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Convenio colectivo provincial de trabajo para la actividad de hostelería de Ávila (2026).

VigenteDescargar el convenioCódigo 05000065011982

Convenio del año 2026 (del 1/1/2026 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.792horas
Vacaciones30días

naturales · art. 31

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo profesional I
Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, jefe/a comercial y primer/a conserje1.309,35 €18.330,90 €
Jefe/a de administración (segunda fila del grupo I)1.289,12 €18.047,68 €
Grupo profesional II
Administrativo/a, comercial, recepcionista y relaciones públicas1.270,51 €17.787,14 €
Técnico/a de prevención de riesgos laborales y conserje1.289,12 €18.047,68 €
Grupo profesional III
Ayudante administrativo/a, ayudante de recepción o conserjería, auxiliar de conserje y telefonista1.270,51 €17.787,14 €
Grupo profesional I
Jefe/a de cocina1.309,35 €18.330,90 €
Segundo/a jefe/a de cocina y jefe/a de partida1.289,12 €18.047,68 €
Grupo profesional II
Cocinero/a, repostero/a y encargado/a de economato1.270,51 €17.787,14 €
Grupo profesional III
Ayudante de economato, ayudante de cocina y auxiliar de cocina1.268,44 €17.758,16 €
Grupo profesional I
Jefe/a de restaurante o sala y gerente de centro1.309,35 €18.330,90 €
Segundo/a jefe/a de restaurante o sala1.289,12 €18.047,68 €
Grupo profesional II
Jefe/a de sector1.289,12 €18.047,68 €
Camarero/a, barman, sumiller y supervisor/a de colectividades1.270,51 €17.787,14 €
Grupo profesional III
Ayudante de camarero/a, auxiliar de colectividades y monitor/a o cuidador/a de colectividades1.268,44 €17.758,16 €
Grupo profesional I
Encargado/a general de pisos y limpieza1.309,35 €18.330,90 €
Encargado/a de sección de pisos y limpieza1.270,51 €17.787,14 €
Camarero/a de pisos1.270,51 €17.787,14 €
Auxiliar de pisos y limpieza1.268,44 €17.758,16 €
Grupo profesional II
Encargado/a de mantenimiento y técnicos y/o auxiliares y encargado/a de sección de mantenimiento1.268,44 €17.758,16 €
Grupo profesional III
Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares1.268,44 €17.758,16 €
Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares y monitor/a1.268,44 €17.758,16 €
Grupo profesional I
Responsable de servicio1.309,35 €18.330,90 €
Técnico/a de servicio (dietista, fisioterapeuta y otros titulados en ciencias de la salud)1.289,12 €18.047,68 €
Grupo profesional II
Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, disc-jockey, masajista, monitor/a deportivo/a, quiromasajista, atención al cliente)1.270,51 €17.787,14 €
Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o de piscina)1.268,44 €17.758,16 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo profesional I

  • Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, jefe/a comercial y primer/a conserje
  • Jefe/a de administración (segunda fila del grupo I)
  • Jefe/a de cocina
  • Segundo/a jefe/a de cocina y jefe/a de partida
  • Jefe/a de restaurante o sala y gerente de centro
  • Segundo/a jefe/a de restaurante o sala
  • Encargado/a general de pisos y limpieza
  • Encargado/a de sección de pisos y limpieza
  • Camarero/a de pisos
  • Auxiliar de pisos y limpieza
  • Responsable de servicio
  • Técnico/a de servicio (dietista, fisioterapeuta y otros titulados en ciencias de la salud)

Grupo profesional II

  • Administrativo/a, comercial, recepcionista y relaciones públicas
  • Técnico/a de prevención de riesgos laborales y conserje
  • Cocinero/a, repostero/a y encargado/a de economato
  • Jefe/a de sector
  • Camarero/a, barman, sumiller y supervisor/a de colectividades
  • Encargado/a de mantenimiento y técnicos y/o auxiliares y encargado/a de sección de mantenimiento
  • Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, disc-jockey, masajista, monitor/a deportivo/a, quiromasajista, atención al cliente)
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o de piscina)

Grupo profesional III

  • Ayudante administrativo/a, ayudante de recepción o conserjería, auxiliar de conserje y telefonista
  • Ayudante de economato, ayudante de cocina y auxiliar de cocina
  • Ayudante de camarero/a, auxiliar de colectividades y monitor/a o cuidador/a de colectividades
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares y monitor/a

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (cuatrienios)Personal que entró en la empresa desde el 1/1/1995: cuatrienios, hasta un máximo de tres, de importe fijo igual para todas las categorías · art. 18301,23 € por cada 4 años (máximo 3)
Manutención (complemento salarial en especie)Por cada día trabajado en horario de desayuno, comida o cena; la empresa da la comida y la valora en este importe · art. 202,55 € por día
Plus por quebranto de monedaCajeros/as y personal con funciones directas de cobros y pagos, salvo que la empresa asuma las diferencias de caja; proporcional a tiempo parcial · art. 2192,05 € al mes
Plus de nocturnidadSolo si más de la mitad de la jornada se hace entre las 22:00 y las 6:00, y salvo que el salario se haya pactado ya como nocturno · art. 2225 % sobre el salario base
Premio de natalidadPago único por nacimiento de cada hijo/a · art. 2598,19 €
Premio de fidelidad a la empresaPago único al cumplir 15 y 25 años de servicio continuado en la misma empresa · art. 26646,03 € al cumplir 15 años y 1.014,47 € al cumplir 25 años (una sola vez cada uno)

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria (art. 23). (art. 23)

Subidas pactadas: 2026: (Nuevas tablas para 2026 (anexo I); el convenio no expresa el porcentaje de subida).

Permisos pagados.

6 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 3215Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 325Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 322 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Funerales distintos de los anterioresart. 321Mejora el Estatuto
Alumbramiento de hija solteraart. 323Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 321Igual o sin mínimo en el Estatuto
Boda de hijos/as, hermanos/as, padre o madreart. 321 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Otras celebraciones (bodas, bautizos, comuniones)art. 321Mejora el Estatuto
Consulta médica fuera de la provincia de hijos/as con discapacidadart. 321Mejora el Estatuto
Acompañar al cónyuge o a hijos/as menores a consulta médica de la Seguridad Socialart. 34el tiempo necesario, sin pérdida de salarioMejora el Estatuto
Imposibilidad de acceder al trabajo por restricciones de la autoridad, riesgo grave o fenómeno meteorológico adversoart. 324Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 324Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenesart. 32el tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 32el tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Todo el personal: 15 días

Novedades del convenio.

  • 18/8/2026 · Publicado el convenio de hostelería de Ávila para 2026, con tablas nuevas y atrasos en un máximo de 3 meses.

Fuente: BOP Ávila de 18 de agosto de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Convenio de un año (1/1-31/12/2026), publicado en el BOP de Ávila el 18/8/2026. Se denuncia automáticamente en diciembre de 2026 y seguirá en vigor hasta que lo sustituya otro; la negociación del siguiente empieza en enero de 2027.

Convenio único de hostelería en Ávila (ámbito funcional del ALEH VI: alojamientos, restauración, bares, cafeterías, colectividades y ocio). El salario no depende de la categoría del establecimiento: la tabla tiene una sola columna.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Ávila?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Ávila en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.758,16 € brutos al año a jornada completa (Ayudante de economato, ayudante de cocina y auxiliar de cocina).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Ávila?

30 días naturales al año.

¿Eres empresa?

Lo que la ley pide a tu empresa, en documentos.

Registro retributivo, protocolo de acoso, desconexión digital y protección de datos de la plantilla. Mira cuáles te tocan.

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