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Convenio colectivo provincial para as industrias de siderometalúrxica de Lugo (2022-2025).

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 27000475011982

Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.768horas
Vacaciones22días

laborables · art. 31

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo 1 · Técnicos
Arquitecto/a1.108,17 €25.978,12 €
Inxeñeiro/a1.108,17 €25.978,12 €
Licenciado/a1.108,17 €25.978,12 €
Grupo 2 · Técnicos
Arquitecto/a Téc. (aparellador/a)1.102,08 €25.460,40 €
Inxeñeiro/a Téc. (Perito)1.102,08 €25.460,40 €
Grupo 3 · Operarios
Xefe/a taller1.073,70 €23.425,64 €
Grupo 3 · Empregados
Xefe/a Administ. 1ª1.073,70 €23.425,64 €
Grupo 3 · Operarios
Mestre/a Industrial1.068,40 €23.033,64 €
Mestre/a Taller 1ª1.068,40 €23.033,64 €
Mestre/a Taller 2ª1.068,40 €23.033,64 €
Grupo 3 · Empregados
Xefe/a Administ. 2ª1.068,40 €23.033,64 €
Grupo 4 · Operarios
Encargado/a1.068,40 €23.033,64 €
Grupo 4 · Empregados
Delineante 1ª1.053,21 €22.105,30 €
Grupo 5 · Operarios
Profes. Oficio 1ª1.069,04 €22.225,98 €
Grupo 5 · Empregados
Oficial Advo/a. 1ª1.069,04 €22.225,98 €
Viaxante1.069,04 €22.225,98 €
Grupo 5 · Operarios
Profes. Oficio 2ª1.045,03 €21.546,98 €
Chófer camión1.045,03 €21.546,98 €
Grupo 5 · Empregados
Delineante 2ª1.045,03 €21.546,98 €
Oficial Advo/a. 2ª1.045,03 €21.546,98 €
Grupo 6 · Operarios
Profes. Oficio 3ª1.046,16 €21.075,60 €
Especialista1.046,16 €21.075,60 €
Grupo 6 · Empregados
Conserxe1.046,16 €21.075,60 €
Almaceneiro/a1.046,16 €21.075,60 €
Mozo/a Esp. Almacén1.046,16 €21.075,60 €
Auxiliar Advo/a.1.046,16 €21.075,60 €
Auxiliar1.046,16 €21.075,60 €
Telefonista1.046,16 €21.075,60 €
Grupo 7 · Operarios
Peón1.039,44 €20.699,00 €
Grupo 7 · Empregados
Vixiante1.039,44 €20.699,00 €
Garda Xurado/a1.039,44 €20.699,00 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo 1 · Técnicos

  • Arquitecto/a
  • Inxeñeiro/a
  • Licenciado/a

Grupo 2 · Técnicos

  • Arquitecto/a Téc. (aparellador/a)
  • Inxeñeiro/a Téc. (Perito)

Grupo 3 · Operarios

  • Xefe/a taller · nivel A
  • Mestre/a Industrial · nivel B
  • Mestre/a Taller 1ª · nivel B
  • Mestre/a Taller 2ª · nivel B

Grupo 3 · Empregados

  • Xefe/a Administ. 1ª · nivel A
  • Xefe/a Administ. 2ª · nivel B

Grupo 4 · Operarios

  • Encargado/a · nivel A

Grupo 4 · Empregados

  • Delineante 1ª · nivel B

Grupo 5 · Operarios

  • Profes. Oficio 1ª · nivel A
  • Profes. Oficio 2ª · nivel B
  • Chófer camión · nivel B

Grupo 5 · Empregados

  • Oficial Advo/a. 1ª · nivel A
  • Viaxante · nivel A
  • Delineante 2ª · nivel B
  • Oficial Advo/a. 2ª · nivel B

Grupo 6 · Operarios

  • Profes. Oficio 3ª
  • Especialista

Grupo 6 · Empregados

  • Conserxe
  • Almaceneiro/a
  • Mozo/a Esp. Almacén
  • Auxiliar Advo/a.
  • Auxiliar
  • Telefonista

Grupo 7 · Operarios

  • Peón

Grupo 7 · Empregados

  • Vixiante
  • Garda Xurado/a

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento ex antigüedad (por año de servicio hasta el 31/12/1998)Solo personal con años de servicio en la empresa anteriores al 1/1/1999: cuentan únicamente los años hasta el 31/12/1998 · art. 48 y apartado B de la tablasegún categoría, de 10,82 a 11,70 €
Complemento de trabajo a turnos rotativos (mañana, tarde y noche)Paso de jornada ordinaria a turnos rotativos, o mantenimiento en empresa principal a turnos de mañana/tarde/noche · art. 5020 % sobre el salario base
Complemento de trabajo a turnos rotativos (mañana y tarde)Personal de mantenimiento o servicios industriales en una empresa principal a turnos rotativos de mañana/tarde · art. 50.210 % sobre el salario base
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00; de 1 a 4 horas nocturnas se paga por hora; más de 4, toda la jornada · art. 5120 % sobre el salario base
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (una circunstancia)Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con una circunstancia · art. 5220 % sobre el salario base
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (dos circunstancias)Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con dos circunstancias · art. 5225 % sobre el salario base
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (tres circunstancias)Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con tres circunstancias · art. 5230 % sobre el salario base
Plus de disponibilidadGuardia no presencial, retén o disponibilidad fuera de horario aceptada voluntariamente · art. 5320,00 € por día
Axuda de custo completa (dieta completa)Desplazamiento con derecho a dieta; o gastos a justificar, a elección de la empresa · art. 55.a52,69 € por día
Media axuda de custo (media dieta)Desplazamiento con derecho a media dieta · art. 55.a15,81 € por día
KilometrajeDesplazamiento por necesidades de la empresa con vehículo propio (no el trayecto al centro habitual) · art. 55.b0,26 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 40 % sobre la hora ordinaria (nocturnas +60 %). Por acuerdo, descanso equivalente con el recargo correspondiente en lugar de pagarlas (art. 29). (art. 29)

Subidas pactadas: 2025: 2,65 % (Subida del 2,65 % sobre las tablas revisadas de 2024, aplicada primero a integrar el plus de asistencia en la paga de diciembre); 2026: (Tablas de 2025 revisadas por el exceso del IPC real de 2025 sobre el 2,65 %, con vigencia desde el 1/1/2026 (el acta no dice el porcentaje)).

Revisión salarial: Para 2023, 2024 y 2025: si el IPC real estatal a 31 de diciembre supera la subida pactada (3,5 %, 2,65 % y 2,65 %), las tablas se revisan en el exceso y sirven de base para el año siguiente; solo hay atrasos desde el primer mes en que el IPC acumulado supera lo pactado. (art. 41).

Permisos pagados.

5 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 32.g15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijosart. 32.a7Mejora el Estatuto
Fallecimiento de padresart. 32.b4 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de abuelos, nietos, suegros, hijos políticos, hermanos o cuñadosart. 32.c2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de tíos carnalesart. 32.d1Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 32.e5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio de hijos o hermanosart. 32.f1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Cambio de domicilio habitualart. 32.j1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 32.l—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica de la persona trabajadora (especialista o médico de cabecera de la Seguridad Social)art. 32.i—Mejora el Estatuto
Exámenes prenatales y preparación al partoart. 32.h—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 32.k4Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados: 6 meses
  • Técnicos no titulados: 2 meses
  • Administrativos: 1 mes
  • Profesionales de oficio: 1 mes
  • Resto del personal: 15 días

Preaviso si te vas

  • Técnicos: 30 días
  • Empleados u operarios: 15 días

Fuente: BOP Lugo de 14 de julio de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025; denunciado automáticamente y prorrogado hasta que entre en vigor el siguiente (art. 4). Para 2026 rigen las tablas de 2025 revisadas por IPC (art. 41), publicadas en el BOP de Lugo de 14/3/2026.

En Lugo el comercio del metal tiene un convenio provincial propio (código 27000185011982); este es el de la industria siderometalúrgica.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Lugo?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Lugo en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.699,00 € brutos al año a jornada completa (Peón).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Lugo?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados: 6 meses. Técnicos no titulados: 2 meses. Administrativos: 1 mes. Profesionales de oficio: 1 mes. Resto del personal: 15 días.

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