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Convenio colectivo del sector de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia 2024-2026.

VigenteDescargar el convenioCódigo 46000805011981

Convenio de los años 2024 a 2026 (del 1/1/2024 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.750horas
Vacaciones30días

naturales · art. 36

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I
Titulado Superior y Director1.781,58 €25.870,72 €
Grupo II
Titulado Medio o Diplomado1.583,66 €23.099,91 €
Traductor tit. e intérprete jurado1.583,66 €23.099,91 €
Grupo III
Jefe Superior1.513,05 €22.111,38 €
Jefe delineante1.513,05 €22.111,38 €
Jefe de Proyecto1.513,05 €22.111,38 €
Analista1.513,05 €22.111,38 €
Grupo IV
Jefe de Oficina1.451,28 €21.246,63 €
Delineante proyectista1.451,28 €21.246,63 €
Contable1.451,28 €21.246,63 €
Programador ordenador1.451,28 €21.246,63 €
Traductor no titulado1.451,28 €21.246,63 €
Grupo V
Oficial 1ª Administrativo1.272,02 €18.736,95 €
Delineante1.272,02 €18.736,95 €
Operador1.272,02 €18.736,95 €
Encargado1.272,02 €18.736,95 €
Grupo VI
Oficial 2ª Administrativo1.207,23 €17.829,89 €
Comercial1.207,23 €17.829,89 €
Azafata1.207,23 €17.829,89 €
Grupo VII
Conductor1.177,41 €17.412,37 €
Grabador1.177,41 €17.412,37 €
Auxiliar Administrativo1.177,41 €17.412,37 €
Grupo VIII
Almacenero1.160,43 €17.174,69 €
Conserje1.160,43 €17.174,69 €
Ordenanza tramitador1.160,43 €17.174,69 €
Telefonista1.160,43 €17.174,69 €
Limpieza1.160,43 €17.174,69 €
Peones1.160,43 €17.174,69 €
Mozos1.160,43 €17.174,69 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

  • Titulado Superior y Director

Grupo II

  • Titulado Medio o Diplomado
  • Traductor tit. e intérprete jurado

Grupo III

  • Jefe Superior
  • Jefe delineante
  • Jefe de Proyecto
  • Analista

Grupo IV

  • Jefe de Oficina
  • Delineante proyectista
  • Contable
  • Programador ordenador
  • Traductor no titulado

Grupo V

  • Oficial 1ª Administrativo
  • Delineante
  • Operador
  • Encargado

Grupo VI

  • Oficial 2ª Administrativo
  • Comercial
  • Azafata

Grupo VII

  • Conductor
  • Grabador
  • Auxiliar Administrativo

Grupo VIII

  • Almacenero
  • Conserje
  • Ordenanza tramitador
  • Telefonista
  • Limpieza
  • Peones
  • Mozos

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento de antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien ya lo cobraba: la antigüedad quedó suprimida y congelada el 1/1/1998 · art. 42Importe personal congelado que figura en nómina como «complemento de antigüedad consolidada»; no genera nuevos periodos
Plus de trabajo en domingos y festivosQuien trabaja de lunes a sábado y además trabaja un domingo o festivo; por cada domingo o festivo trabajado. No elimina el derecho al descanso semanal · art. 40 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)53,25 € por día
Quebranto de monedaEmpresas cuya actividad principal es la recaudación y personas que hacen funciones de cobro, en efectivo o con tarjeta · art. 41 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)59,00 € al mes en 11 pagas
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00; si el turno solo cae en parte en ese horario, la parte proporcional · art. 4430 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de idiomasQuien necesita habitualmente en su trabajo un idioma además de los oficiales de la Comunitat Valenciana · art. 45 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)10 % sobre el salario base
Plus de comida (solo consolidado)Ya no se paga a nadie nuevo desde la publicación del convenio (BOP 10/7/2025). Solo lo mantiene quien ya lo cobraba, mientras siga en jornada partida por necesidades de la empresa con pausa de comida de una hora o menos · art. 46 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)11,36 €
Dieta por día completo sin pernoctarDesplazamiento por necesidades del servicio fuera de la localidad del centro de trabajo; además se pagan los gastos de locomoción · art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)20,14 € por día
Media dietaDesplazamientos por necesidades del servicio (importe de la tabla) · art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)9,30 € por día
KilómetroDesplazamientos por necesidades del servicio con vehículo propio · art. 48 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)0,26 €
Plus de trabajo a distanciaQuien trabaja total o parcialmente a distancia; se paga en proporción al porcentaje de jornada pactado en teletrabajo · art. 14 y anexo de tablas salariales definitivas 2024-2026 (pág. 86)40,00 € al mes en 11 pagas

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %, nocturnas +100 %). 1 hora de descanso por hora extra (2 horas si es en domingo, festivo o entre las 22:00 y las 6:00), dentro de los 4 meses siguientes (art. 47). (art. 47)

Subidas pactadas: 2025: 2 % (Subida del salario base de los grupos I y II en 2025); 2025: 2,5 % (Subida del salario base de el grupo III en 2025); 2025: 3,5 % (Subida del salario base de los grupos IV, V y VI en 2025); 2025: 3,65 % (Subida del salario base de el grupo VII en 2025); 2025: 4,15 % (Subida del salario base de el grupo VIII en 2025); 2026: 2 % (Subida del salario base de los grupos I y II en 2026); 2026: 2,5 % (Subida del salario base de el grupo III en 2026); 2026: 3,5 % (Subida del salario base de los grupos IV, V, VI, VII y VIII en 2026); 2025: 3 % (Plus convenio, plus de domingos y festivos, quebranto de moneda y plus de comida suben un 3 % en 2025); 2026: 3 % (Plus convenio, plus de domingos y festivos, quebranto de moneda y plus de comida suben un 3 % en 2026); 2027: 1 % (Si nadie denuncia el convenio dos meses antes del 31/12/2026, se prorroga de año en año con un 1 % de subida anual en las tablas hasta que se firme el nuevo).

Revisión salarial: No hay revisión por IPC: el art. 39 solo fija las tablas de 2024, 2025 y 2026 y obliga a pagar los atrasos en los dos meses siguientes a la publicación. En prórroga tácita (sin denuncia), las tablas suben un 1 % al año hasta el nuevo convenio (art. 5). (arts. 5 y 39).

Permisos pagados.

9 de los 15 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 31.A.115Igual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio de familiares de 1.er y 2.º grado (el día de la boda)art. 31.A.21Mejora el Estatuto
Divorcioart. 31.A.31Mejora el Estatuto
Fallecimiento de familiares de 1.er gradoart. 31.A.45 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de familiares de 2.º gradoart. 31.A.53 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado, cónyuge o convivienteart. 31.A.65Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento de hijo (solo sin carencia para la prestación)art. 31.A.73 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado de domicilioart. 31.A.92Mejora el Estatuto
Médico especialista de la Seguridad Socialart. 31.A.10—Mejora el Estatuto
Interrupción voluntaria del embarazo (sin baja médica), propia o del cónyugeart. 31.A.121Mejora el Estatuto
Deber de carácter públicoart. 31.A.13—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción, guarda o acogimientoart. 31.A.11—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes): horas retribuidas equivalentes a cuatro días al añoart. 31.A.174Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propios (retribuidos y no recuperables; pedir con 10 días de antelación)art. 31.A.182Mejora el Estatuto
Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de las autoridades o riesgo grave e inminente; se prolonga mientras duren las circunstanciasart. 31.A.194Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Grupo II: 5 meses
  • Grupo III: 3 meses
  • Grupo IV: 2 meses
  • Grupos V y VI: 1 mes
  • Grupos VII y VIII: 15 días

Preaviso si te vas

  • Grupos I y II: 60 días
  • Grupos III, IV, V y VI: 30 días
  • Grupos VII y VIII: 15 días

Novedades del convenio.

  • 17/12/2025 · Publicado el acuerdo de 17/11/2025 que corrige el art. 4 (vigencia): entra en vigor a la firma, con efectos económicos de 1/1/2024 a 31/12/2026.

Fuente: BOP Valencia de 10 de julio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Efectos económicos del 1/1/2024 al 31/12/2026 (art. 4, corregido por acuerdo publicado en el BOP de 17/12/2025). Si no se denuncia 2 meses antes, se prorroga de año en año con +1 % en tablas (art. 5).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de oficinas y despachos de Valencia?

Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de oficinas y despachos de Valencia en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 17.174,69 € brutos al año a jornada completa (Almacenero).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de oficinas y despachos de Valencia?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Grupo II: 5 meses. Grupo III: 3 meses. Grupo IV: 2 meses. Grupos V y VI: 1 mes. Grupos VII y VIII: 15 días.

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