Convenio Colectivo autonómico para la industria siderometalúrgica de la Comunidad Foral de Navarra para los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Convenio de los años 2022 a 2026 (del 1/1/2022 al 31/12/2026).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| 1 | ||
| Grupo profesional 1 | — | 31.750,36 € |
| 2 | ||
| Grupo profesional 2 | — | 30.892,29 € |
| 3 | ||
| Grupo profesional 3 | — | 30.034,25 € |
| 4 | ||
| Grupo profesional 4 | — | 29.053,55 € |
| 5 | ||
| Grupo profesional 5 | — | 28.195,04 € |
| 6 | ||
| Grupo profesional 6 | — | 27.460,03 € |
| 7 | ||
| Grupo profesional 7 | — | 26.111,60 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo 1
- Grupo profesional 1
Grupo 2
- Grupo profesional 2
Grupo 3
- Grupo profesional 3
Grupo 4
- Grupo profesional 4
Grupo 5
- Grupo profesional 5
Grupo 6
- Grupo profesional 6
Grupo 7
- Grupo profesional 7
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (trienios)Toda la plantilla; cada trienio se devenga el día en que se cumple · art. 46 y acta de revisión salarial | Importe ANUAL mínimo según los trienios cumplidos (tabla acumulada): 1.º 177,53 €; 2.º 355,09 €; 3.º 621,34 €; 4.º 798,73 €; 5.º 887,24 €; 6.º 1.154,41 €; 7.º 1.242,64 €; 8.º 1.331,42 €; cada trienio sucesivo, 90,99 € más. Se paga en 14 pagas iguales |
| Plus de carencia de incentivosSolo quien ya lo cobraba aparte del salario garantizado a la firma del convenio (no contratos formativos); para el resto está incluido en el salario garantizado · art. 42 y punto 8 del acta de revisión 2026 | 111,96 € al mes |
| Pluses de toxicidad, penosidad y peligrosidadPor día de trabajo excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso; la mitad si dura más de 60 minutos sin pasar de media jornada · art. 47 | Empresas existentes: su importe medio del año anterior + 2 %. Empresas de nueva creación: salario garantizado × 0,0381 / 100 por día; +25 % si concurren dos circunstancias y +50 % si concurren las tres |
| Plus de centros sanitariosTrabajos en centros sanitarios con exposición a radiaciones ionizantes, sustancias tóxicas o cancerígenas, químicos de alto riesgo o agentes biológicos de los grupos 3 y 4 · art. 47 bis | Salario garantizado × 0,0381 / 100 por día trabajado; la mitad si dura más de 60 minutos sin pasar de media jornada |
| Plus de nocturnidadTrabajo nocturno · art. 48 | Empresas existentes: su importe medio del año anterior + 2 %. Empresas de nueva creación: salario garantizado × 0,0476 / 100 por día |
| Dieta completa (desplazamientos de 3 días o más)Desplazamiento por cuenta de la empresa a otra población; además se pagan los gastos de transporte · arts. 22 y 49 | 49,22 € por día |
| Dieta completa (desplazamientos de menos de 3 días)Desplazamiento de duración inferior a tres días · arts. 22 y 49 | 59,97 € por día |
| Media dietaDía de llegada pernoctando en casa o cuando solo se come fuera al mediodía · arts. 22 y 49 | 28,51 € por día |
| Paga no consolidable de marzo de 2026Toda la plantilla de alta en la fecha de pago; importe completo si se estuvo de alta a jornada completa del 1/1/2024 al 31/12/2025, proporcional si no · art. 41.C | 400,00 € |
Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET). Se recomienda compensarlas preferentemente con descanso (art. 36) (arts. 36 y 45). (arts. 36 y 45)
Subidas pactadas: 2025: 1,94 % (Actualización previa del 1,94 % de la tabla de salario garantizado (IPC 2021-2023 del 16,06 % frente al 14,12 % aplicado), sin atrasos; solo para la tabla, no para salarios reales ni pluses); 2025: 2 % (+2 % al salario garantizado (sobre la tabla actualizada) y a los salarios reales; también antigüedad, carencia de incentivos, horas extra, pluses y dietas); 2026: 2 % (+2 % al salario garantizado y a los salarios reales; también antigüedad, carencia de incentivos, horas extra, pluses y dietas).
Revisión salarial: En enero de 2027 se actualizará la tabla de salario garantizado si el IPC estatal de 2024 y 2025 supera el 4,04 % (lo aplicado en 2025 y 2026), sin atrasos y como punto de partida de 2027. Paga no consolidable de 400 € en marzo de 2024 y en marzo de 2026. (art. 41.C y 41.F).
Permisos pagados.
8 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 38.1 | 18 (20 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge o pareja estableart. 38.2 | 7 (9 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Enfermedad no grave del cónyuge con ingreso en clínicaart. 38.3 | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Enfermedad grave o intervención con hospitalización del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 38.4 | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 38.5 | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Fallecimiento de padres, hijos o hermanosart. 38.6 | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de abuelos, nietos, hijos, hermanos, padres y abuelos políticosart. 38.7 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hermanos, padres, hijos, tíos, primos y sobrinos carnales y hermanos políticosart. 38.8 | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 38.11 | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar)art. 38.9 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta médica propiaart. 38.12 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento a cónyuge o familiar de 1.er grado en tratamiento oncológicoart. 38.13 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento médico de hijos menores de 14 añosart. 38.14 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañamiento a pruebas con anestesia o sedación de cónyuge o familiar de 1.er gradoart. 38.15 | — | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupos 1 y 2: 6 meses
- Grupo 3: 2 meses
- Grupos 4 y 5: 30 días
- Grupos 6 y 7: 15 días
Preaviso si te vas
- Grupos 1 y 2: 2 meses
- Grupo 3: 1 mes
- Grupos 4, 5, 6 y 7: 15 días
Novedades del convenio.
- 14/7/2026 · Publicada la modificación parcial del convenio: compensación y absorción (art. 40), contrato por circunstancias de la producción de hasta 12 meses con acuerdo (art. 50.C) y protocolo LGTBI.
Fuente: BON (Boletín Oficial de Navarra) de 14 de febrero de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2026; las partes lo dan por denunciado con efectos de esa fecha y su contenido normativo sigue en ultraactividad hasta el nuevo convenio (art. 5). Revisión salarial 2026 publicada en el BON de 12/2/2026; modificación parcial (arts. 40 y 50 y protocolo LGTBI) en el BON de 14/7/2026.
Convenio autonómico de Navarra (comunidad uniprovincial). El comercio del metal tiene convenio propio en Navarra. Los salarios son garantías anuales por grupo: la nómina de cada empresa puede repartirlos en otros conceptos.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Navarra?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Navarra en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 26.111,60 € brutos al año a jornada completa (Grupo profesional 7).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Navarra?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos 1 y 2: 6 meses. Grupo 3: 2 meses. Grupos 4 y 5: 30 días. Grupos 6 y 7: 15 días.
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