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Tablas salariales de formación no reglada de Cataluña 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 15 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Alternativa: compensación con horas de descanso agrupadas en días, cuando sea posible. (art. 21)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo 1. Personal docente
    Profesor1.523,00 €21.322,00 €28,70 €
    Grupo 2. Personal técnico
    Experto2.028,00 €28.392,00 €38,22 €
    Orientador profesional1.396,00 €19.544,00 €26,31 €
    Consultor1.523,00 €21.322,00 €28,70 €
    Informático1.523,00 €21.322,00 €28,70 €
    Bibliotecario1.396,00 €19.544,00 €26,31 €
    Intérprete/traductor1.396,00 €19.544,00 €26,31 €
    Grupo 3. Personal de administración y comercial
    Nivel 1. Jefe de administración1.556,00 €21.784,00 €29,32 €
    Nivel 2. Responsable de sección1.441,00 €20.174,00 €27,16 €
    Nivel 3. Oficial administrativo1.251,00 €17.514,00 €23,58 €
    Nivel 4. Auxiliar administrativo1.130,00 €15.820,00 €121,30 €
    Grupo 4. Personal de servicios generales
    Nivel 1. Jefe de servicios generales1.445,00 €20.230,00 €27,23 €
    Nivel 2. Oficial de servicios1.253,00 €17.542,00 €23,61 €
    Nivel 3. Auxiliar de servicios1.201,00 €16.814,00 €22,63 €
    Nivel 4. Monitor1.120,00 €15.680,00 €221,11 €

    1. Nivel 4. Auxiliar administrativo: Salario base por debajo del SMI de 2025: la disposición adicional octava obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo anual.

    2. Nivel 4. Monitor: Salario base por debajo del SMI de 2025: la disposición adicional octava obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo anual.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.300 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla 2025 del anexo V del II Convenio («confeccionadas por 14 pagas»): salario mensual, salario anual (= mensual × 14, literal) y trienio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      Importe mensual del trienio de la tabla × número de trienios (acumulativo)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal que ya lo tenía: no se aplica a contrataciones desde el 1/1/2012 en empresas que aplicaban el Acuerdo de eficacia limitada, ni desde el 1/1/2020 en empresas que aplicaban el VIII Convenio de enseñanza privada de Cataluña, ni a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 41 y 42; anexo V

      Se cobra desde la nómina del mes en que vence y en 14 pagas. El grupo técnico y el monitor no tienen trienio en la tabla.

    • Cargo de director

      300,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 4.200 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector

      250,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 3.500 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios

      240,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 3.360 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento

      150,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 2.100 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de responsable de prevención riesgos laborales

      100,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 1.400 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de responsable de calidad

      100,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce la categoría funcional temporal (cargo de confianza, sin duración mínima).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 51; anexo V

      La tabla da 1.400 € anuales (14 pagas). El cargo supone 200 horas anuales adicionales (art. 18). Si se ejercen varios cargos con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Plus de transporte

      de 6 a 60 € al mes según categoría, en 11 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla; proporcional a la jornada en los contratos a tiempo parcial. Grupos 1 a 4: 60 €/mes; monitor: 6 €/mes, en 11 mensualidades.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo llama extrasalarial, pero el plus de transporte cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS). art. 49; anexo V

      Importes iguales en 2025 y 2026 (660 € y 66 € al año).

    • Trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 47

    • Anulación de clases sin aviso

      Se paga el valor de 1 hora

      Quién lo cobra: Profesor o experto pagado por hora que se presenta y la clase se anula o el alumno no acude sin aviso; no se aplica a quien tiene jornada general con su salario.

      Cotiza y tributa como salario. art. 48

    • Kilometraje con vehículo propio

      Precio por km como mínimo igual al fijado legalmente; la empresa paga además los gastos del desplazamiento

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro con vehículo propio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Gasto de locomoción: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 50

      Las condiciones concretas van en el pacto de empresa.

    • Premio de fidelidad o permanencia

      3 gratificaciones por los primeros 15 años y 1 más por cada 5 años que excedan de 15; cada gratificación equivale al salario base de la nómina

      Quién lo cobra: 15 años de servicio en la empresa y 60 años de edad, a petición propia y una sola vez. No se aplica a contrataciones desde el 1/1/2008, a nuevas contrataciones ni a categorías de nueva creación.

      Cotiza y tributa como salario. art. 56

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOGC · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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