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Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Transporte de Mercancías por Carretera de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2012, 2013, 2014 y 2015.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 26000405011981

Convenio de los años 2012 a 2015 (del 1/1/2012 al 31/12/2015). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.772horas
Vacaciones30días

naturales · art. 13

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo primero: Personal superior técnico
Jefe de Sección1.602,95 €24.552,15 €
Inspector Provincial1.478,87 €22.690,95 €
Ingeniero y Licenciado1.476,88 €22.661,10 €
Ing. Técnico y Aux. Titulado1.350,51 €20.765,55 €
Grupo segundo: Personal administrativo
Jefe de Sección1.476,88 €22.661,10 €
Jefe de Negociado1.350,51 €20.765,55 €
Comercial1.284,74 €19.779,00 €
Oficial de Primera1.284,74 €19.779,00 €
Oficial de Segunda1.177,60 €18.171,90 €
Aux. Advo. mayor de 22 años1.106,21 €17.101,05 €
Aspirante de 16 a 17 años681,29 €10.727,25 €
Grupo tercero: Personal de agencia de transportes
Encargado General1.245,88 €19.196,10 €
Encargado Almacén1.201,64 €18.532,50 €
Capataz1.133,66 €17.512,80 €
Aux. Almacén y Basculero1.133,66 €17.512,80 €
Mozo Especializado36,50 €/día17.115,40 €
Mozo O. Carga, Desc. y Reparto35,76 €/día16.778,70 €
Grupo cuarto: Transporte de mercancías
Jefe de Tráfico de 1ª1.294,79 €19.929,75 €
Jefe de Tráfico de 2ª1.243,00 €19.152,90 €
Conductor Mecánico43,95 €/día20.505,15 €
Conductor38,91 €/día18.211,95 €
Conductor Motoc. y Furgonetas37,88 €/día17.743,30 €
Conductor Carr. Elev. y Fenwiss37,41 €/día17.529,45 €
Ayudante36,50 €/día17.115,40 €
Mozo Especializado36,50 €/día17.115,40 €
Mozo Carga, Descarga y Reparto35,76 €/día16.778,70 €
Grupo quinto
Jefe de Taller1.379,81 €21.205,05 €
Encargado de Almacén1.232,59 €18.996,75 €
Jefe de Equipo42,95 €/día20.050,15 €
Oficial de 1ª42,95 €/día20.050,15 €
Oficial de 2ª42,95 €/día20.050,15 €
Mozo de Taller38,91 €/día18.211,95 €
Personal subalterno
Cobrador de facturas1.097,38 €16.968,60 €
Telefonista1.072,83 €16.600,35 €
Portero1.072,83 €16.600,35 €
Vigilante1.072,83 €16.600,35 €
Personal Limpieza (por hora)7,21 € por hora7,21 € por hora

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2015 · Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo primero: Personal superior técnico

  • Jefe de Sección
  • Inspector Provincial
  • Ingeniero y Licenciado
  • Ing. Técnico y Aux. Titulado

Grupo segundo: Personal administrativo

  • Jefe de Sección
  • Jefe de Negociado
  • Comercial
  • Oficial de Primera
  • Oficial de Segunda
  • Aux. Advo. mayor de 22 años
  • Aspirante de 16 a 17 años

Grupo tercero: Personal de agencia de transportes

  • Encargado General
  • Encargado Almacén
  • Capataz
  • Aux. Almacén y Basculero
  • Mozo Especializado
  • Mozo O. Carga, Desc. y Reparto

Grupo cuarto: Transporte de mercancías

  • Jefe de Tráfico de 1ª
  • Jefe de Tráfico de 2ª
  • Conductor Mecánico
  • Conductor
  • Conductor Motoc. y Furgonetas
  • Conductor Carr. Elev. y Fenwiss
  • Ayudante
  • Mozo Especializado
  • Mozo Carga, Descarga y Reparto

Grupo quinto

  • Jefe de Taller
  • Encargado de Almacén
  • Jefe de Equipo
  • Oficial de 1ª
  • Oficial de 2ª
  • Mozo de Taller

Grupo Personal subalterno

  • Cobrador de facturas
  • Telefonista
  • Portero
  • Vigilante
  • Personal Limpieza (por hora)

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de antigüedad (personal desde 1998)Quien entró después del 31/12/1997 y quien ya terminó los ciclos de la antigua Ordenanza · art. 18Sobre el salario base: 5 % a los 5 años, 10 % a los 10, 15 % a los 15 y 20 % a los 20
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por su propia naturaleza · art. 2625 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de tiempo de presencia (por kilómetro)Conductores, por los kilómetros recorridos en transporte nacional e internacional; excluidos los transportes dentro de La Rioja y hasta 20 km de su límite · art. 110,0380 € por kilómetro
Quebranto de moneda (cobradores)Quien cobra facturas y responde del cobro · art. 1937,42 € al mes en 12 pagas
Quebranto de moneda (administrativos que cobran o hacen de cajero)Categorías de la rama administrativa que simultanean funciones de cobrador o cajero · art. 1975,10 € al mes en 12 pagas
Vacaciones fuera del periodo preferentePor cada día de la mitad de las vacaciones que, por necesidades del servicio, se disfruta fuera de mayo-septiembre, Semana Santa o Navidad · art. 1311,43 € por día
Dieta nacional completaTransporte nacional: comer, cenar y pernoctar fuera (horarios a negociar en cada empresa) · art. 2140,40 € por día
Dieta nacional: comidaComer fuera por el servicio · art. 2113,00 € por día
Dieta nacional: cenaCenar fuera por el servicio · art. 2113,00 € por día
Dieta nacional: pernoctación (alojamiento y desayuno)Pernoctar fuera por el servicio · art. 2114,40 € por día
Dieta internacionalTransporte internacional, o los gastos justificados · art. 2170,70 € por día

Horas extra: precio fijado por categoría, de 6,28 a 14,39 € la hora. A elección del trabajador, cobrarlas o descansar: hora y media de descanso acumulable por hora extra (art. 10 y anexo). (art. 10 y anexo)

Permisos pagados.

1 de los 7 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 14.115Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 14.22 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 14.25Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Traslado de domicilio habitualart. 141Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 14—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoart. 14—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 92Mejora el Estatuto

Novedades del convenio.

  • 8/11/2023 · El TSJ de La Rioja anula el convenio de transporte de mercancías 2016-2020 (sentencia 64/2023).

Fuente: BOR (Boletín Oficial de La Rioja) de 31 de enero de 2014 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

El convenio 2016-2020 fue anulado por el TSJ de La Rioja (sentencia 64/2023, firme; BOR 8/11/2023). Rige el anterior, 2012-2015, prorrogado hasta que se firme otro (art. 6). Sin tablas posteriores a 14/10/2026: se aplican las de 2015.

Convenio regional del transporte de mercancías por carretera de La Rioja. El de 2016-2020 lo anuló el TSJ de La Rioja (sentencia 64/2023, firme), y se aplica el de 2012-2015, cuyo art. 6 dice que «permanecerá en vigor entretanto no se suscriba uno nuevo» (BOR n.º 13, 31/01/2014). Así figura en la lista oficial de convenios del Gobierno de La Rioja. Sus tablas son de 2015 y varias categorías quedan por debajo del salario mínimo de 2026 (17.094 € al año): lo mínimo que tienes que cobrar es el SMI.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de La Rioja?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2012 al 31/12/2015.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de La Rioja en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.600,35 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de La Rioja?

30 días naturales al año.

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