Convenio Colectivo para el sector de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria, para el periodo 2022-2026.
Convenio de los años 2022 a 2026 (del 1/1/2022 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Personal de retribución mensual | ||
| Titulado Superior | 2.112,81 € | 41.031,00 € |
| Titulado Medio | 1.544,27 € | 31.802,57 € |
| Jefe de personal | 1.286,69 € | 27.428,45 € |
| Jefe Administrativo de 2.ª | 1.280,51 € | 26.047,01 € |
| Oficial Administrativo de 1.ª | 1.280,38 € | 25.393,23 € |
| Delineante de 2.ª | 1.243,31 € | 24.736,77 € |
| Oficial Administrativo de 2.ª | 1.222,57 € | 24.460,94 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.182,37 € | 23.758,48 € |
| Personal operario de retribución diaria | ||
| Encargado / Jefe de Taller | 42,30 €/día | 25.393,23 € |
| Capataz | 41,05 €/día | 24.736,77 € |
| Oficial de 1.ª de oficio | 40,38 €/día | 24.460,94 € |
| Oficial de 2.ª de oficio | 39,05 €/día | 23.758,50 € |
| Ayudante de oficio | 37,89 €/día | 23.236,36 € |
| Peón especialista | 37,74 €/día | 23.094,98 € |
| Peón ordinario | 37,46 €/día | 22.818,28 € |
| Trabajadores en formación (nivel XIII) | ||
| Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 16-17 años, 1.er año | 23,43 €/día | 14.255,09 € |
| Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 18-21 años, 2.º año | 27,34 €/día | 16.630,93 € |
| Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 18-21 años, 3.er año | 33,19 €/día | 20.170,80 € |
| Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): escuela taller, 1.er año | 37,11 €/día | 22.570,54 € |
| Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): escuela taller, 2.º año | 39,05 €/día | 23.758,50 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo Personal de retribución mensual
- Titulado Superior · nivel II
- Titulado Medio · nivel III
- Jefe de personal · nivel IV
- Jefe Administrativo de 2.ª · nivel V
- Oficial Administrativo de 1.ª · nivel VI
- Delineante de 2.ª · nivel VII
- Oficial Administrativo de 2.ª · nivel VIII
- Auxiliar Administrativo · nivel IX
Grupo Personal operario de retribución diaria
- Encargado / Jefe de Taller · nivel VI
- Capataz · nivel VII
- Oficial de 1.ª de oficio · nivel VIII
- Oficial de 2.ª de oficio · nivel IX
- Ayudante de oficio · nivel X
- Peón especialista · nivel XI
- Peón ordinario · nivel XII
Grupo Trabajadores en formación (nivel XIII)
- Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 16-17 años, 1.er año · nivel XIII
- Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 18-21 años, 2.º año · nivel XIII
- Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): 18-21 años, 3.er año · nivel XIII
- Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): escuela taller, 1.er año · nivel XIII
- Trabajador en formación (contrato anterior a 2022): escuela taller, 2.º año · nivel XIII
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 55 | 25 % sobre el salario base por hora |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; deja de cobrarse si desaparecen esas condiciones · art. 54 | 20 % sobre el salario base |
| Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (grado del 13 % o más) · art. 51 | Grado 13–22 %: 17 €/mes; 23–32 %: 24 €/mes; 33 % o más: 34 €/mes (un solo complemento según el grado reconocido) |
| Desgaste de herramientaOficiales de 1.ª y 2.ª y ayudantes de los oficios indicados, en obras en que la empresa no aporte las herramientas de mano · art. 63 y tabla de complementos no salariales | Importe por jornada completa semanal según oficio: Oficiales albañiles de 1.ª y 2.ª: 2,76 €; Ayudantes albañiles: 2,50 €; Oficiales carpinteros de 1.ª y 2.ª: 4,51 €; Ayudantes carpinteros: 3,39 €; Encofradores de 1.ª y 2.ª: 3,39 €; Escayolistas: 2,50 €; Ayudantes de escayolistas: 1,73 €; Marmolistas: 2,76 € |
| Cantidad sustitutoria de la ropa de trabajoSolo si se pacta individualmente sustituir la entrega de ropa (un buzo cada cuatro meses de trabajo efectivo) por dinero; por día efectivo de trabajo · art. 64 | 0,28 € por día |
| Plus de distancia (por kilómetro)Personal con derecho a él; un viaje de ida y otro de vuelta al día · art. 82 y tabla de complementos no salariales | 0,34 € |
| Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasPersonal de conservación y mantenimiento de carreteras (grupos 1 a 5) que trabaja de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras; por día efectivo de trabajo, proporcional si la jornada es inferior · disposición adicional cuarta | 4,00 € por día |
| Dieta completaDesplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural. Si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento, solo el 20 % · art. 81 y tabla de complementos no salariales | 42,35 € por día |
| Media dietaDesplazamiento que obliga a comer fuera de la residencia habitual pudiendo pernoctar en ella; por día efectivo trabajado · art. 81 y tabla de complementos no salariales | 13,88 € por día |
| Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 · art. 50 | Importe fijo e invariable consolidado en 1996 por el Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción de 18/10/1996; no genera nuevos tramos y se extingue con el contrato |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 16,55 a 18,39 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no perturba la producción; las compensadas en los cuatro meses siguientes no cuentan para el límite de 80 horas al año (arts. 58 a 60 y tabla de horas extraordinarias). (arts. 58 a 60 y tabla de horas extraordinarias)
Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (Tablas salariales y no salariales de 2025: 3,50 % sobre las tablas definitivas de 2024.); 2026: 3 % (Tablas salariales y no salariales de 2026: 3,00 % sobre las tablas de 2025.).
Revisión salarial: Si la suma del IPC general de diciembre de 2022, 2023 y 2024 supera el 10 % (con un máximo del 13 %), se incrementan con efectos de 1/1/2025 las tablas de 2024, sin efectos retroactivos: la mitad del exceso a tablas y la otra mitad a la contribución al plan de pensiones. La Comisión Negociadora aplicó en 2025 la garantía del art. 55 del VII Convenio General (0,40 % sobre las tablas de 2024). (art. 47.3 y acta de 28/11/2025).
Permisos pagados.
6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 72.1.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de un hijo (5 días si hay enfermedad grave; +2 días naturales con desplazamiento)art. 72.1.b | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de hijos, padre, madre o hermanos (+2 días naturales con desplazamiento)art. 72.1.c | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 72.1.d | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que necesite cuidado (+2 días naturales con desplazamiento)art. 72.1.e | 5 (7 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 72.1.f | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 72.1.g | — | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 3.er grado (a cuenta de vacaciones)art. 72.1.h | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consultas médicas (horas necesarias, con justificante)art. 72.6 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el votoart. 72.3 | tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados: niveles III (excepto titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados: niveles VI al X: 2 meses
- Empleados: resto de personal: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Personal operario: resto de personal: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 7 días
Novedades del convenio.
- 26/3/2026 · Publicadas las contribuciones empresariales al plan de pensiones del sector para 2024, 2025 y 2026.
- 19/12/2025 · Publicadas las tablas de 2025 y 2026, la actualización de 2024 y el calendario laboral de 2026 (32 días de vacaciones en 2026).
- 21/2/2025 · Publicado en el BOC el convenio de la construcción y obras públicas de Cantabria 2022-2026.
Fuente: BOC (Boletín Oficial de Cantabria) de 21 de febrero de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 6); después sigue rigiendo hasta que lo sustituya otro. Tablas de 2025 y 2026 publicadas en el BOC de 19/12/2025.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Cantabria?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Cantabria en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 22.818,28 € brutos al año a jornada completa (Peón ordinario).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Cantabria?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados: niveles III (excepto titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados: niveles VI al X: 2 meses. Empleados: resto de personal: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Personal operario: resto de personal: 15 días.
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