Convenio colectivo intersectorial de Hostelería de Valencia y su provincia 2022-2025.
Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Tabla I (orden 1 en el anexo II 2025): Para cafeterías con categoría especial, primera o segunda; restaurantes con categoría de cinco, cuatro, tres, dos y un tenedor; cafés-bares con categoría especial (A, B), primera, segunda, tercera y cuarta; colectividades; empresas de restauración moderna; establecimientos de comidas para llevar, discotecas; salas de baile; cruasanterías; zumerias, bingos; salones recreativos y billares; pizzerías; hamburgueserías; bocadillerías; creperías; cervecerías; tabernas; freidurías; chiringuitos de playa; pubs; terrazas de veladores; quioscos; heladerías; chocolaterías; salones de té; ambigús; cafés-teatro; tablaos; casinos; y cibercafés | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.337,87 € | 20.068,05 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.288,69 € | 19.330,35 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.214,84 € | 18.222,60 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.165,60 € | 17.484,00 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.100,46 € | 16.506,90 € |
| Tabla II (orden 2 en el anexo II 2025): Para hoteles de cinco y cuatro estrellas | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.415,47 € | 21.232,05 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.363,05 € | 20.445,75 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.284,43 € | 19.266,45 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.231,95 € | 18.479,25 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.162,48 € | 17.437,20 € |
| Tabla III (orden 3 en el anexo II 2025): Para hoteles de tres estrellas y viviendas turísticas no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.238,80 € | 18.582,00 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.218,37 € | 18.275,55 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.190,34 € | 17.855,10 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.166,45 € | 17.496,75 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.115,63 € | 16.734,45 € |
| Conserje de nocheConserje de noche en hoteles de tres estrellas. El anexo I lo sitúa en el nivel IV (nivel III en hoteles de 4 o 5 estrellas); esta tabla le fija un salario propio. | 1.199,36 € | 17.990,40 € |
| Camarero/a de pisosCamarero/a de pisos en hoteles de tres estrellas: el art. 50 lo pasa al nivel III dentro del plan de etapas del art. 51; esta tabla recoge su salario durante la transición. | 1.186,09 € | 17.791,35 € |
| Tabla V (orden 4 en el anexo II 2025): Para hoteles de dos estrellas y hostales de tres estrellas no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.142,91 € | 17.143,65 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.119,90 € | 16.798,50 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.078,37 € | 16.175,55 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.066,90 € | 16.003,50 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.042,51 € | 15.637,65 € |
| Tabla VII (orden 5 en el anexo II 2025): Para hoteles de una estrella y hostales de dos estrellas y para el resto de los establecimientos de categoría inferior en hospedaje no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.108,99 € | 16.634,85 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.093,82 € | 16.407,30 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.066,88 € | 16.003,20 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.058,58 € | 15.878,70 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.040,93 € | 15.613,95 € |
| Tabla VI (orden 6 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de tres estrellas | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.232,64 € | 18.489,60 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.212,16 € | 18.182,40 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.184,51 € | 17.767,65 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.160,56 € | 17.408,40 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.110,03 € | 16.650,45 € |
| Conserje de nocheConserje de noche en hoteles de tres estrellas. El anexo I lo sitúa en el nivel IV (nivel III en hoteles de 4 o 5 estrellas); esta tabla le fija un salario propio. | 1.193,26 € | 17.898,90 € |
| Camarero/a de pisosCamarero/a de pisos en hoteles de tres estrellas: el art. 50 lo pasa al nivel III dentro del plan de etapas del art. 51; esta tabla recoge su salario durante la transición. | 1.179,76 € | 17.696,40 € |
| Tabla VII (orden 7 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de dos estrellas | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.125,04 € | 16.875,60 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.101,37 € | 16.520,55 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.061,16 € | 15.917,40 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.049,33 € | 15.739,95 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.025,32 € | 15.379,80 € |
| Tabla VIII (orden 8 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de una estrella | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.090,95 € | 16.364,25 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.075,72 € | 16.135,80 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.050,54 € | 15.758,10 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.041,65 € | 15.624,75 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 1.023,74 € | 15.356,10 € |
| Tabla IX (orden 9 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación para estaciones termales y/o balnearios con termalismo social | ||
| Nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento. | 1.085,32 € | 16.279,80 € |
| Nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio. | 1.063,82 € | 15.957,30 € |
| Nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas. | 1.024,44 € | 15.366,60 € |
| Nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios. | 1.017,40 € | 15.261,00 € |
| Nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades. | 997,40 € | 14.961,00 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Nivel I
Nivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
Por ejemplo: jefe de recepción, jefe de cocina, jefe de sala, jefe de administración, encargado general, gerente de restauración moderna.
Nivel II
Nivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
Por ejemplo: segundo jefe de cocina, jefe de partida, administrativo, primer conserje, segundo jefe de recepción, encargado de sección.
Nivel III
Nivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
Por ejemplo: camarero, cocinero, recepcionista, barman, conserje, camarera de pisos (hotel de 3 o más estrellas).
Nivel IV
Nivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
Por ejemplo: ayudante de camarero, ayudante de cocina, ayudante de recepción y conserjería, conserje de noche (hotel de 3 estrellas o menos), repartidor de comidas y bebidas, camarera de pisos (hotel de 2 estrellas u hostal).
Nivel V
Nivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Por ejemplo: auxiliar de cocina, auxiliar de pisos y limpieza, auxiliar de recepción y conserjería, auxiliar de mantenimiento, monitor de colectividades, auxiliar de piscina o balneario.
Grupo Tabla I (orden 1 en el anexo II 2025): Para cafeterías con categoría especial, primera o segunda; restaurantes con categoría de cinco, cuatro, tres, dos y un tenedor; cafés-bares con categoría especial (A, B), primera, segunda, tercera y cuarta; colectividades; empresas de restauración moderna; establecimientos de comidas para llevar, discotecas; salas de baile; cruasanterías; zumerias, bingos; salones recreativos y billares; pizzerías; hamburgueserías; bocadillerías; creperías; cervecerías; tabernas; freidurías; chiringuitos de playa; pubs; terrazas de veladores; quioscos; heladerías; chocolaterías; salones de té; ambigús; cafés-teatro; tablaos; casinos; y cibercafés
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla II (orden 2 en el anexo II 2025): Para hoteles de cinco y cuatro estrellas
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla III (orden 3 en el anexo II 2025): Para hoteles de tres estrellas y viviendas turísticas no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
- Conserje de nocheConserje de noche en hoteles de tres estrellas. El anexo I lo sitúa en el nivel IV (nivel III en hoteles de 4 o 5 estrellas); esta tabla le fija un salario propio.
- Camarero/a de pisosCamarero/a de pisos en hoteles de tres estrellas: el art. 50 lo pasa al nivel III dentro del plan de etapas del art. 51; esta tabla recoge su salario durante la transición.
Grupo Tabla V (orden 4 en el anexo II 2025): Para hoteles de dos estrellas y hostales de tres estrellas no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla VII (orden 5 en el anexo II 2025): Para hoteles de una estrella y hostales de dos estrellas y para el resto de los establecimientos de categoría inferior en hospedaje no sujetos al régimen transitorio (Plan de Etapas) del Anexo III
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla VI (orden 6 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de tres estrellas
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
- Conserje de nocheConserje de noche en hoteles de tres estrellas. El anexo I lo sitúa en el nivel IV (nivel III en hoteles de 4 o 5 estrellas); esta tabla le fija un salario propio.
- Camarero/a de pisosCamarero/a de pisos en hoteles de tres estrellas: el art. 50 lo pasa al nivel III dentro del plan de etapas del art. 51; esta tabla recoge su salario durante la transición.
Grupo Tabla VII (orden 7 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de dos estrellas
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla VIII (orden 8 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación exclusiva a los hoteles ubicados en la zona de Gandia y La Safor, que viniesen aplicando los salarios previstos en este apartado de acuerdo con lo dispuesto en los Convenios anteriores, con categoría de una estrella
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Grupo Tabla IX (orden 9 en el anexo II 2025): Tablas de aplicación para estaciones termales y/o balnearios con termalismo social
- Nivel I · nivel INivel salarial de las jefaturas: jefes de recepción, cocina, sala, administración, comercial o catering, gerente de restauración moderna y encargados generales o de mantenimiento.
- Nivel II · nivel IINivel salarial de segundos jefes, jefes de partida, primer conserje, encargados de sección, supervisores de catering o colectividades, administrativos y técnicos de servicios (fisioterapeuta, dietista) o de prevención de nivel intermedio.
- Nivel III · nivel IIINivel salarial de los profesionales de sala, cocina, recepción y servicios: camarero, barman, cocinero, recepcionista, conserje, repostero, comercial, especialistas de servicios y camarero de pisos en hoteles de tres o más estrellas.
- Nivel IV · nivel IVNivel salarial de los ayudantes (de camarero, cocina, recepción y conserjería, administración o economato), conserje de noche en hoteles de tres estrellas o menos, repartidor y camarero de pisos en hoteles de dos estrellas, hostales y balnearios.
- Nivel V · nivel VNivel salarial de los auxiliares: de cocina, de pisos y limpieza, de recepción y conserjería, de mantenimiento, de restauración moderna y de servicio, y monitor o cuidador de colectividades.
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Plus de transporte · jornada partidaSi haces jornada partida. Se cobra con independencia de la duración de la jornada y de los días trabajados. · art. 20 y anexo IV-1 y IV-2 2025 | según categoría, de 49,09 a 66,96 € al mes |
| Plus de transporte · jornada continuadaSi haces jornada continuada. Se cobra con independencia de la duración de la jornada y de los días trabajados. · art. 20 y anexo IV-1 y IV-2 2025 | según categoría, de 33,38 a 49,09 € al mes |
| ManutenciónEn empresas que dan comidas, si tu horario coincide con el almuerzo o la cena. Es un complemento en especie: si no usas el comedor no puedes pedir su valor en dinero. · art. 20 y anexo IV-1 y IV-2 2025 | según categoría, de 36,89 a 44,13 € al mes |
| Útiles y herramientas aportados por el trabajadorSolo si, a petición de la empresa o por acuerdo, aportas tus propios útiles y herramientas. · art. 21 y anexo IV-1 y IV-2 2025 | según categoría, de 8,59 a 9,18 € al mes |
| Compensación por ropa de trabajo propiaSolo si la empresa no te da el uniforme y usas tu propia ropa. Proporcional a tu jornada. · art. 28 y anexo IV-1 y IV-2 2025 | Suma mensual de las prendas que se te exijan: esmoquin 23,33 €; lazo 0,45 €; dos chaquetas 9,62 €; dos pantalones 7,37 €; dos camisas 5,10 €; corbata 0,72 €; dos chaquetillas 4,23 €; dos gorros 1,14 €; dos pantalones (cocina) 5,10 €; zapatos y calcetín o media 6,84 € |
| Nocturnidad (de 0:30 a 6:00)Horas trabajadas entre las 0:30 y las 6:00. No se aplica a conserjes de noche ni a quien tenga el salario fijado por ser trabajo nocturno. · art. 18 | 20 % sobre el salario base |
| Festivo trabajado pagado en dineroSolo si eliges cobrar en dinero los festivos trabajados (opción que se hace al empezar y cada diciembre). Alternativas: librar un día por festivo, o librar un día suelto y cobrar además el 50 % del salario de un día. · art. 14 y anexo II 2025 | según categoría, de 79,83 a 124,08 € por día |
| Plus compensatorio de formaciónSolo en restauración (tabla I, CNAE 56, no vinculada a hoteles) si la empresa no acredita formación por asociación empresarial, plan propio o plan sindical. · art. 16.B | 20,00 € al mes en 12 pagas |
| Plus funcional por experiencia (asistente/a de restauración moderna)Asistentes/as de restauración moderna (nivel V) con 4 meses de antigüedad en la categoría. · art. 16.A | 20 € al mes en 2022; desde 2023 sube cada año lo mismo que el convenio. El texto no publica el importe de 2025 ni de 2026, así que no se carga. |
| Antigüedad y porcentaje de servicio consolidadosSolo quien los tenía reconocidos al amparo de los convenios de 1995-1997 o 1998-2000. · art. 17 | Importe personal congelado (no se revisa ni se absorbe) |
| AlojamientoSolo quien lo tenía reconocido; importe personal congelado. · art. 20 | Importe personal congelado (no se revisa ni se absorbe) |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 10,80 a 16,77 € la hora. Por acuerdo de empresa o contrato individual, descanso retribuido equivalente dentro de los 4 meses siguientes (art. 13 y anexo II 2025). (art. 13 y anexo II 2025)
Subidas pactadas: 2025: 1,62 % (1,62 % en las tablas I y III a VIII); 2025: 1,37 % (1,37 % en la tabla II); 2025: 1,56 % (1,56 % en las tablas IX a XI).
Revisión salarial: Si el IPC de 2022 supera el 3,5 %, se abona una única paga no consolidable del 0,5 % en el primer trimestre de 2023; si el IPC de 2023 supera el 2,5 %, otra del 0,5 % en el primer trimestre de 2024. Para 2024 y 2025 no hay cláusula de revisión. (art. 16).
Permisos pagados.
6 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 25.A.a | 16 | Mejora el Estatuto |
| Nacimiento de hijo (incompatible con el permiso por nacimiento)art. 25.A.b | 4 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 25.A.c | 3 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 3 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Traslado de domicilio habitualart. 25.A.d | 2 | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de padres, hijos o hermanosart. 25.A.e | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad grave, accidente u hospitalización de parientes (convenio: 3 días; 4 con desplazamiento a otra provincia)art. 25.A.f | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes (convenio: 2 días; 4 con desplazamiento)art. 25.A.f | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 25.A.g | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenesart. 25.A.h | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Libre disposiciónart. 25.A.i | 2 | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Niveles I y II: 30 días
- Resto de niveles: 15 días
Novedades del convenio.
- 10/11/2025 · Publicado el acta 1/2025 de la comisión paritaria (respuestas a consultas).
- 29/10/2025 · REGCON inscribe la denuncia y promoción de negociación del convenio.
Fuente: BOP Valencia de 7 de febrero de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vencido el 31/12/2025 (art. 4). REGCON inscribe su denuncia con promoción de negociación el 29/10/2025; denunciado, mantiene las cláusulas normativas hasta el nuevo convenio (art. 45). Sin tablas 2026 publicadas a 13/10/2026.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Valencia?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Valencia en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.961,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Valencia?
30 días naturales al año.
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