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Tablas salariales de metal de Lugo 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 31 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +0,3 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 40 %. De noche, más un 60 %. Por acuerdo, descanso equivalente con el recargo correspondiente en lugar de pagarlas. (art. 29)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extraPluses
    Grupo 1 · Técnicos
    Arquitecto/a1.108,17 €25.978,12 €+0,2 %20,57 €Plus de asistencia: 644,12 €/mes; Plus de compensación: 103,29 €/mes
    Inxeñeiro/a1.108,17 €25.978,12 €+0,2 %20,57 €Plus de asistencia: 644,12 €/mes; Plus de compensación: 103,29 €/mes
    Licenciado/a1.108,17 €25.978,12 €+0,2 %20,57 €Plus de asistencia: 644,12 €/mes; Plus de compensación: 103,29 €/mes
    Grupo 2 · Técnicos
    Arquitecto/a Téc. (aparellador/a)1.102,08 €25.460,40 €+0,3 %20,16 €Plus de asistencia: 615,16 €/mes; Plus de compensación: 101,36 €/mes
    Inxeñeiro/a Téc. (Perito)1.102,08 €25.460,40 €+0,3 %20,16 €Plus de asistencia: 615,16 €/mes; Plus de compensación: 101,36 €/mes
    Grupo 3 · Operarios
    Xefe/a taller1.073,70 €23.425,64 €+0,3 %18,55 €Plus de asistencia: 505,73 €/mes; Plus de compensación: 93,83 €/mes
    Mestre/a Industrial1.068,40 €23.033,64 €+0,2 %18,24 €Plus de asistencia: 484,53 €/mes; Plus de compensación: 92,33 €/mes
    Mestre/a Taller 1ª1.068,40 €23.033,64 €+0,2 %18,24 €Plus de asistencia: 484,53 €/mes; Plus de compensación: 92,33 €/mes
    Mestre/a Taller 2ª1.068,40 €23.033,64 €+0,2 %18,24 €Plus de asistencia: 484,53 €/mes; Plus de compensación: 92,33 €/mes
    Grupo 3 · Empregados
    Xefe/a Administ. 1ª1.073,70 €23.425,64 €+0,3 %18,55 €Plus de asistencia: 505,73 €/mes; Plus de compensación: 93,83 €/mes
    Xefe/a Administ. 2ª1.068,40 €23.033,64 €+0,2 %18,24 €Plus de asistencia: 484,53 €/mes; Plus de compensación: 92,33 €/mes
    Grupo 4 · Operarios
    Encargado/a1.068,40 €23.033,64 €+0,2 %18,24 €Plus de asistencia: 484,53 €/mes; Plus de compensación: 92,33 €/mes
    Grupo 4 · Empregados
    Delineante 1ª1.053,21 €22.105,30 €+0,3 %17,50 €Plus de asistencia: 436,87 €/mes; Plus de compensación: 88,87 €/mes
    Grupo 5 · Operarios
    Profes. Oficio 1ª1.069,04 €22.225,98 €+0,3 %17,60 €Plus de asistencia: 430,30 €/mes; Plus de compensación: 88,23 €/mes
    Profes. Oficio 2ª1.045,03 €21.546,98 €+0,3 %17,06 €Plus de asistencia: 407,23 €/mes; Plus de compensación: 86,81 €/mes
    Chófer camión1.045,03 €21.546,98 €+0,3 %17,06 €Plus de asistencia: 407,23 €/mes; Plus de compensación: 86,81 €/mes
    Grupo 5 · Empregados
    Oficial Advo/a. 1ª1.069,04 €22.225,98 €+0,3 %17,60 €Plus de asistencia: 430,30 €/mes; Plus de compensación: 88,23 €/mes
    Viaxante1.069,04 €22.225,98 €+0,3 %17,60 €Plus de asistencia: 430,30 €/mes; Plus de compensación: 88,23 €/mes
    Delineante 2ª1.045,03 €21.546,98 €+0,3 %17,06 €Plus de asistencia: 407,23 €/mes; Plus de compensación: 86,81 €/mes
    Oficial Advo/a. 2ª1.045,03 €21.546,98 €+0,3 %17,06 €Plus de asistencia: 407,23 €/mes; Plus de compensación: 86,81 €/mes
    Grupo 6 · Operarios
    Profes. Oficio 3ª1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Especialista1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Grupo 6 · Empregados
    Conserxe1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Almaceneiro/a1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Mozo/a Esp. Almacén1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Auxiliar Advo/a.1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Auxiliar1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Telefonista1.046,16 €21.075,60 €+0,3 %16,69 €Plus de asistencia: 374,19 €/mes; Plus de compensación: 85,05 €/mes
    Grupo 7 · Operarios
    Peón1.039,44 €20.699,00 €+0,2 %16,39 €Plus de asistencia: 355,36 €/mes; Plus de compensación: 83,70 €/mes
    Grupo 7 · Empregados
    Vixiante1.039,44 €20.699,00 €+0,2 %16,39 €Plus de asistencia: 355,36 €/mes; Plus de compensación: 83,70 €/mes
    Garda Xurado/a1.039,44 €20.699,00 €+0,2 %16,39 €Plus de asistencia: 355,36 €/mes; Plus de compensación: 83,70 €/mes

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.768 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. «Táboas revisadas 2025» con vigencia desde el 1/1/2026 (acta de 12/2/2026, BOP Lugo n.º 60 de 14/3/2026): tablas de 2025 revisadas por la cláusula de IPC del art. 41, aplicables en 2026 mientras se negocia el nuevo convenio. No hay subida pactada para 2026. salario anual = «Total anual» literal de la tabla.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento ex antigüedad (por año de servicio hasta el 31/12/1998)

      Importe mensual del grupo × número de años de servicio hasta el 31/12/1998

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal con años de servicio en la empresa anteriores al 1/1/1999: cuentan únicamente los años hasta el 31/12/1998.

      Cotiza y tributa como salario. art. 48 y apartado B de la tabla

      Complemento ad personam: la antigüedad se suprimió el 31/12/1998. No genera nuevos periodos. Entra en las pagas extra (art. 54).

    • Complemento de trabajo a turnos rotativos (mañana, tarde y noche)

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Paso de jornada ordinaria a turnos rotativos, o mantenimiento en empresa principal a turnos de mañana/tarde/noche.

      Cotiza y tributa como salario. art. 50

      No consolidable; ligado a la alternancia efectiva de turnos.

    • Complemento de trabajo a turnos rotativos (mañana y tarde)

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Personal de mantenimiento o servicios industriales en una empresa principal a turnos rotativos de mañana/tarde.

      Cotiza y tributa como salario. art. 50.2

    • Plus de nocturnidad

      20 % sobre el salario base por las horas nocturnas (o por toda la jornada si pasan de 4)

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00; de 1 a 4 horas nocturnas se paga por hora; más de 4, toda la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 51

      No se cobra si el salario se fijó por ser nocturno por naturaleza o si se compensa con descansos.

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (una circunstancia)

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con una circunstancia.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

      Se reduce a la mitad si se hace más de 60 minutos sin pasar de media jornada.

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (dos circunstancias)

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con dos circunstancias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos (tres circunstancias)

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo declarado excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso con tres circunstancias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

    • Plus de disponibilidad

      20,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Guardia no presencial, retén o disponibilidad fuera de horario aceptada voluntariamente.

      Cotiza y tributa como salario. art. 53

      20 €/día desde el mes siguiente a la publicación del convenio (18 € antes). Si hay que trabajar, se paga como hora extra o descanso de 1,5 h por hora (2 h en fin de semana o festivo).

    • Axuda de custo completa (dieta completa)

      52,69 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con derecho a dieta; o gastos a justificar, a elección de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta dentro de los límites exentos (art. 147.2 LGSS). art. 55.a

      Importe de 2025: el acta de 2026 no actualiza las dietas.

    • Media axuda de custo (media dieta)

      15,81 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con derecho a media dieta.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta dentro de los límites exentos (art. 147.2 LGSS). art. 55.a

      Importe de 2025: el acta de 2026 no actualiza las dietas.

    • Kilometraje

      0,26 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidades de la empresa con vehículo propio (no el trayecto al centro habitual).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dentro del límite exento (art. 147.2 LGSS). art. 55.b

      Actualizado a 0,26 €/km (límite exento del IRPF) por el acta publicada en el BOP de 5/2/2024; se revisa solo si cambia ese límite.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Lugo · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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