Saltar al contenido

Convenio Colectivo de Trabajo del sector Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Badajoz.

VigenteDescargar el convenioCódigo 06000505011981

Convenio de los años 2025 a 2026 (del 1/1/2025 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.760horas
Vacaciones24días

laborables · art. 48

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo 1
Ingenieros, Arquitectos y Licenciados1.317,33 €23.211,15 €
Grupo 2
Peritos y Aparejadores1.297,19 €22.909,05 €
Graduados Sociales1.209,79 €21.598,05 €
Profesores de enseñanza1.142,52 €20.589,00 €
A.T.S.1.134,14 €20.463,30 €
Enfermeros1.066,92 €19.455,00 €
Grupo 3
Ayudantes de Ingenieros y Arquitectos1.255,95 €22.290,45 €
Maestros Industriales1.170,58 €21.009,90 €
Capitanes, Pilotos, maquinistas de gánguiles y bancos de prueba1.206,94 €21.555,30 €
Jefes de Taller1.206,94 €21.555,30 €
Maestros de Taller1.149,86 €20.699,10 €
Maestros de 2ª1.142,52 €20.589,00 €
Delineantes, Proyectistas y Dibujantes1.189,65 €21.295,95 €
Jefes de Laboratorio1.222,64 €21.790,80 €
Jefes de Sección1.177,69 €21.116,55 €
Jefes de Diques1.150,93 €20.715,15 €
Jefes de Muelles1.149,86 €20.699,10 €
Jefes de 1ª1.209,79 €21.598,05 €
Jefes de 2ª1.181,12 €21.168,00 €
Jefes de Sección Organización de 1ª1.189,61 €21.295,35 €
Jefes de Sección Organización de 2ª1.181,12 €21.168,00 €
Grupo 4
Contramaestres1.149,86 €20.699,10 €
Encargados1.116,20 €20.194,20 €
Capataces de Especialistas1.092,12 €19.833,00 €
Capataces de Peones Ordinarios1.083,20 €19.699,20 €
Delineantes de 1ª, Prácticos de Topografía y Fotógrafos1.142,52 €20.589,00 €
Analistas de 1ª1.133,65 €20.455,95 €
Buzos y hombres rana (día)39,14 €/día—
Técnicos de Organización de 1ª1.178,98 €21.135,90 €
Grupo 5
Calcadores1.084,65 €19.720,95 €
Delineantes de 2ª1.116,20 €20.194,20 €
Reproductores fotográficos1.084,20 €19.714,20 €
Reproductores de planos1.064,70 €19.421,70 €
Archiveros bibliotecarios1.116,19 €20.194,05 €
Analistas de 2ª1.101,07 €19.967,25 €
Oficial de 1ª36,66 €/día—
Oficial de 2ª36,32 €/día—
Personal de Sidero 1ª36,57 €/día—
Personal de Sidero 2ª36,25 €/día—
Listeros1.087,68 €19.766,40 €
Almaceneros1.082,87 €19.694,25 €
Choferes de camiones1.103,31 €20.000,85 €
Pesadores basculeros1.092,50 €19.838,70 €
Oficiales Administrativos de 1ª1.142,54 €20.589,30 €
Oficiales Administrativos de 2ª1.116,24 €20.194,80 €
Técnicos de Organización de 2ª1.116,20 €20.194,20 €
Grupo 6
Auxiliares1.083,20 €19.699,20 €
Especialistas Almacén35,80 €/día—
Mozos Especialistas Almacén35,80 €/día—
Oficial de 3ª35,97 €/día—
Personal de Sidero 3ª35,97 €/día—
Choferes de motociclos1.081,46 €19.673,10 €
Choferes de turismos1.096,62 €19.900,50 €
Dependientes Pral Economatos1.087,70 €19.766,70 €
Dependientes Aux Economatos1.067,93 €19.470,15 €
Telefonistas (menos 50 teléfonos)1.064,70 €19.421,70 €
Telefonistas (más 50 teléfonos)1.068,60 €19.480,20 €
Grupo 7
Peones ordinarios35,42 €/día—
Guardas jurados1.074,11 €19.562,85 €
Vigilantes1.066,92 €19.455,00 €
Cabos guardas1.093,81 €19.858,35 €
Ordenanzas1.064,70 €19.421,70 €
Conserjes1.089,34 €19.791,30 €
Porteros1.064,70 €19.421,70 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo 1

  • Ingenieros, Arquitectos y Licenciados

Grupo 2

  • Peritos y Aparejadores
  • Graduados Sociales
  • Profesores de enseñanza
  • A.T.S.
  • Enfermeros

Grupo 3

  • Ayudantes de Ingenieros y Arquitectos
  • Maestros Industriales
  • Capitanes, Pilotos, maquinistas de gánguiles y bancos de prueba
  • Jefes de Taller
  • Maestros de Taller
  • Maestros de 2ª
  • Delineantes, Proyectistas y Dibujantes
  • Jefes de Laboratorio
  • Jefes de Sección
  • Jefes de Diques
  • Jefes de Muelles
  • Jefes de 1ª
  • Jefes de 2ª
  • Jefes de Sección Organización de 1ª
  • Jefes de Sección Organización de 2ª

Grupo 4

  • Contramaestres
  • Encargados
  • Capataces de Especialistas
  • Capataces de Peones Ordinarios
  • Delineantes de 1ª, Prácticos de Topografía y Fotógrafos
  • Analistas de 1ª
  • Buzos y hombres rana (día)
  • Técnicos de Organización de 1ª

Grupo 5

  • Calcadores
  • Delineantes de 2ª
  • Reproductores fotográficos
  • Reproductores de planos
  • Archiveros bibliotecarios
  • Analistas de 2ª
  • Oficial de 1ª
  • Oficial de 2ª
  • Personal de Sidero 1ª
  • Personal de Sidero 2ª
  • Listeros
  • Almaceneros
  • Choferes de camiones
  • Pesadores basculeros
  • Oficiales Administrativos de 1ª
  • Oficiales Administrativos de 2ª
  • Técnicos de Organización de 2ª

Grupo 6

  • Auxiliares
  • Especialistas Almacén
  • Mozos Especialistas Almacén
  • Oficial de 3ª
  • Personal de Sidero 3ª
  • Choferes de motociclos
  • Choferes de turismos
  • Dependientes Pral Economatos
  • Dependientes Aux Economatos
  • Telefonistas (menos 50 teléfonos)
  • Telefonistas (más 50 teléfonos)

Grupo 7

  • Peones ordinarios
  • Guardas jurados
  • Vigilantes
  • Cabos guardas
  • Ordenanzas
  • Conserjes
  • Porteros

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (quinquenios)Toda la plantilla · art. 345 % del salario base por cada uno de los cuatro primeros quinquenios y 8 % por el quinto y siguientes, hasta un máximo del 44 % del salario base
Plus de trabajo nocturnoHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 37.A y tabla anexa2,27 € por hora
Plus de domingos y festivosCada domingo o festivo realmente trabajado · art. 3320 % sobre el salario base
Plus de domingos y festivos (mantenimiento habitual)Empresas que realizan de forma habitual trabajos de mantenimiento en domingos y festivos: por cada uno de esos días realmente trabajado · art. 33 y tabla anexa43,41 € por día
Plus de guardia o prolongación de jornada (día laborable)Operarios localizables con un dispositivo de alerta de la empresa para atender averías o cubrir ausencias, por día laborable de guardia · art. 37.B y tabla anexa9,04 € por día
Plus de guardia o prolongación de jornada (día no laborable)Operarios localizables con un dispositivo de alerta de la empresa para atender averías o cubrir ausencias, por día no laborable de guardia · art. 37.B y tabla anexa22,58 € por día
Dieta completaDesplazamientos por cuenta de la empresa (incluidos centros móviles e itinerantes) · art. 41 y tabla anexa43,78 € por día
Media dietaDesplazamientos por cuenta de la empresa en que solo se hace una comida fuera · art. 41 y tabla anexa17,44 € por día
KilometrajeDesplazamientos por cuenta de la empresa en vehículo propio · art. 41 y tabla anexa0,32 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 100 % sobre la hora ordinaria. De común acuerdo, 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra (acumulables) (arts. 42 y 47.4). (arts. 42 y 47.4)

Subidas pactadas: 2025: 4 % (Subida del 4 % sobre la tabla salarial vigente de 2024, desde el 1/1/2025); 2026: 3 % (Subida del 3 % sobre la tabla salarial de 2025, desde el 1/1/2026); 2027: 0,25 % (Si la suma de los IPC de 2025 y 2026 supera el 7 %, la tabla de 2026 se actualiza un 0,25 % para 2027, sin efecto retroactivo).

Revisión salarial: Si la suma de los IPC de 2025 y 2026 supera el 7 %, se actualiza la tabla de 2026 para 2027 con un 0,25 %, sin efecto retroactivo. Dietas y kilometraje siguen la revisión salarial; nocturnidad, guardia y domingos y festivos se actualizan con las subidas pactadas. (arts. 33, 37, 40 y 41).

Permisos pagados.

4 de los 6 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 49.e17Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijos (2 días si es fuera de la provincia)art. 49.a1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio (2 días si es fuera de la provincia)art. 49.b1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, pariente hasta 2.º grado o convivienteart. 49.c5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado (4 días con desplazamiento)art. 49.d3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 49.f (remite al art. 37 ET)—Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo 1: 6 meses
  • Grupo 2: 6 meses
  • Grupo 3: 2 meses
  • Grupo 4: 1 mes
  • Grupo 5: 1 mes
  • Grupo 6: 15 días
  • Grupo 7: 15 días

Preaviso si te vas

  • Toda la plantilla: 15 días

Novedades del convenio.

  • 12/11/2025 · Publicado en el DOE el calendario laboral de 2026 del convenio (acta de 29/10/2025).

Fuente: DOE (Diario Oficial de Extremadura) de 26 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2026 (art. 4). Al terminar queda denunciado sin necesidad de denuncia expresa y se prorroga hasta que se firme el siguiente (art. 6). A 14/10/2026 no consta en REGCON ni en el DOE un convenio posterior.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Badajoz?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Badajoz en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 19.421,70 € brutos al año a jornada completa (Reproductores de planos).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Badajoz?

24 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo 1: 6 meses. Grupo 2: 6 meses. Grupo 3: 2 meses. Grupo 4: 1 mes. Grupo 5: 1 mes. Grupo 6: 15 días. Grupo 7: 15 días.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba