Oficinas y despachos en Sevilla: sin convenio propio.
Sevilla no tiene convenio propio de oficinas y despachos. Hasta 2025 se le aplicaba por extensión el de Almería. Te explicamos qué se aplica y cuánto debes cobrar como mínimo.
Primero, comprueba tu nómina
Tu nómina debe indicar el convenio que te aplica tu empresa. Si figura uno (de empresa, de otro sector o de otra provincia), ese es el tuyo.
01 · Qué dice el boletín
La situación de tu sector.
- La Junta de Andalucía extendió a la provincia de Sevilla el convenio de «Estudios técnicos y oficinas de arquitectura y oficinas y despachos en general» de la provincia de Almería, con vigencia del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025 (resolución de 8 de mayo de 2024, expediente REGCON 41/06/0009/2024). (BOP Sevilla, 23/05/2024)
- A 13/10/2026 no consta publicada una nueva extensión para 2026 ni un convenio provincial del sector en Sevilla. (BOP Sevilla)
Si ya trabajabas antes
Si tu empresa te aplicaba el convenio extendido de Almería, pregunta por escrito qué condiciones aplica desde enero de 2026: lo que ya cobrabas no puede bajar sin seguir el procedimiento del Estatuto (art. 41).
02 · Qué se aplica
Tus mínimos sin convenio.
Sin convenio aplicable rigen el Estatuto de los Trabajadores, el salario mínimo y lo que diga tu contrato, si es mejor.
| Materia | Qué te corresponde | Norma |
|---|---|---|
| Salario | Como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año. | Real Decreto 126/2026 |
| Pagas extra | Al menos dos al año, una en Navidad. | art. 31 ET |
| Vacaciones | 30 días naturales al año como mínimo. | art. 38 ET |
| Jornada | Máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. | art. 34 ET |
| Periodo de prueba | Máximo 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto; en empresas de menos de 25 personas, hasta 3 meses para quienes no son técnicos titulados. | art. 14 ET |
| Permisos retribuidos | Matrimonio, 15 días; accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar hasta 2.º grado, 5 días; fallecimiento, 2 días (4 con desplazamiento); traslado de domicilio, 1 día. | art. 37.3 ET |
| Preaviso si te vas | El que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar; sin convenio, rige la costumbre. | art. 49.1.d ET |
Actualizado el 13 de octubre de 2026. Información orientativa: si se publica un convenio del sector, esta página cambiará.
03 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Hay convenio de oficinas y despachos en Sevilla?
Sevilla no tiene convenio propio de oficinas y despachos. Hasta 2025 se le aplicaba por extensión el de Almería. Si tu empresa no tiene convenio propio, se aplican el Estatuto de los Trabajadores y el salario mínimo.
¿Cuánto debo cobrar como mínimo en oficinas y despachos en Sevilla?
Al menos el salario mínimo interprofesional de 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
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