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Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de Albacete 2017-2021.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 02000045011981

Convenio del año 2017 (del 1/1/2017 al 31/12/2017). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones22días

laborables · art. 26

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Nivel II · Titulado superior2.326,07 €40.009,05 €
Nivel III · Titulado medio2.023,75 €35.444,69 €
Nivel IV · Encargado general1.941,02 €34.187,76 €
Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª1.831,07 €32.528,18 €
Nivel VI · Oficial 1.ª administrativo1.676,74 €30.203,07 €
Nivel VII · Capataz1.612,95 €29.288,78 €
Nivel VIII · Oficial 1.ª de oficio1.543,45 €27.853,75 €
Nivel IX · Oficial 2.ª de oficio1.500,47 €26.705,58 €
Nivel X · Ayudante1.474,57 €25.798,83 €
Nivel XI · Peón especializado1.455,92 €25.437,87 €
Nivel XII · Peón ordinario1.432,06 €25.048,34 €
Contrato formativo · 1.er año (60 % del nivel IX)900,28 €15.995,75 €
Contrato formativo · 2.º año (75 % del nivel IX)1.125,35 €20.029,18 €
Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 1.er año (95 %)1.425,77 €25.370,28 €
Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 2.º año (100 %)1.500,47 €26.705,58 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Nivel II · Titulado superior · nivel II
  • Nivel III · Titulado medio · nivel III
  • Nivel IV · Encargado general · nivel IV
  • Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª · nivel V
  • Nivel VI · Oficial 1.ª administrativo · nivel VI
  • Nivel VII · Capataz · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial 1.ª de oficio · nivel VIII
  • Nivel IX · Oficial 2.ª de oficio · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante · nivel X
  • Nivel XI · Peón especializado · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario · nivel XII
  • Contrato formativo · 1.er año (60 % del nivel IX) · nivel XIV
  • Contrato formativo · 2.º año (75 % del nivel IX) · nivel XIV
  • Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 1.er año (95 %) · nivel XIV
  • Contrato formativo sin límite de edad, mayores de 21 años · 2.º año (100 %) · nivel XIV

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 3725 % sobre el salario base por hora
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable · art. 3620 % sobre el salario base
Plus por trabajo en festivo, sábado, domingo o no laborable (mantenimiento de servicios públicos)Personal de mantenimiento y gestión de servicios públicos en centros itinerantes con jornada habitual de lunes a viernes (si el sábado es laborable en la empresa, no se paga ese día) · art. 37 bis100 % sobre el salario base
Plus de disponibilidad (art. 37 bis)Personal de mantenimiento y gestión de servicios públicos en centros itinerantes, en concepto de disponibilidad · art. 37 bis y tablas (tabla 2026)177,51 €
Plus de turnicidad (art. 37 bis)El mismo personal del art. 37 bis cuando trabaja a turnos; se suma al de disponibilidad · art. 37 bis y tablas (tabla 2026)177,51 €
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasPersonal de contratas de conservación y mantenimiento de carreteras; por día · disposición adicional 5.ª y tablas (tabla 2026)4,29 € por día
Dieta completaDesplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento) · art. 40 y tablas (tabla 2026)50,64 € por día
Media dieta (comida)Desplazamiento a más de 4 km del casco urbano que obliga a comer fuera (más de 12 km en ferrocarriles y vías fuera de los términos de Albacete, Hellín, Almansa, Villarrobledo, La Roda, Alcaraz y Casas Ibáñez); también en trabajo itinerante de servicios públicos · arts. 40 y 40 bis y tablas (tabla 2026)14,86 € por día
Kilometraje con vehículo propioUso del vehículo particular autorizado por la empresa en desplazamientos · art. 41 y tablas (tabla 2026)0,51 €
Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más); un solo complemento · art. 31 bis17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más)
Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 · arts. 26.7, 32.2 y 33Importe fijo consolidado al 21/11/1996; se suma también en pagas extra y vacaciones; no genera nuevos tramos y se extingue con el contrato

Horas extra: precio fijado por categoría, de 15,75 a 26,20 € la hora (nocturnas +75 %). Se pueden compensar con descanso equivalente, previo acuerdo con los trabajadores, si no perturba la producción; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año (arts. 38 y 39 y tabla (2026)). (arts. 38 y 39 y tabla (2026))

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024: tablas provisionales de 2025 = definitivas de 2024 + 0,40 %.); 2025: 3,5 % (Tablas definitivas de 2025: +3,5 % sobre la tabla definitiva de 2024 (ya con la garantía), con efectos de 1/1/2025.); 2025: 0,5 % (Aportación del 0,5 % al plan de pensiones del sector (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Tablas provisionales de 2026: +3 % sobre las de 2025, con efectos de 1/1/2026.); 2026: 0,25 % (Aportación del 0,25 % al plan de pensiones del sector (no es subida de tablas). Desde el 1/1/2026 las empresas aportan por toda la plantilla.).

Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General (por eso la tabla 2026 es provisional): si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

Permisos pagados.

5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 28.1.A15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)art. 28.1.B3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijos (+2 días naturales con desplazamiento)art. 28.1.C1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días naturales con desplazamiento)art. 28.1.D3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 28.1.E5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Traslado del domicilio habitualart. 28.1.F1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 28.1.G—Mejora el Estatuto
Examen del carné de conducir (dos mañanas)art. 28.5dos mañanas retribuidas; el resto de días que necesite, sin retribuirMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 28.2tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 22/12/2025 · Tablas definitivas 2025 (+3,5 %), provisionales 2026 (+3 %), plan de pensiones y calendario laboral 2026

Fuente: BOP Albacete de 26 de marzo de 2018 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Texto de 2017 (vigencia general hasta el 31/12/2017 y de algunas materias hasta 2021) que sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro (art. 3.3). Las tablas se actualizan cada año con el Convenio General: definitivas 2025 y provisionales 2026 publicadas en el BOP de 22/12/2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Albacete?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2017.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Albacete en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.995,75 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Albacete?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

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