Convenio colectivo de trabajo del sector de campings y ciudades de vacaciones de Barcelona.
Convenio de los años 2024 a 2026 (del 1/1/2024 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Director/a | 1.977,37 € | 27.683,18 € |
| Director/a financiero/a | 1.977,37 € | 27.683,18 € |
| Encargado/a general | 1.977,37 € | 27.683,18 € |
| Jefe de recepción | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Responsable servicios auxiliares | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Jefe de mantenimiento | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Jefe servicio limpieza | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Jefe de cocina | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Jefe de sala | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Ayudante técnico sanitario | 1.832,04 € | 25.648,56 € |
| Recepcionista | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Oficial contable | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Administrativo/a | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Especialista mantenimiento | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Oficial de 1ª limpieza | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Comercial | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Cocinero/a | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Camarero/a | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Jardinero/a | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Chofer | 1.490,58 € | 20.868,12 € |
| Ayudante de recepción | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Ayudante contable | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Ayudante Administrativo/a | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Especialista mantenimiento y Ser.Aux | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Auxiliar de limpieza | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Especialista de servicios | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Ayudante dependiente serv. Comerc. | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Ayudante de cocinero/a | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Ayudante de camarero/a | 1.434,70 € | 20.085,80 € |
| Auxiliar mantenimiento y SA | 1.352,92 € | 18.940,88 € |
| Auxiliar de cocina | 1.352,92 € | 18.940,88 € |
| Auxiliar de recepción | 1.352,92 € | 18.940,88 € |
| Jefe mantenimiento nocturno | 2.100,10 € | 29.401,40 € |
| Especialista mantenimiento nocturno | 1.669,23 € | 23.369,22 € |
| Especialista mantenimiento y SA · nocturno | 1.613,36 € | 22.587,04 € |
| Auxiliar mantenimiento y SA · nocturno | 1.531,57 € | 21.441,98 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Categorías
- Director/a · nivel I
- Director/a financiero/a · nivel I
- Encargado/a general · nivel I
- Jefe de recepción · nivel II
- Responsable servicios auxiliares · nivel II
- Jefe de mantenimiento · nivel II
- Jefe servicio limpieza · nivel II
- Jefe de cocina · nivel II
- Jefe de sala · nivel II
- Ayudante técnico sanitario · nivel II
- Recepcionista · nivel III
- Oficial contable · nivel III
- Administrativo/a · nivel III
- Especialista mantenimiento · nivel III
- Oficial de 1ª limpieza · nivel III
- Comercial · nivel III
- Cocinero/a · nivel III
- Camarero/a · nivel III
- Jardinero/a · nivel III
- Chofer · nivel III
- Ayudante de recepción · nivel IV
- Ayudante contable · nivel IV
- Ayudante Administrativo/a · nivel IV
- Especialista mantenimiento y Ser.Aux · nivel IV
- Auxiliar de limpieza · nivel IV
- Especialista de servicios · nivel IV
- Ayudante dependiente serv. Comerc. · nivel IV
- Ayudante de cocinero/a · nivel IV
- Ayudante de camarero/a · nivel IV
- Auxiliar mantenimiento y SA · nivel V
- Auxiliar de cocina · nivel V
- Auxiliar de recepción · nivel V
- Jefe mantenimiento nocturno · nivel II
- Especialista mantenimiento nocturno · nivel III
- Especialista mantenimiento y SA · nocturno · nivel IV
- Auxiliar mantenimiento y SA · nocturno · nivel V
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Complemento de reclasificación 2021Solo si estabas de alta en la empresa el 31/8/2022: es un derecho personal y consolidado (no absorbible ni compensable). Quien entró después no lo cobra. Importe según tu puesto. · art. 11 y anexo I | según categoría, de 4,09 a 587,85 € al mes |
| Plus de nocturnidadPor hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, igual para todos los puestos, salvo contratos específicos de trabajo nocturno (que tienen tabla propia). · art. 12 | 2024: 2,95 € por hora. El texto fija el importe de 2024 y dice que en 2025 y 2026 se revaloriza según el art. 9 (IPC estatal + 1,5 % en 2025; + 1 % en 2026), pero el importe revalorizado no se ha publicado en el BOPB: no se calcula aquí. |
| Fiestas no recuperables trabajadasSi no disfrutas una fiesta no recuperable: la libras otro día y además la empresa paga un 40 %. No se aplica si la fiesta cae en vacaciones; si coincide con tu descanso semanal, solo la libras otro día. · art. 15 | 40 % sobre el salario base |
| Plus de idiomasRecepcionistas a quienes se exija usar tres idiomas extranjeros (sin contar catalán, castellano ni otras lenguas oficiales). · art. 14 | 12 mensualidades; no compensable ni absorbible. 2024: 113,20 € al mes. El texto fija el importe de 2024 y dice que en 2025 y 2026 se revaloriza según el art. 9 (IPC estatal + 1,5 % en 2025; + 1 % en 2026), pero el importe revalorizado no se ha publicado en el BOPB: no se calcula aquí. |
| Plus de primeros auxiliosSi la empresa te exige renovar el curso de primeros auxilios; se cobra tras terminar la renovación. · art. 14 | 12 mensualidades; no compensable ni absorbible. 2024: 150 € al mes. El texto fija el importe de 2024 y dice que en 2025 y 2026 se revaloriza según el art. 9 (IPC estatal + 1,5 % en 2025; + 1 % en 2026), pero el importe revalorizado no se ha publicado en el BOPB: no se calcula aquí. |
| Compensación por limpieza del uniformeSolo si la empresa no se encarga de conservar y limpiar el uniforme o la ropa de trabajo. · art. 23 | 2024: 15,49 € al mes. El texto fija el importe de 2024 y dice que en 2025 y 2026 se revaloriza según el art. 9 (IPC estatal + 1,5 % en 2025; + 1 % en 2026), pero el importe revalorizado no se ha publicado en el BOPB: no se calcula aquí. |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 12,18 a 27,56 € la hora. Se pueden compensar con descanso de la misma duración dentro de los 4 meses siguientes (art. 19 y anexo II del acta de 2026). (art. 19 y anexo II del acta de 2026)
Subidas pactadas: 2025: 4,3 % (IPC estatal 2024 + 1,50 % sobre las tablas de 2024 (tabla «con Incremento 4,30%»)); 2026: 3,9 % (IPC estatal 2025 + 1 % sobre las tablas de 2025 (tabla «con Incremento 3,90%»)).
Revisión salarial: Las tablas suben cada año el IPC estatal del año anterior más un diferencial (1 % en 2024, 1,50 % en 2025 y 1 % en 2026); la comisión paritaria confecciona las tablas de 2025 y 2026 una vez conocido el IPC. (arts. 9 y 31.c).
Permisos pagados.
5 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho de la persona trabajadoraart. 28.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidadoart. 28.b | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado (4 días si hay desplazamiento a provincias limítrofes; 5 fuera de Cataluña)art. 28.c | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes que exijan tu presencia inmediata)art. 28.d | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de hijos, hermanos o padres (de 1 a 3 días según el desplazamiento)art. 28.e | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Exámenes (justificando la asistencia)art. 28.f | el tiempo indispensable | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilio habitualart. 28.g | 2 | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propios (con más de un año de antigüedad; no del 1 de abril al 15 de septiembre ni en Semana Santa; pedirlo con 48 h)art. 28.h | 2 | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todas las áreas funcionales: 15 días
Novedades del convenio.
- 16/3/2026 · Publicadas en el BOPB las tablas salariales de 2026 del convenio de campings de Barcelona (+3,90 %).
- 5/3/2025 · Publicadas en el BOPB las tablas salariales de 2025 (+4,30 %).
Fuente: BOPB de 27 de mayo de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2026, con tablas 2026 publicadas en el BOPB de 16/3/2026. Si nadie lo denuncia en el último trimestre de 2026, se prorroga de año en año.
Este es el convenio de campings y ciudades de vacaciones de la provincia de Barcelona, e incluye todo lo que se hace dentro del camping (supermercado, bar, restaurante, piscina, animación…). Si trabajas en un hotel, bar o restaurante de Barcelona que no está en un camping, tu convenio es el de hostelería de Cataluña (autonómico).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de Campings de Barcelona?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de Campings de Barcelona en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 18.940,88 € brutos al año a jornada completa (Auxiliar mantenimiento y SA).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Campings de Barcelona?
31 días naturales al año.
¿Eres empresa?
Lo que la ley pide a tu empresa, en documentos.
Registro retributivo, protocolo de acoso, desconexión digital y protección de datos de la plantilla. Mira cuáles te tocan.