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Convenio Colectivo para el sector de la Industria Siderometalúrgica de Cantabria 2025-2028.

VigenteDescargar el convenioCódigo 39000905011981

Convenio de los años 2025 a 2028 (del 1/1/2025 al 31/12/2028).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.765horas
Vacaciones30días

naturales · art. 25

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Personal obrero
Peón44,99 €/día22.802,97 €
Especialista46,08 €/día23.590,85 €
Mozo almacén46,08 €/día23.590,85 €
Oficial 3ª46,45 €/día23.974,14 €
Oficial 2ª47,55 €/día24.703,67 €
Oficial 1ª48,60 €/día25.438,49 €
Personal subalterno
Almacenero1.418,41 €24.152,39 €
Chofer motocicleta1.405,76 €23.932,94 €
Chofer turismo1.454,51 €24.733,52 €
Chofer camión1.472,49 €25.072,67 €
Vigilante1.377,09 €23.458,13 €
Ordenanza1.371,75 €23.378,10 €
Enfermero1.377,09 €23.458,13 €
Telefonista1.382,43 €23.538,36 €
Personal administrativo
Jefe de 1ª1.999,95 €34.030,85 €
Jefe de 2ª1.845,15 €31.406,49 €
Oficial de 1ª1.690,35 €28.762,09 €
Oficial de 2ª1.544,55 €26.282,50 €
Aux. Administrativo1.419,94 €24.175,37 €
Viajante1.690,35 €28.762,09 €
Personal técnico
Ingenieros, Arquitectos y Licenciados2.580,98 €43.911,78 €
Peritos e Ingenieros Técnicos2.408,56 €40.978,30 €
Ayudantes Ingenieros y Arquitectos2.334,32 €39.532,49 €
Maestros Industriales1.789,42 €30.461,41 €
Graduados sociales1.983,50 €33.759,32 €
Practicantes1.564,24 €26.637,33 €
Médicos2.215,18 €37.740,47 €
Jefe de Taller1.983,54 €33.759,92 €
Maestro de Taller1.717,42 €29.212,71 €
Maestro de Taller 2ª1.665,76 €28.447,73 €
Encargado1.520,80 €25.881,67 €
Capataz especialista1.465,12 €24.947,32 €
Capataz peones1.418,41 €24.152,39 €
Delineante proyect.1.889,34 €32.183,36 €
Delineante 1ª1.690,35 €28.762,09 €
Delineante 2ª1.544,55 €26.282,50 €
Calcador1.420,44 €24.182,83 €
Reproductor planos1.371,75 €23.353,30 €
Jefe de laboratorio2.067,89 €35.248,43 €
Jefe de sección1.826,69 €31.109,67 €
Analista de 1ª1.642,02 €27.957,84 €
Analista de 2ª1.463,93 €24.929,38 €
Auxiliar · laboratorio1.420,44 €24.182,83 €
Jefe sección 1ª1.889,34 €32.183,36 €
Jefe sección 2ª1.856,58 €31.587,75 €
Técnico organiz. 1ª1.690,35 €28.762,09 €
Técnico organiz. 2ª1.544,55 €26.282,50 €
Auxiliar · organización1.477,35 €25.145,64 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo Personal obrero

  • Peón · nivel Grupo profesional 7
  • Especialista · nivel Grupo profesional 6
  • Mozo almacén · nivel Grupo profesional 7
  • Oficial 3ª · nivel Grupo profesional 6
  • Oficial 2ª · nivel Grupo profesional 5
  • Oficial 1ª · nivel Grupo profesional 5

Grupo Personal subalterno

  • Almacenero · nivel Grupo profesional 6
  • Chofer motocicleta · nivel Grupo profesional 6
  • Chofer turismo · nivel Grupo profesional 6
  • Chofer camión · nivel Grupo profesional 5
  • Vigilante · nivel Grupo profesional 7
  • Ordenanza
  • Enfermero · nivel Grupo profesional 6
  • Telefonista

Grupo Personal administrativo

  • Jefe de 1ª · nivel Grupo profesional 3
  • Jefe de 2ª · nivel Grupo profesional 3
  • Oficial de 1ª · nivel Grupo profesional 5
  • Oficial de 2ª · nivel Grupo profesional 5
  • Aux. Administrativo · nivel Grupo profesional 6
  • Viajante · nivel Grupo profesional 5

Grupo Personal técnico

  • Ingenieros, Arquitectos y Licenciados · nivel Grupo profesional 1
  • Peritos e Ingenieros Técnicos · nivel Grupo profesional 2
  • Ayudantes Ingenieros y Arquitectos · nivel Grupo profesional 3
  • Maestros Industriales · nivel Grupo profesional 3
  • Graduados sociales · nivel Grupo profesional 2
  • Practicantes · nivel Grupo profesional 2
  • Médicos · nivel Grupo profesional 1
  • Jefe de Taller · nivel Grupo profesional 3
  • Maestro de Taller · nivel Grupo profesional 3
  • Maestro de Taller 2ª · nivel Grupo profesional 3
  • Encargado · nivel Grupo profesional 4
  • Capataz especialista · nivel Grupo profesional 5
  • Capataz peones · nivel Grupo profesional 5
  • Delineante proyect.
  • Delineante 1ª · nivel Grupo profesional 4
  • Delineante 2ª · nivel Grupo profesional 5
  • Calcador
  • Reproductor planos
  • Jefe de laboratorio · nivel Grupo profesional 3
  • Jefe de sección · nivel Grupo profesional 3
  • Analista de 1ª · nivel Grupo profesional 3
  • Analista de 2ª · nivel Grupo profesional 6
  • Auxiliar · laboratorio · nivel Grupo profesional 6
  • Jefe sección 1ª · nivel Grupo profesional 3
  • Jefe sección 2ª · nivel Grupo profesional 3
  • Técnico organiz. 1ª · nivel Grupo profesional 4
  • Técnico organiz. 2ª · nivel Grupo profesional 4
  • Auxiliar · organización · nivel Grupo profesional 6

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus por trabajos tóxicos, penosos y peligrososExposición a riesgos penosos, tóxicos o peligrosos que persiste pese a las medidas de protección · art. 1020 % sobre el salario base
Plus de jefe de equipoProfesional de oficio que, con trabajo manual, controla a un grupo de 3 a 8 personas · art. 1120 % sobre el salario base
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 (más de 1 hora); con más de 4 horas nocturnas se cobra toda la jornada · art. 1230 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de cuarto y quinto turnoPersonal en régimen de cuarto o quinto turno, por las horas trabajadas en sábado, domingo o festivo · art. 2380 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de distanciaQuien tenga derecho según las órdenes de 10/2/1958 y 4/6/1958 (domicilio alejado del centro) · art. 19 y anexo II0,31 €
Quebranto de monedaPersonal que maneja dinero (cobros y pagos) · anexo II17,16 € al mes
Dieta completa (cuatro primeros días)Desplazamiento por cuenta de la empresa; días 1 a 4 · art. 20 y anexo II65,04 € por día
Dieta completa (desde el quinto día)Desplazamientos de más de cuatro días, desde el quinto · art. 20 y anexo II58,30 € por día
Media dietaDesplazamiento con una sola comida fuera · art. 20 y anexo II17,51 € por día
Kilometraje en vehículo propioDesplazamiento individual con el vehículo propio · art. 20 y anexo II0,42 €
Complemento de vinculación consolidadoSolo personal indefinido con antigüedad generada antes del 1/1/1997 (ya no se generan quinquenios) · art. 9Importe fijo personal: el porcentaje de los años completos de permanencia a 1/1/1997 aplicado al salario base de 1997

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. A petición de la persona trabajadora, descanso proporcional al precio que se habría pagado por la hora extra (art. 15). (art. 15)

Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (+3,5 % en 2025); 2026: (IPC real de 2025 (2,9 %) + 0,7 puntos, aplicado en las tablas 2026); 2027: (IPC real de 2026 + 0,7 puntos (si el IPC es negativo, 0,7)).

Revisión salarial: De 2026 a 2028 el salario base sube el IPC real del año anterior más 0,7 puntos (0,7 si el IPC es negativo); el plus convenio, el plus de distancia y las dietas suben lo mismo. (arts. 7, 8, 19 y 20).

Permisos pagados.

6 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 26.1.A15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento de hijo/aart. 26.1.B2Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 26.1.C5 (6 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijo/aart. 26.1.D8 (9 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de padres o hermanosart. 26.1.D3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de abuelos o nietosart. 26.1.D2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de familiares por afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos políticos)art. 26.1.E2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de tíos o sobrinosart. 26.1.D—Mejora el Estatuto
Matrimonio de padres, hijos o hermanosart. 26.1.F1Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 26.1.G1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público o personalart. 26.1.H—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médicaart. 26.1.K y L—Mejora el Estatuto
Exámenes oficialesart. 26.1.M—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Peones y especialistas: 15 días
  • Aprendices, profesionales siderúrgicos y de oficio: 1 mes
  • Administrativos: 1 mes
  • Técnicos no titulados: 1 mes
  • Técnicos titulados medios: 2 meses
  • Técnicos titulados superiores: 3 meses

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 11/5/2026 · La comisión paritaria adapta el ámbito funcional del convenio a la CNAE-2025.

Fuente: BOC (Boletín Oficial de Cantabria) de 16 de julio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2028; se considera denunciado automáticamente un mes antes de vencer (art. 5). Tablas 2026 (IPC 2025 + 0,7 = 3,6 %) publicadas en el BOC de 5/2/2026.

Convenio autonómico de Cantabria (comunidad uniprovincial) para la industria siderometalúrgica. Las empresas con convenio propio se rigen por el suyo.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Cantabria?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2028.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Cantabria en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 22.802,97 € brutos al año a jornada completa (Peón).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Cantabria?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Peones y especialistas: 15 días. Aprendices, profesionales siderúrgicos y de oficio: 1 mes. Administrativos: 1 mes. Técnicos no titulados: 1 mes. Técnicos titulados medios: 2 meses. Técnicos titulados superiores: 3 meses.

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