II Convenio colectivo autonómico de enseñanza y formación no reglada de Cataluña años 2025-2027.
Convenio de los años 2025 a 2027 (del 1/1/2025 al 31/12/2027).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo 1. Personal docente | ||
| Profesor | 1.562,00 € | 21.868,00 € |
| Grupo 2. Personal técnico | ||
| Experto | 2.079,00 € | 29.106,00 € |
| Orientador profesional | 1.431,00 € | 20.034,00 € |
| Consultor | 1.562,00 € | 21.868,00 € |
| Informático | 1.562,00 € | 21.868,00 € |
| Bibliotecario | 1.431,00 € | 20.034,00 € |
| Intérprete/traductor | 1.431,00 € | 20.034,00 € |
| Grupo 3. Personal de administración y comercial | ||
| Nivel 1. Jefe de administración | 1.595,00 € | 22.330,00 € |
| Nivel 2. Responsable de sección | 1.478,00 € | 20.692,00 € |
| Nivel 3. Oficial administrativo | 1.283,00 € | 17.962,00 € |
| Nivel 4. Auxiliar administrativo | 1.159,00 € | 16.226,00 € |
| Grupo 4. Personal de servicios generales | ||
| Nivel 1. Jefe de servicios generales | 1.482,00 € | 20.748,00 € |
| Nivel 2. Oficial de servicios | 1.285,00 € | 17.990,00 € |
| Nivel 3. Auxiliar de servicios | 1.232,00 € | 17.248,00 € |
| Nivel 4. Monitor | 1.148,00 € | 16.072,00 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo 1. Personal docente
- Profesor
Grupo 2. Personal técnico
- Experto
- Orientador profesional
- Consultor
- Informático
- Bibliotecario
- Intérprete/traductor
Grupo 3. Personal de administración y comercial
- Nivel 1. Jefe de administración
- Nivel 2. Responsable de sección
- Nivel 3. Oficial administrativo
- Nivel 4. Auxiliar administrativo
Grupo 4. Personal de servicios generales
- Nivel 1. Jefe de servicios generales
- Nivel 2. Oficial de servicios
- Nivel 3. Auxiliar de servicios
- Nivel 4. Monitor
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (trienios)Solo personal que ya lo tenía: no se aplica a contrataciones desde el 1/1/2012 en empresas que aplicaban el Acuerdo de eficacia limitada, ni desde el 1/1/2020 en empresas que aplicaban el VIII Convenio de enseñanza privada de Cataluña, ni a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación · arts. 41 y 42; anexo V | según categoría, de 26,00 a 32,00 € |
| Cargo de directorMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 300,00 € al mes en 14 pagas |
| Cargo de subdirectorMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 250,00 € al mes en 14 pagas |
| Cargo de jefe de estudiosMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 240,00 € al mes en 14 pagas |
| Cargo de jefe de departamentoMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 150,00 € al mes en 14 pagas |
| Cargo de responsable de prevención riesgos laboralesMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 100,00 € al mes en 14 pagas |
| Cargo de responsable de calidadMientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima) · arts. 8 y 51; anexo V | 100,00 € al mes en 14 pagas |
| Plus de transporteToda la plantilla; proporcional a la jornada en los contratos a tiempo parcial. Grupos 1 a 4: 60 €/mes; monitor: 6 €/mes, en 11 mensualidades · art. 49; anexo V | según categoría, de 6,00 a 60,00 € al mes |
| Trabajo nocturnoHoras entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza · art. 47 | 25 % sobre el salario base por hora |
| Anulación de clases sin avisoProfesor o experto pagado por hora que se presenta y la clase se anula o el alumno no acude sin aviso; no se aplica a quien tiene jornada general con su salario · art. 48 | Se paga el valor de 1 hora |
| Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro con vehículo propio · art. 50 | Precio por km como mínimo igual al fijado legalmente; la empresa paga además los gastos del desplazamiento |
| Premio de fidelidad o permanencia15 años de servicio en la empresa y 60 años de edad, a petición propia y una sola vez. No se aplica a contrataciones desde el 1/1/2008, a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación · art. 56 | 3 gratificaciones por los primeros 15 años y 1 más por cada 5 años que excedan de 15; cada gratificación equivale al salario base de la nómina |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Alternativa: compensación con horas de descanso agrupadas en días, cuando sea posible (art. 21). (art. 21)
Subidas pactadas: 2025: (Salarios de 2025 fijados en el anexo V (tabla cerrada, sin porcentaje general)); 2026: (Salarios de 2026 fijados en el anexo V (tabla cerrada, sin porcentaje general)); 2025: 3 % (Categorías a extinguir sin asimilar: +3 %); 2026: 2,5 % (Categorías a extinguir sin asimilar: +2,5 %); 2027: (Sin subida fijada: la comisión negociadora se reúne en el cuarto trimestre para acordarla).
Revisión salarial: No hay cláusula de revisión por IPC. Garantía de SMI: si el salario base más los complementos salariales no llega al SMI vigente, se paga un complemento hasta igualarlo en cómputo anual. En prórroga, las condiciones económicas se negocian cada año con efectos de 1 de enero. (disposiciones adicionales primera y octava).
Permisos pagados.
4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 28.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidadoart. 28.b | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 28.c | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 28.d | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de un hijo/a, hermano/a o familiar de 1.er gradoart. 28.e | 1 | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido el votoart. 28.f | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica de la Seguridad Social, propia o acompañando a familiares de 1.er gradoart. 28.g | hasta 20 horas al año (las consultas de especialista no cuentan en ese límite; excluida la rehabilitación) | Mejora el Estatuto |
| Funciones sindicales o de representación del personalart. 28.h | en los términos legales o del convenio | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites previos de adopción, guarda o acogimientoart. 28.i | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acudir al trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave e inminenteart. 28.j | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes oficialesart. 31 | la licencia correspondiente, con retribución | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Contrato indefinido (todo el personal): 100 días
- Contrato temporal · personal docente: 80 días
- Contrato temporal · jefe de administración y responsable de sección: 60 días
- Contrato temporal · personal técnico: 50 días
- Contrato temporal · resto del personal: 30 días
Preaviso si te vas
- Personal docente, personal técnico, jefe de administración, responsable de sección y jefe de servicios generales: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Novedades del convenio.
- 15/4/2025 · Publicado en el DOGC el II Convenio de enseñanza y formación no reglada de Cataluña 2025-2027, con tablas 2025 y 2026.
Fuente: DOGC de 15 de abril de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2027 (art. 4), publicado en el DOGC el 15/04/2025. Tablas 2025 y 2026 en el anexo V; las de 2027 se negociarán en el cuarto trimestre (disposición transitoria primera).
Este convenio autonómico prevalece en Cataluña sobre el convenio estatal de enseñanza y formación no reglada. Se aplica a academias y empresas privadas de formación no reglada y formación para el empleo (idiomas, informática, peluquería y estética, oposiciones, refuerzo escolar, música, deporte…).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de formación no reglada de Cataluña?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de formación no reglada de Cataluña en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.072,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de formación no reglada de Cataluña?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Contrato indefinido (todo el personal): 100 días. Contrato temporal · personal docente: 80 días. Contrato temporal · jefe de administración y responsable de sección: 60 días. Contrato temporal · personal técnico: 50 días. Contrato temporal · resto del personal: 30 días.
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