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Convenio colectivo de supermercados, autoservicios y detallistas de alimentación en general de la provincia de Alicante (2024-2028)

Tablas salariales de supermercados y alimentación de Alicante 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 9 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. Preferentemente en descanso incrementado un 50 %, dentro de los 4 meses siguientes. (art. 14)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo IX
    GRUPO IX1.289,48 €20.656,16 €+3,0 %17,21 €
    Grupo VIII
    GRUPO VIII1.254,17 €20.126,70 €+3,0 %16,77 €
    Grupo VII
    GRUPO VII1.098,85 €17.796,79 €+3,0 %14,83 €
    Grupo VI
    GRUPO VI1.085,28 €17.593,23 €+3,0 %14,66 €
    Grupo V
    GRUPO V1.070,61 €17.373,28 €+5,0 %14,48 €
    Grupo IV
    GRUPO IV1.065,61 €17.298,28 €+4,5 %14,42 €
    Grupo III
    GRUPO III1.060,61 €17.223,28 €+4,0 %14,35 €
    Grupo II
    GRUPO II1.055,61 €17.148,28 €+3,5 %14,29 €
    Grupo I
    GRUPO I1.050,61 €17.073,28 € SMI+3,0 %14,23 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo 2 «TABLAS SALARIALES», año 2026. Plus de asistencia mensual de 92,12 € (12 meses), proporcional a la jornada con un mínimo del 50 %.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad (después de las 22:00)

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Tiempo que excede de las 22:00 cuando la jornada se prolonga por necesidades del centro, incluidas las tareas de cierre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

    • Trabajo en domingos y festivos

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingo o festivo (siempre voluntarias).

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

    • Promoción económica (antigua antigüedad)

      Cantidad consolidada y no absorbible que ya se venía cobrando; no genera nuevos tramos

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía contrato indefinido a 31/12/1994 y cobraba antigüedad (5 % del salario base por quinquenio).

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Para el resto de la plantilla el convenio no tiene complemento de antigüedad. Se cobra también en las pagas extra (art. 24).

    • Kilometraje por desplazamiento a otro centro

      0,19 € por km

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento temporal a otro centro fuera de la localidad, a más de 10 km del de origen, si alarga el trayecto desde casa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 20

      Compatible con el plus de asistencia.

    • Dieta de comida en desplazamiento con jornada partida

      7,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a otro centro que obliga a comer fuera por la jornada partida.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 20

      7 € por día efectivo de trabajo.

    • Premio de permanencia (25 años)

      Una mensualidad de salario base más promoción económica, en el mes siguiente

      Quién lo cobra: Al cumplir 25 años ininterrumpidos en la empresa, una sola vez.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

    • Gratificación de fiestas patronales

      208,44 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    • Plus de asistencia

      92,12 € al mes, en 12 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Alicante · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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