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Convenio colectivo de trabajo, de ámbito provincial, del sector siderometalúrgico de León (modificación parcial 2025-2027).

VigenteDescargar el convenioCódigo 24004405011979

Convenio de los años 2025 a 2027 (del 1/1/2025 al 31/12/2027).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.752horas
Vacaciones22días

laborables · art. 39

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
1 · Técnicos/as
Ingenieros/as2.420,88 €36.313,20 €
Licenciados/as2.420,88 €36.313,20 €
Arquitectos/as2.420,88 €36.313,20 €
Directores/as de Área2.420,88 €36.313,20 €
Directores/as de Servicio2.420,88 €36.313,20 €
Analistas de Sistemas (titulación superior)2.420,88 €36.313,20 €
2 · Técnicos/as
Ingenieros/as Técnicos/as (Peritos)1.630,69 €29.192,10 €
Arquitectos/as Técnicos/as (Aparej.)1.630,69 €29.192,10 €
Ayudante Ingeniero/a1.630,69 €29.192,10 €
Practicante/a - A.T.S./DUE1.630,69 €24.460,35 €
Analista Informática1.630,69 €24.460,35 €
Profesor/a Enseñanza Superior1.630,69 €24.460,35 €
Diplomado/a Graduado/a Social1.630,69 €24.460,35 €
3 · Técnicos/as
Jefe/a de Laboratorio1.390,55 €20.858,25 €
Jefe/a de Organización de 1ª1.390,55 €20.858,25 €
Jefe/a de Organización de 2ª1.390,55 €20.858,25 €
Jefe/a de Laboratorio de 2ª1.390,55 €20.858,25 €
Delineante Proyectista1.390,55 €20.858,25 €
Dibujante Proyectista1.390,55 €20.858,25 €
Analista Programador/a1.390,55 €20.858,25 €
3 · Empleados/as
Jefe/a de 1ª Administrativo/a1.390,55 €22.569,75 €
Jefe/a de 2ª Administrativo/a1.390,55 €21.019,05 €
3 · Operarios/as
Contramaestre1.390,55 €20.858,25 €
Jefe/a de Taller (form. cualificada)1.390,55 €22.569,75 €
Maestro/a Industrial1.390,55 €20.888,70 €
Maestro/a de Taller1.390,55 €20.858,25 €
Maestro/a de Taller de 2ª1.390,55 €20.858,25 €
4 · Empleados/as
Técnico/a Organización de 1ª1.354,53 €20.317,95 €
Delineante de 1ª1.354,53 €20.430,15 €
Analista de Laboratorio 1ª1.354,53 €20.317,95 €
Maestro/a de Enseñanza de 1ª1.354,53 €20.855,55 €
Cajero/a (de 250 a 1.000 trabajadores)1.354,53 €20.317,95 €
Práctico/a de Topografía1.354,53 €20.430,15 €
Fotógrafo/a de Vídeo1.354,53 €20.430,15 €
Técnico/a de Administración1.354,53 €20.317,95 €
Técnico/a de Laboratorio1.354,53 €20.317,95 €
Técnico/a Comercial1.354,53 €20.317,95 €
4 · Operarios/as
Encargado/a1.354,53 €20.317,95 €
5 · Operarios/as
Chófer de Camión1.336,76 €20.051,40 €
Chófer de Turismo1.336,76 €20.051,40 €
Encargado/a de Taller sin titulación1.336,76 €20.237,70 €
Profesionales de Oficio de 1ª1.336,76 €20.214,60 €
Profesionales de Oficio de 2ª1.336,76 €20.051,40 €
Jefe/a de Equipo1.336,76 €20.051,40 €
Capataz1.336,76 €20.051,40 €
5 · Empleados/as
Delineante de 2ª1.336,76 €20.051,40 €
Oficial Administrativo/a de 1ª1.336,76 €20.429,25 €
Oficial Administrativo/a de 2ª1.336,76 €20.051,40 €
Viajante1.336,76 €20.051,40 €
Analista de Laboratorio de 2ª1.336,76 €20.051,40 €
Archivero Bibliotecario1.336,76 €20.051,40 €
Técnico/a de Organización de 2ª1.336,76 €20.051,40 €
Maestro/a de Enseñanza1.336,76 €20.429,25 €
Programador/a Informático1.336,76 €20.051,40 €
Grabador/a1.336,76 €20.051,40 €
Cajero/a (hasta 250 trabajadores)1.336,76 €20.051,40 €
6 · Operarios/as
Conductor/a de Maquinaria1.288,04 €19.320,60 €
Especialista1.288,04 €19.320,60 €
Profesional de Oficio de 3ª1.288,04 €19.320,60 €
Mozo/a Especializado de Almacén1.288,04 €19.320,60 €
6 · Empleados/as
Almacenero/a1.288,04 €19.320,60 €
Auxiliares en general1.288,04 €19.320,60 €
Conserje1.288,04 €19.320,60 €
Cocinero/a1.288,04 €19.320,60 €
Camarero/a1.288,04 €19.320,60 €
Dependiente1.288,04 €19.320,60 €
Listero1.288,04 €19.320,60 €
Operador/a de Ordenador1.288,04 €19.320,60 €
Pesador/a-Basculero1.288,04 €19.320,60 €
Telefonista1.288,04 €19.320,60 €
Reproductor/a Fotográfico/a1.288,04 €19.320,60 €
Reproductor/a de Planos1.288,04 €19.320,60 €
Manipulador/a Informático/a1.288,04 €19.320,60 €
Calcador/a1.288,04 €19.320,60 €
Archivador/a1.288,04 €19.320,60 €
Bibliotecario/a1.288,04 €19.320,60 €
Cabo Guardas1.288,04 €19.616,85 €
7 · Operarios/as
Peón1.253,49 €18.802,35 €
7 · Empleados/as
Ordenanza1.253,49 €18.862,80 €
Portero/a1.253,49 €18.862,80 €

Ver las 84 categorías en la tabla 2026

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo 1 · Técnicos/as

  • Ingenieros/as
  • Licenciados/as
  • Arquitectos/as
  • Directores/as de Área
  • Directores/as de Servicio
  • Analistas de Sistemas (titulación superior)

Grupo 2 · Técnicos/as

  • Ingenieros/as Técnicos/as (Peritos)
  • Arquitectos/as Técnicos/as (Aparej.)
  • Ayudante Ingeniero/a
  • Practicante/a - A.T.S./DUE
  • Analista Informática
  • Profesor/a Enseñanza Superior
  • Diplomado/a Graduado/a Social

Grupo 3 · Técnicos/as

  • Jefe/a de Laboratorio
  • Jefe/a de Organización de 1ª
  • Jefe/a de Organización de 2ª
  • Jefe/a de Laboratorio de 2ª
  • Delineante Proyectista
  • Dibujante Proyectista
  • Analista Programador/a

Grupo 3 · Empleados/as

  • Jefe/a de 1ª Administrativo/a
  • Jefe/a de 2ª Administrativo/a

Grupo 3 · Operarios/as

  • Contramaestre
  • Jefe/a de Taller (form. cualificada)
  • Maestro/a Industrial
  • Maestro/a de Taller
  • Maestro/a de Taller de 2ª

Grupo 4 · Empleados/as

  • Técnico/a Organización de 1ª
  • Delineante de 1ª
  • Analista de Laboratorio 1ª
  • Maestro/a de Enseñanza de 1ª
  • Cajero/a (de 250 a 1.000 trabajadores)
  • Práctico/a de Topografía
  • Fotógrafo/a de Vídeo
  • Técnico/a de Administración
  • Técnico/a de Laboratorio
  • Técnico/a Comercial

Grupo 4 · Operarios/as

  • Encargado/a

Grupo 5 · Operarios/as

  • Chófer de Camión
  • Chófer de Turismo
  • Encargado/a de Taller sin titulación
  • Profesionales de Oficio de 1ª
  • Profesionales de Oficio de 2ª
  • Jefe/a de Equipo
  • Capataz

Grupo 5 · Empleados/as

  • Delineante de 2ª
  • Oficial Administrativo/a de 1ª
  • Oficial Administrativo/a de 2ª
  • Viajante
  • Analista de Laboratorio de 2ª
  • Archivero Bibliotecario
  • Técnico/a de Organización de 2ª
  • Maestro/a de Enseñanza
  • Programador/a Informático
  • Grabador/a
  • Cajero/a (hasta 250 trabajadores)

Grupo 6 · Operarios/as

  • Conductor/a de Maquinaria
  • Especialista
  • Profesional de Oficio de 3ª
  • Mozo/a Especializado de Almacén

Grupo 6 · Empleados/as

  • Almacenero/a
  • Auxiliares en general
  • Conserje
  • Cocinero/a
  • Camarero/a
  • Dependiente
  • Listero
  • Operador/a de Ordenador
  • Pesador/a-Basculero
  • Telefonista
  • Reproductor/a Fotográfico/a
  • Reproductor/a de Planos
  • Manipulador/a Informático/a
  • Calcador/a
  • Archivador/a
  • Bibliotecario/a
  • Cabo Guardas

Grupo 7 · Operarios/as

  • Peón

Grupo 7 · Empleados/as

  • Ordenanza
  • Portero/a
  • Guardia Jurado
  • Vigilante
  • Enfermero/a
  • Limpiador/a

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de asistencia (jornada de lunes a viernes)Por día efectivo de trabajo en empresas con jornada de lunes a viernes. · art. 2516,45 € por día
Plus de asistencia (jornada de lunes a sábado)Por día efectivo de trabajo en empresas con jornada de lunes a sábado. · art. 2513,80 € por día
Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza. · art. 3120 % sobre el salario base por hora
Plus de turnicidadTurnos rotatorios a jornada completa en cada turno, en proporción al tiempo trabajado a turnos. · art. 328 % sobre el salario base
Plus de toxicidad, penosidad o peligrosidadSolo si no está incluido en la valoración del puesto o en incentivos. La mitad si dura más de una hora sin pasar de media jornada; 25 % con dos circunstancias y 30 % con las tres. · art. 3020 % sobre el salario base
Plus de jefe/a de equipoProfesional de oficio que dirige a un grupo de 3 a 8 personas, salvo que el mando ya se valore en el puesto. Se mantiene tras un año seguido (o tres alternos) en la función. · art. 3320 % sobre el salario base
Plus compensatorio de formaciónSolo en empresas que no acrediten participar en una organización empresarial firmante ni en planes de formación sectoriales de CC. OO. o UGT. · art. 5736,23 € al mes
Plus de domingos y festivosPor domingo o festivo trabajado dentro de la jornada ordinaria en empresas que trabajan esos días; si la jornada ordinaria no los incluye, se pagan como horas extra. Se absorbe con pluses análogos (p. ej., 4.º turno). · art. 34 bisEl art. 34 bis (2025) fija 50 €; el art. 24 sube un 3,5 % los conceptos salariales en 2026, pero la tabla 2026 no publica su importe: sin importe para 2026.
Plus de guardiaPersonal designado para guardias (trabajo fuera de jornada en descanso o festivo): además del descanso equivalente, plus por hora efectiva de guardia. · art. 25 bisImporte fijado en 2021: 8 € por hora efectiva más una hora de descanso. No consta importe actualizado en el BOP.
Plus de reténPersonal en retén semanal rotativo, localizable y con una hora para acudir; además de las horas extra que se hagan. Da derecho a media dieta al día siguiente. · art. 25 bisImporte fijado en 2021: 11 € por día de retén. No consta importe actualizado en el BOP.
Plus «ad personam» (antigua antigüedad)Solo quien cobraba premio de antigüedad antes del convenio de 1997-1999. · art. 29Importe consolidado de la antigua antigüedad, congelado (no sube con el convenio); se cobra también en las pagas extra (art. 27).
Dieta completaViajes o desplazamientos por orden de la empresa a otra población; si no basta, «gastos a justificar». · art. 2869,19 € por día
Media dietaDesplazamiento con una comida fuera; también cada día de trabajo para el personal de obras sin lugar fijo, aunque sea en su municipio. · art. 2825,71 € por día
Kilometraje con vehículo propioDesplazamiento por orden de la empresa en vehículo propio. · art. 280,35 €

Horas extra: precio fijado por categoría, de 18,61 a 35,92 € la hora (art. 34 y anexo II). (art. 34 y anexo II)

Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (3,5 % en todos los conceptos salariales (tabla 2025 en el anexo II de la modificación).); 2026: 3,5 % (3,5 % sobre las tablas de 2025 (acta de 23/1/2026); no procede revisión de 2025 porque el IPC de 2025 cerró en el 2,9 %.); 2027: 3,5 % (3,5 % en todos los conceptos salariales.); 2027: (Si el IPC real de 2026 supera el 3,5 %, revisión en el exceso con efectos de 1/1/2027 (cláusula anual 2025-2027).).

Revisión salarial: Las subidas de 2025, 2026 y 2027 (3,5 % cada año) se revisan cada año en el exceso hasta el IPC real, con efectos de 1 de enero del año siguiente. (art. 24).

Permisos pagados.

6 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 40.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado (incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho) o conviviente que requiera cuidadoart. 40.1.c5 (6 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyugeart. 40.1.d4Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 40.1.b3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de parientes de 3.er grado de consanguinidad o afinidadart. 40.1.b3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de padres, hijos o hermanosart. 40.1.e1Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 40.1.g1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 40.1.hel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta de médico especialista de la Seguridad Social prescrita por el médico de cabecera (resto: hasta 16 horas al año, 8 para acompañar a hijos menores de 12 años y 8 a ascendientes de 1.er grado)art. 40.1.fel tiempo necesarioMejora el Estatuto
Imposibilidad de acceder al centro por restricciones de la autoridad o riesgo grave e inminenteart. 40.1.k4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Actos preparatorios de la donación de órganos o tejidosart. 40.1.lel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Personal técnico titulado: 6 meses
  • Personal técnico no titulado: 2 meses
  • Personal administrativo: 1 mes
  • Personal subalterno: 1 mes
  • Auxiliares administrativos, aprendices, profesionales siderúrgicos y de oficio: 15 días
  • Peones y especialistas: 15 días

Preaviso si te vas

  • Contratos de duración inferior a un año: 7 días
  • Contratos de duración superior a un año: 15 días

Novedades del convenio.

  • 27/2/2026 · Publicada la tabla salarial de 2026 (+3,5 %); la revisión por IPC de 2025 no procede (IPC 2,9 %).
  • 26/2/2026 · Publicada en el BOP de León la modificación parcial del convenio del metal para 2025-2027 (FELE y CC. OO.): subidas del 3,5 % anual, plus de domingos y festivos y nuevos permisos.

Fuente: BOP León de 26 de febrero de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Modificación parcial del convenio firmada el 21/11/2025 y publicada en el BOP de León el 26/2/2026: vigente desde su firma hasta el 31/12/2027, con efectos económicos desde el 1/1/2025 (art. 3). Al terminar se mantiene hasta la firma del siguiente (acuerdo de ultraactividad). Tabla 2026 (+3,5 %) publicada el 27/2/2026.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de León?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de León en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 18.802,35 € brutos al año a jornada completa (Peón).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de León?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico titulado: 6 meses. Personal técnico no titulado: 2 meses. Personal administrativo: 1 mes. Personal subalterno: 1 mes. Auxiliares administrativos, aprendices, profesionales siderúrgicos y de oficio: 15 días. Peones y especialistas: 15 días.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

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