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Convenio colectivo para Construcción y Obras Públicas de la provincia de Toledo 2022-2026.

VigenteDescargar el convenioCódigo 45000155011981

Convenio de los años 2022 a 2026 (del 1/1/2022 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones30días

naturales · art. 14

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Nivel II · Titulados superiores1.874,82 €31.686,84 €
Nivel III · Titulados medios, jefe administrativo de 1.ª1.573,41 €27.197,42 €
Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general1.448,43 €25.318,66 €
Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra1.406,32 €24.678,56 €
Nivel VI · Encargado de obra, oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª41,66 €/día22.902,33 €
Nivel VII · Capataz, delineante de 2.ª, especialista de oficio40,12 €/día22.204,00 €
Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª39,13 €/día21.718,19 €
Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo38,54 €/día21.417,05 €
Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª37,88 €/día21.112,66 €
Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ª37,23 €/día20.809,68 €
Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a36,64 €/día20.519,25 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Nivel II · Titulados superiores · nivel II
  • Nivel III · Titulados medios, jefe administrativo de 1.ª · nivel III
  • Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general · nivel IV
  • Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra · nivel V
  • Nivel VI · Encargado de obra, oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª · nivel VI
  • Nivel VII · Capataz, delineante de 2.ª, especialista de oficio · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª · nivel VIII
  • Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª · nivel X
  • Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ª · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a · nivel XII

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus salarial (personal mensual)Niveles II a V; por jornada normal efectivamente trabajada con rendimiento normal · art. 19 y anexo I (tabla 2026 provisional)192,85 € al mes
Plus salarial (personal diario)Niveles VI a XII; por jornada normal efectivamente trabajada con rendimiento normal · art. 19 y anexo I (tabla 2026 provisional)10,21 € por día
Plus extrasalarial (personal mensual)Niveles II a V; sustituye a los pluses de distancia y transporte · art. 22 y anexo I (tabla 2026 provisional)129,19 € al mes
Plus extrasalarial (personal diario)Niveles VI a XII; por día efectivo de trabajo; sustituye a los pluses de distancia y transporte · art. 22 y anexo I (tabla 2026 provisional)6,49 € por día
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasGrupos 1 a 5 que trabajan de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras de contratas de conservación; por día efectivo (proporcional si es jornada parcial) · art. 194,00 € por día
Desgaste de herramientasPersonal que aporta sus herramientas · art. 301,30 € por día efectivo el oficial y 1,10 € el ayudante, si aportan sus herramientas (maza, cortafríos, paletas catalana y alcotana)
LocomociónDesplazamientos ordenados por la empresa con medios propios · art. 240,26 €
Dieta completaDesplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento) · art. 23 y tabla 2026 (tabla 2026 provisional)51,44 € por día
Media dietaDesplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo de trabajo · art. 23 y tabla 2026 (tabla 2026 provisional)25,70 € por día
Complemento por discapacidadDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más) · art. 2617 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento
Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien la tenía el 21/11/1996 · arts. 18 y 21 y anexo IIImporte fijo consolidado al 21/11/1996; en cada paga extra y en vacaciones se suman 42 días de la tabla de antigüedad del anexo II

Horas extra: precio fijado por categoría, de 16,74 a 27,44 € la hora. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año (art. 20 y anexo III (tabla de horas extraordinarias 2026)). (art. 20 y anexo III (tabla de horas extraordinarias 2026))

Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (Incremento del 3,5 % sobre la tabla definitiva de 2024 (ya revisada con la cláusula de garantía 2022-2024), con efectos de 1/1/2025.); 2025: 0,5 % (Aportación del 0,5 % de la tabla al plan de pensiones del sector (no es subida de tablas).); 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024: la tabla de 2024 pasa a definitiva con un 0,4 % más (el BOP lo indica en la aportación revisada al plan de pensiones de 2024).); 2026: 3 % (Incremento del 3 % sobre la tabla de 2025, con efectos de 1/1/2026 (tabla provisional).); 2026: 0,25 % (Aportación del 0,25 % de la tabla al plan de pensiones del sector (no es subida de tablas). Desde 2026 las empresas aportan por toda la plantilla.).

Revisión salarial: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General (por eso la tabla 2026 es provisional): si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025), al que remite el acta de 14/11/2025).

Permisos pagados.

5 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 14.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)art. 14.1.b2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)art. 14.1.c1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (4 laborables con desplazamiento)art. 14.1.d3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 14.1.e5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 14.1.f1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)art. 14.1.g—Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 14.3tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 30/12/2025 · Tablas definitivas 2024 y 2025, provisionales 2026, plan de pensiones y calendario laboral 2026

Fuente: BOP Toledo de 1 de febrero de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente hasta el 31/12/2026. Tablas 2025 definitivas y 2026 provisionales publicadas en el BOP de 30/12/2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Toledo?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Toledo en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.519,25 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Toledo?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

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