Convenio colectivo de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal de Valladolid y provincia de los años 2023, 2024 y 2025.
Convenio de los años 2023 a 2025 (del 1/1/2023 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Técnicos | ||
| Ingeniero | 914,69 € | 32.705,54 € |
| Peritos y Ayudantes | 896,45 € | 28.324,24 € |
| Graduados Sociales | 875,24 € | 26.228,44 € |
| Maestros Industriales | 865,77 € | 24.906,84 € |
| Oficina técnica | ||
| Delineante Proyectista | 870,84 € | 26.228,30 € |
| Delineante de Primera | 858,03 € | 23.669,52 € |
| Delineante de Segunda | 850,51 € | 21.193,48 € |
| Calcador | 840,95 € | 19.668,46 € |
| Reproductor | 840,96 € | 19.435,64 € |
| Auxiliar · Oficina técnica | 841,14 € | 19.645,50 € |
| Oficina técnica de taller | ||
| Jefe de Taller | 875,27 € | 27.424,74 € |
| Contramaestre | 860,07 € | 24.398,08 € |
| Maestro de Primera | 858,80 € | 24.392,20 € |
| Maestro de Segunda | 857,39 € | 23.420,60 € |
| Encargado | 858,05 € | 23.458,12 € |
| Auxiliar · Oficina técnica de taller | 841,14 € | 19.645,50 € |
| Oficina administrativa | ||
| Jefe de Primera | 889,73 € | 28.414,82 € |
| Jefe de Segunda | 868,63 € | 26.139,26 € |
| Oficial de Primera | 858,05 € | 23.458,12 € |
| Oficial de Segunda | 851,66 € | 21.200,48 € |
| Auxiliar · Oficina administrativa | 840,96 € | 19.645,78 € |
| Aspirantes y botones en todas las secciones | ||
| Menores de 18 años | 814,98 € | 16.352,28 € |
| Subalternos | ||
| Listero | 847,25 € | 20.145,30 € |
| Almacenero | 840,71 € | 19.382,02 € |
| Ordenanza | 834,92 € | 19.267,08 € |
| Portero | 834,92 € | 19.267,08 € |
| Vigilante | 835,56 € | 19.337,22 € |
| Telefonista | 834,74 € | 18.304,44 € |
| Personal de remuneración diaria | ||
| Oficial primera | 28,26 €/día | 21.760,00 € |
| Oficial segunda | 28,14 €/día | 20.952,50 € |
| Oficial tercera | 28,04 €/día | 20.140,75 € |
| Especialista | 27,94 €/día | 19.652,00 € |
| Peón | 27,82 €/día | 19.299,25 € |
| Ayte. menor 18 años | 27,16 €/día | 16.545,25 € |
| Chófer de camión | 28,26 €/día | 21.760,00 € |
| Chófer de turismo | 28,14 €/día | 20.952,50 € |
| Chófer de motocarro | 28,04 €/día | 20.140,75 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo Técnicos
- Ingeniero
- Peritos y Ayudantes
- Graduados Sociales
- Maestros Industriales
Grupo Oficina técnica
- Delineante Proyectista
- Delineante de Primera
- Delineante de Segunda
- Calcador
- Reproductor
- Auxiliar · Oficina técnica
Grupo Oficina técnica de taller
- Jefe de Taller
- Contramaestre
- Maestro de Primera
- Maestro de Segunda
- Encargado
- Auxiliar · Oficina técnica de taller
Grupo Oficina administrativa
- Jefe de Primera
- Jefe de Segunda
- Oficial de Primera
- Oficial de Segunda
- Auxiliar · Oficina administrativa
Grupo Aspirantes y botones en todas las secciones
- Menores de 18 años
Grupo Subalternos
- Listero
- Almacenero
- Ordenanza
- Portero
- Vigilante
- Telefonista
Grupo Personal de remuneración diaria
- Oficial primera
- Oficial segunda
- Oficial tercera
- Especialista
- Peón
- Ayte. menor 18 años
- Chófer de camión
- Chófer de turismo
- Chófer de motocarro
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (quinquenios)6 % del salario base por quinquenio desde el ingreso; máximo 2 quinquenios para contratados desde el 1/1/1995 y 3 quinquenios (o 5 trienios) para los anteriores. Se cobra desde el mes siguiente a cumplirlo y en las pagas extra. · art. 18 y art. 26 | 6 % del salario base por cada 5 años (máximo 2) |
| Plus de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos (1 circunstancia)Trabajos tóxicos, penosos o peligrosos. · art. 19 | 25 % sobre el salario base |
| Plus de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos (2 circunstancias)Cuando concurren dos circunstancias. · art. 19 | 30 % sobre el salario base |
| Plus de trabajos tóxicos, penosos o peligrosos (3 circunstancias)Cuando concurren las tres circunstancias. · art. 19 | 35 % sobre el salario base |
| NocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado por ser trabajo nocturno por naturaleza. · art. 20 | 25 % sobre el salario base por hora |
| Plus de jefe de equipoProfesional de oficio que, trabajando manualmente, dirige a un grupo de 3 a 8 personas (salvo que ya se valore en el puesto). · art. 21 | 20 % sobre el salario base |
| Plus de turnicidadQuien trabaja habitualmente a turnos. · art. 22; acta de 20/1/2025 | 38,80 € al mes en 12 pagas |
| Trabajos ordinarios en domingos y festivosPor domingo o festivo trabajado de forma ordinaria (parte proporcional si no es jornada completa), salvo que el salario ya lo contemple. · art. 23; acta de 20/1/2025 | 31,83 € por día |
| Incentivo mínimo a rendimiento normalSolo con sistema de incentivos: a rendimiento normal debe obtenerse al menos un 25 % del salario convenio a tiempo. · art. 24 | 25 % sobre el salario base |
| Dieta enteraViajes o desplazamientos por orden de la empresa a otra población; el día de llegada, media si se pernocta en casa. · art. 27; acta de 20/1/2025 | 58,92 € por día |
| Media dietaCuando solo se hace fuera la comida del mediodía. · art. 27; acta de 20/1/2025 | 16,83 € por día |
| Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos al servicio de la empresa en vehículo propio, de mutuo acuerdo. · art. 28; acta de 20/1/2025 | 0,38 € |
| Ayuda empresarial para seguro de accidentesPago único anual a quien acredite una póliza de accidentes de trabajo con capital mínimo de 21.857,72 € (muerte) y 32.786,05 € (invalidez absoluta). · art. 50; acta de 20/1/2025 | 32,67 € |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 13,07 a 23,38 € la hora (art. 25 y tabla 2025). (art. 25 y tabla 2025)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Subida del 3 % sobre el resultado de 2024; +1 % máximo si el IPC de diciembre de 2024 superaba el 3 %.); 2026: (Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efectos de 1/1/2026 sobre la base de la tabla 2025. No consta publicado.).
Revisión salarial: Cada año, si el IPC interanual de diciembre supera la subida pactada (4 % en 2023, 3 % en 2024 y 3 % en 2025), se aplica un incremento adicional de hasta el 1 % con efectos de 1 de enero del año siguiente, calculado sobre los salarios base de la tabla del año. (art. 15).
Permisos pagados.
7 de los 15 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 54 | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijosart. 54 | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, suegros y hermanosart. 54 | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de cuñados e hijos políticosart. 54 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de abuelos y nietos (consanguíneos y afines)art. 54 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 54 | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización (sin reposo) de parientes de 1.er gradoart. 54 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de hijos, hermanos y padres (consanguíneos y afines)art. 54 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilioart. 54 | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 54 | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta de medicina generalart. 54 | tiempo necesario hasta 16 horas al año, también para acompañar a hijos menores de 14 años o padres mayores de 70 dependientes | Mejora el Estatuto |
| Consulta de especialista prescrita por medicina generalart. 54 | el tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 54 | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales y técnicas de preparación al partoart. 54 | el tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes de FP y universidadart. 54 | 10 horas al año no continuadas | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Administrativos, técnicos no titulados y oficiales: 1 mes
- Peones, especialistas y resto: 15 días
Preaviso si te vas
- Personas con más de un año de antigüedad: 15 días
Novedades del convenio.
- 27/1/2026 · Publicado el calendario laboral subsidiario de 2026 del metal de Valladolid: 1.744 horas y 22 días laborables de vacaciones.
Fuente: BOP Valladolid de 26 de septiembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vencido el 31/12/2025, denunciado automáticamente y en vigor hasta la firma del nuevo (art. 6). Sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET). La comisión negociadora publicó el calendario subsidiario de 2026 (BOPVA 27/1/2026).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Valladolid?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Valladolid en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 18.304,44 € brutos al año a jornada completa (Telefonista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Valladolid?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Administrativos, técnicos no titulados y oficiales: 1 mes. Peones, especialistas y resto: 15 días.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.