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Convenio colectivo provincial para las industrias de hostelería y turismo de Huesca, 2022, 2023 y 2024.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 22000175012004

Convenio de los años 2022 a 2024 (del 1/1/2022 al 31/12/2024). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.790horas
Vacaciones30días

naturales · art. 18

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
primero
Área A (Recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
segundo
Área A (Recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
segundo nivel B
Área A (Recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional segundo nivel B1.153,50 €17.302,50 €
tercero
Área A (Recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional tercero1.059,87 €15.898,05 €
primero
Área B (Cocina y economato) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
segundo
Área B (Cocina y economato) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
segundo nivel B
Área B (Cocina y economato) · grupo profesional segundo nivel B1.153,50 €17.302,50 €
tercero
Área B (Cocina y economato) · grupo profesional tercero1.059,87 €15.898,05 €
primero
Área C (Restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
segundo
Área C (Restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
segundo nivel B
Área C (Restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional segundo nivel B1.153,50 €17.302,50 €
tercero
Área C (Restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional tercero1.153,50 €17.302,50 €
tercero nivel B
Área C (Restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional tercero nivel B1.059,87 €15.898,05 €
primero
Área D (Pisos y limpieza) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
primero nivel B
Área D (Pisos y limpieza) · grupo profesional primero nivel B1.253,66 €18.804,90 €
segundo
Área D (Pisos y limpieza) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
tercero
Área D (Pisos y limpieza) · grupo profesional tercero1.059,87 €15.898,05 €
primero
Área E (Servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
primero nivel B
Área E (Servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional primero nivel B1.219,13 €18.286,95 €
segundo
Área E (Servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
segundo nivel B
Área E (Servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional segundo nivel B1.153,50 €17.302,50 €
tercero
Área E (Servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional tercero1.059,87 €15.898,05 €
primero
Área F (Servicios complementarios) · grupo profesional primero1.288,19 €19.322,85 €
segundo
Área F (Servicios complementarios) · grupo profesional segundo1.219,13 €18.286,95 €
segundo nivel B
Área F (Servicios complementarios) · grupo profesional segundo nivel B1.153,50 €17.302,50 €
tercero
Área F (Servicios complementarios) · grupo profesional tercero1.059,87 €15.898,05 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2024 · Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo primero

  • Jefe/a de recepción
  • 2.º jefe/a de recepción
  • Jefe/a comercial
  • Jefe/a de administración
  • Primer/a conserje
  • Jefe/a de cocina
  • 2.º jefe/a de cocina
  • Jefe/a de catering
  • Jefe/a de restaurante o sala
  • 2.º jefe/a de restaurante o sala
  • Jefe/a de operaciones de catering
  • Gerente de centro
  • Gobernante/a o encargado/a general
  • Jefe/a de servicios de catering
  • Responsable de servicio

Grupo primero nivel B

  • Subgobernante/a o encargado/a de sección (pisos)
  • Encargado/a de mantenimiento y servicios auxiliares
  • Encargado/a de mantenimiento y servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios)

Grupo segundo

  • Recepcionista
  • Conserje
  • Administrativo/a
  • Relaciones públicas
  • Comercial
  • Técnico/a de prevención de riesgos laborales
  • Jefe/a de partida
  • Cocinero/a
  • Repostero/a
  • Encargado/a de economato
  • Jefe/a de sector
  • Camarero/a
  • Barman/barwoman
  • Sumiller/a
  • Jefe/a de sala de catering
  • Supervisor/a de catering
  • Supervisor/a de colectividades
  • Supervisor/a de restauración moderna
  • Camarero/a de pisos
  • Encargado/a de sección (mantenimiento)
  • Técnico/a de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud)

Grupo segundo nivel B

  • Ayudante/a de recepción y/o conserjería
  • Telefonista
  • Ayudante/a administrativo/a
  • Ayudante/a de cocina
  • Ayudante/a de economato
  • Preparador/a montador/a de catering
  • Conductor/a de equipo de catering
  • Preparador/a de restauración moderna
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares
  • Especialista de mantenimiento y servicios técnicos de catering
  • Especialista de servicio (socorrista, animador/a, monitor/a deportivo, pinchadiscos, masajista, esteticista, especialista termal, atención al cliente…)

Grupo tercero

  • Auxiliar de recepción y conserjería
  • Auxiliar de cocina/economato
  • Ayudante/a de camarero
  • Ayudante/a de equipo de catering
  • Auxiliar de pisos y limpieza
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario)

Grupo tercero nivel B

  • Monitor/a o cuidador/a de colectividades
  • Asistente/a de colectividades
  • Asistente/a de preparador/montador de catering
  • Asistente/a de restauración moderna

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Nocturnidad de 22:00 a 24:00Horas trabajadas entre las 22:00 y las 24:00 (también si el trabajo es nocturno por su propia naturaleza). · art. 910 % sobre el salario base
Nocturnidad de 0:00 a 6:00Horas trabajadas entre las 0:00 y las 6:00 (también si el trabajo es nocturno por su propia naturaleza). · art. 925 % sobre el salario base
Plus salarial de productividad y asistenciaSolo para quien no cobra antigüedad (ingreso en la empresa desde el 27/3/1998). Por mes trabajado; se reduce a la mitad si hay en el mes dos faltas de puntualidad injustificadas que sumen más de 30 minutos. · art. 11.Primero11,36 € al mes
Plus por domingo o festivo trabajadoPor cada domingo o festivo trabajado. No sustituye el descanso semanal ni el disfrute de los festivos trabajados. · art. 11.Segundo7,39 € por día
Plus de transportePor día efectivamente trabajado, para todas las categorías. · art. 123,49 € por día
Plus de manutención (comida o cena)Personal del área de comedor (atención directa o complementaria) que elige cobrar el plus en vez de comer en la empresa, cuando su turno coincide con un servicio (comida o cena). Si no consta la elección por escrito, se cobra el plus. · art. 1321,50 € al mes
Plus de manutención (comida y cena)Igual que el anterior, cuando el turno coincide con los dos servicios (comida y cena). · art. 1343,13 € al mes
Kilometraje desde el domicilioSi vives a más de 30 km del centro de trabajo. · art. 220,16 €
Compensación de ropa para extrasPersonal contratado para servicios extra que aporta su propia ropa de trabajo: por servicio, o por día si hace dos servicios el mismo día. No se paga si la empresa da la ropa. · art. 221,07 € por día
Antigüedad consolidada (solo ingresos anteriores al 27/3/1998)Solo si entraste en la empresa el 26/3/1998 o antes. Quien entró después no cobra antigüedad (cobra el plus de productividad y asistencia). · art. 8 y anexoCuantía consolidada a 31/12/2003 según grupo y tramo alcanzado (3, 6, 9, 15 o 20 años), congelada sin acceso a tramos nuevos

Horas extra: se pagan con un recargo del 65 % sobre la hora ordinaria. De mutuo acuerdo, 1,5 horas de descanso por cada hora extra (art. 10). (art. 10)

Revisión salarial: Si el IPC acumulado de 2022 a 2024 supera el 12 %, el exceso (con un tope del 3 %) se aplica solo para actualizar las tablas que sirvan de base al incremento de 2025; no genera atrasos ni una tabla propia. (art. 6).

Permisos pagados.

2 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 21.A (remite a la ley)15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado o convivienteart. 21.A (remite a la ley)5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 21.A (remite a la ley)2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 21.A (remite a la ley)1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 21.A (remite a la ley)—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento de hijo/aart. 21.A3Mejora el Estatuto
Festividad de Santa Marta (29 de julio)art. 191Mejora el Estatuto
Asistencia sanitaria en centros de la Seguridad Social (propia o de hijos menores de 14 años)art. 21.A—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes para títulos académicos o profesionales oficialesart. 21.A—Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Contratos de más de 6 meses: 15 días

Fuente: BOP Huesca de 4 de agosto de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vencido el 31/12/2024 y denunciado; sin nuevo convenio ni tablas de 2025 o 2026 publicadas a 14/10/2026: se siguen aplicando el texto y las tablas de 2024 (art. 4 y art. 86 ET).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Huesca?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2024.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Huesca en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.898,05 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Huesca?

30 días naturales al año.

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