas, conducción o mando de un equipo de almacén.
Operaria/o
Trabajos de oficio en producción o mantenimiento (soldadura, mecánica, electricidad, montaje…) con conocimientos suficientes, bajo la dependencia de mandos o profesionales más cualificados.
- Grupo 5 · Operario/aTrabajos de oficio en producción o mantenimiento (soldadura, mecánica, electricidad, montaje…) con conocimientos suficientes, bajo la dependencia de mandos o profesionales más cualificados.
Empleado/a auxiliar
Tareas sencillas con instrucciones concretas y mucha supervisión: recepción, control de accesos, archivo, grabación de datos, recados o tareas elementales de laboratorio.
- Grupo 6 · Empleado/a auxiliarTareas sencillas con instrucciones concretas y mucha supervisión: recepción, control de accesos, archivo, grabación de datos, recados o tareas elementales de laboratorio.
Operaria/o auxiliar
Tareas manuales o con máquinas sencillas, siguiendo instrucciones concretas y bajo supervisión, que no requieren formación específica: carga y descarga, suministro de material, ayuda en máquinas.
- Grupo 7 · Operario/a auxiliarTareas manuales o con máquinas sencillas, siguiendo instrucciones concretas y bajo supervisión, que no requieren formación específica: carga y descarga, suministro de material, ayuda en máquinas.
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (quinquenios)Toda la plantilla; empieza a cobrarse el mes siguiente a cumplir cada quinquenio · art. 41 y anexo II de la revisión salarial | según categoría, de 30,82 a 42,72 € |
| Complemento de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 39 | 25 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Plus de penosidad, toxicidad y peligrosidadPuestos en los que, pese a las medidas de protección, persiste la exposición a riesgo penoso, tóxico o peligroso según la evaluación de riesgos · arts. 37 y 38 | 20 % sobre el salario base |
| Complemento de jefatura de equipoJefe o jefa de equipo: persona con trabajo manual que dirige a un grupo de entre 3 y 12 personas · arts. 37 y 40 | 20 % sobre el salario base |
| Complemento por mejora de productividadCada mes sin ausencias de más de 8 horas laborables (no cuentan vacaciones, horas sindicales ni las licencias del art. 43, salvo la consulta médica general) · art. 42 | 1,5 % sobre el salario base |
| Plus por carencia de incentivoPersonal operario de los grupos 5 y 7 que no trabaja con sistema de incentivos (excepto aprendices), por día efectivamente trabajado · art. 17 y anexo II de la revisión salarial | 2,87 € por día |
| Prima mínima en sistemas de incentivosSolo si la empresa tiene un sistema de incentivos y se alcanza el rendimiento correcto · art. 12 | 25 % sobre el salario base |
| Media dietaDesplazamiento por orden de la empresa en el que solo se come fuera al mediodía · art. 45 y acuerdo sexto de la revisión salarial | 12,14 € por día |
| Dieta completa (desplazamientos de 1 a 7 días)Desplazamiento a otra población de entre uno y siete días · art. 45 y acuerdo sexto de la revisión salarial | 59,17 € por día |
| Dieta completa (desplazamientos de más de 7 días)Desplazamiento a otra población de más de siete días · art. 45 y acuerdo sexto de la revisión salarial | 47,36 € por día |
| Plus de kilometrajeViajes por necesidades de la empresa en vehículo propio · art. 44 y acuerdo quinto de la revisión salarial | 0,26 € |
| Quebranto de monedaPersonal que realiza pagos y cobros y responde de ellos (salvo que la empresa cubra el riesgo) · art. 46 | 0,50 por 1.000 de las cantidades pagadas o cobradas, con un máximo de 3 € al mes |
Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Por acuerdo entre empresa y trabajador, 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra (acumulables) (art. 34). (art. 34)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas vigentes a 31/12/2024 (aplicado en la revisión salarial de 21/1/2025)); 2026: 2 % (Incremento del 2,00 % sobre las tablas vigentes a 31/12/2025 (aplicado en la revisión salarial de 21/1/2026)); 2025: (Si el IPC real de 2025 supera el 3 %, actualización a 31 de diciembre por la diferencia, con tope del 4 % y sin efectos retroactivos. No se aplicó: el IPC de 2025 no superó el 3 % (acta de 21/1/2026)); 2026: (Si el IPC real de 2026 supera el 2 %, actualización a 31 de diciembre por la diferencia, sin tope y sin efectos retroactivos; nunca negativa).
Revisión salarial: Si el IPC real del año supera la subida pactada (3 % en 2024 y 2025; 2 % en 2026), las tablas se actualizan a 31 de diciembre por la diferencia, sin efectos retroactivos (tope del 4 % en 2024 y 2025; sin tope en 2026). Si el IPC es menor, no hay ajuste a la baja. La comisión de seguimiento emite dictamen en el mes siguiente a conocerse el IPC. Las dietas se revisan igual (art. 45). (art. 29).
Permisos pagados.
7 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho de la persona trabajadoraart. 43.i | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padres, madres, hijos/as o hermanos/asart. 43.c | 1 | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilioart. 43.d | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento de hija/o, solo si no se tiene la cotización mínima para la prestación por nacimiento (4 días con desplazamiento de al menos 50 km a otra provincia)art. 43.e | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º grado, familiar consanguíneo de la pareja de hecho o conviviente que requiera cuidadoart. 43.f | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de pariente de 2.º grado (nietos, abuelos, hermanos y políticos); 4 días con desplazamiento de al menos 50 km a otra provinciaart. 43.g | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de pariente de 1.er grado (cónyuge, hijos, padres y políticos); 4 días con desplazamiento de al menos 50 km a otra provinciaart. 43.h | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica de especialista de la Seguridad Social para la propia persona trabajadora (tiempo necesario)art. 43.a | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica general propia o acompañamiento a cónyuge, ascendientes de 1.er grado o hijos/as hasta 16 años (o con discapacidad) y asuntos escolares: 16 horas al añoart. 43.b | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento a cónyuge o parientes de 1.er grado en tratamiento oncológico o diálisis: 20 horas al añoart. 43.j | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes para obtener un título académico o profesional (tiempo indispensable)art. 43.k | — | Mejora el Estatuto |
| Ausencia por fuerza mayor por motivos familiares urgentes (retribuidas las horas equivalentes a 4 días al año)art. 43.l | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)art. 43 (remite al art. 37.3.d ET) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupo profesional 1: 6 meses
- Grupo profesional 2: 6 meses
- Grupo profesional 3: 2 meses
- Grupo profesional 4: 1 mes
- Grupo profesional 5: 1 mes
- Grupo profesional 6: 15 días
- Grupo profesional 7: 15 días
Preaviso si te vas
- Personal técnico y titulados/as: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Novedades del convenio.
- 11/3/2026 · Corrección de errores: se publica el anexo correcto con la tabla salarial 2026 del metal (industria, servicios e instalaciones).
- 7/3/2026 · Publicada la revisión salarial de 2026 (+2,00 %), con un anexo erróneo que reproducía las tablas del Comercio del Metal.
- 10/2/2025 · Publicada la revisión salarial de 2025: tablas +3,00 %.
- 18/1/2025 · Publicado en el BOCM el convenio 2024-2026 del metal de Madrid (firmado el 29/11/2024 por AECIM, CC. OO. Industria y UGT-FICA de Madrid).
Fuente: BOCM de 18 de enero de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 4). Si no se denuncia con un mes de antelación se prorroga de año en año desde el 1/1/2027 (art. 5). A 13/10/2026 no consta en el BOCM denuncia ni mesa del siguiente convenio.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Madrid?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Madrid en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 20.687,47 € brutos al año a jornada completa (Grupo 7 · Operaria/o auxiliar).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Madrid?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo profesional 1: 6 meses. Grupo profesional 2: 6 meses. Grupo profesional 3: 2 meses. Grupo profesional 4: 1 mes. Grupo profesional 5: 1 mes. Grupo profesional 6: 15 días. Grupo profesional 7: 15 días.
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