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Convenio colectivo para el sector de la construcción de la provincia de Ourense (2022-2026).

VigenteDescargar el convenioCódigo 32000155011981

Convenio de los años 2022 a 2026 (del 1/1/2022 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones30días

naturales · art. 53

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Titulado/a Superior1.332,63 €24.546,65 €
Titulado/a Medio/a, Jefe/a Administrativo/a 1ª, Jefe/a Sec. Org. 1ª1.326,75 €24.166,35 €
Jefe/a de Personal, Ayte. de Obra, Encargado/a General de Fábrica, Encargado/a General1.320,27 €24.001,62 €
Jefe/a Administrativo/a de 2ª, Delineante Superior, Encargado/a General de Obra, Jefe/a Sec. Org., Científico/a del Trabajo de 2ª, Jefe/a de Compras1.314,33 €23.851,89 €
Oficial Administrativo/a de 1ª, Delineante de 1ª, Encarg. Taller, Encarg. Sec. Laboratorio, Escultor/a de Piedra y Mármol, Práct. Topografía de 1ª, Técn. Org. 1ª1.307,88 €23.688,25 €
Delineante de 2ª, Técnico/a Org. de 2ª, Práctico/a Topografía de 2ª, Analista de 1ª, Viajante, Capataz, Especialista de Oficio1.284,29 €23.091,16 €
Oficial Administrativo/a de 2ª, Corredor/a de Plaza, Oficial 1ª de Oficio, Inspector/a de Control Señalización y Servicios, Analista de 2ª1.266,55 €22.643,67 €
Auxiliar Administrativo/a, Ayte. Topográfico, Auxiliar de Org., Vendedores, Conserje, Oficial 2ª de Oficio1.248,29 €21.968,10 €
Auxiliar de Laboratorio, Vigilante, Almacenero/a, Enfermero/a, Cobrador/a, Guarda-Jurado, Ayudantes de Oficio, Especialistas de 1ª1.230,02 €21.510,21 €
Especialistas de 2ª, Peones Especializados1.211,81 €21.002,46 €
Peones Ordinarios, Limpiador/a1.192,96 €20.530,40 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Titulado/a Superior · nivel II
  • Titulado/a Medio/a, Jefe/a Administrativo/a 1ª, Jefe/a Sec. Org. 1ª · nivel III
  • Jefe/a de Personal, Ayte. de Obra, Encargado/a General de Fábrica, Encargado/a General · nivel IV
  • Jefe/a Administrativo/a de 2ª, Delineante Superior, Encargado/a General de Obra, Jefe/a Sec. Org., Científico/a del Trabajo de 2ª, Jefe/a de Compras · nivel V
  • Oficial Administrativo/a de 1ª, Delineante de 1ª, Encarg. Taller, Encarg. Sec. Laboratorio, Escultor/a de Piedra y Mármol, Práct. Topografía de 1ª, Técn. Org. 1ª · nivel VI
  • Delineante de 2ª, Técnico/a Org. de 2ª, Práctico/a Topografía de 2ª, Analista de 1ª, Viajante, Capataz, Especialista de Oficio · nivel VII
  • Oficial Administrativo/a de 2ª, Corredor/a de Plaza, Oficial 1ª de Oficio, Inspector/a de Control Señalización y Servicios, Analista de 2ª · nivel VIII
  • Auxiliar Administrativo/a, Ayte. Topográfico, Auxiliar de Org., Vendedores, Conserje, Oficial 2ª de Oficio · nivel IX
  • Auxiliar de Laboratorio, Vigilante, Almacenero/a, Enfermero/a, Cobrador/a, Guarda-Jurado, Ayudantes de Oficio, Especialistas de 1ª · nivel X
  • Especialistas de 2ª, Peones Especializados · nivel XI
  • Peones Ordinarios, Limpiador/a · nivel XII

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de trabajo nocturnoTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 4925 % sobre el salario base por hora
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable · art. 4820 % sobre el salario base
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasPersonal de conservación y mantenimiento de carreteras de los grupos profesionales 1 a 5 que trabaja de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras; por día efectivo de trabajo (proporcional si la jornada es inferior) · art. 13 bis4,00 € por día
Indemnización por desgaste de herramientasNiveles VII a XI a quienes la empresa no facilita las herramientas; por día de trabajo efectivo · art. 250,24 € por día
Compensación por no entrega de ropa de trabajoSolo si la empresa incumple la entrega semestral de prenda de trabajo o buzo y botas · art. 183,00 € al mes en 12 pagas
DietaIgual para todas las personas trabajadoras; puede sustituirse por gastos a justificar · art. 15 y anexo III (tabla 2026)40,69 € por día
Media dietaIgual para todas las personas trabajadoras; puede sustituirse por gastos a justificar · art. 15 y anexo III (tabla 2026)17,89 € por día
Locomoción (compensación por kilómetro)Desplazamientos por cuenta de la empresa cuando no pone medios propios · art. 540,19 €
Prima de casado/aPersonal fijo con al menos seis meses en la empresa que contrae matrimonio; pago único · art. 1790,15 €
Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996 · art. 16Importe fijo e invariable consolidado al 21/11/1996 (Acuerdo Sectorial Nacional de 18/10/1996); se extingue con el contrato

Horas extra: precio fijado por categoría, de 11,04 a 14,24 € la hora. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año (arts. 51 y 52 y anexo III (columna «Horas extras» de la tabla 2026)). (arts. 51 y 52 y anexo III (columna «Horas extras» de la tabla 2026))

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía salarial 2022-2024 (IPC acumulado 11,6 %): las tablas de 2024 suben un 0,40 % con efectos de 1/1/2025, base para 2025; otro 0,40 % va al plan de pensiones.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 revisadas, con efectos de 1/1/2025 (tabla 2025 publicada).); 2025: 0,5 % (Aportación al plan de pensiones: se añade el 0,50 % de los conceptos salariales de las tablas de 2024 (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3 % sobre la tabla de 2025, desde el 1/1/2026 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Aportación al plan de pensiones: se añade el 0,25 % de los conceptos salariales de las tablas de 2025 (no es subida de tablas).).

Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (acta de la Comisión Paritaria de 26/11/2025 y art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

Permisos pagados.

6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o unión de hecho inscritaart. 21.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días con desplazamiento)art. 21.1.b2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de un hijo (+2 días con desplazamiento)art. 21.1.c2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o de parientes hasta 2.º grado (+2 días con desplazamiento)art. 21.1.d3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de tíos o sobrinos carnales (3.er grado)art. 21.1.e1Mejora el Estatuto
Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 21.1.f5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Asistencia médica (tiempo necesario justificado)art. 21.1.g—Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 21.1.h1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 21.1.i—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)art. 21.3—Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 5/2/2026 · Corrección de errores de formato de las tablas 2025 y 2026 (mismos importes)
  • 9/1/2026 · Tablas salariales 2025 (+0,4 % y +3,5 %) y 2026 (+3 %), dietas y plan de pensiones
  • 5/11/2025 · Calendario laboral 2026: 1.736 horas y 11 días no laborables

Fuente: BOP Ourense de 23 de agosto de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 3). Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 9/1/2026, corregidas el 5/2/2026) con las subidas del Convenio General estatal.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Ourense?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Ourense en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.530,40 € brutos al año a jornada completa (Peones Ordinarios, Limpiador/a).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Ourense?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

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