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Tablas salariales de comercio del metal de Palencia 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Se recomienda compensar las estructurales con descanso equivalente, por pacto de empresa. (art. 11)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I · Personal titulado
    Graduado Superior1.577,62 €23.664,30 €113,21 €
    Graduado medio1.539,75 €23.096,21 €212,89 €
    Grupo II · Personal mercantil
    Jefe de Compras1.451,42 €21.771,33 €312,15 €
    Jefe de Ventas1.451,42 €21.771,33 €412,15 €
    Jefe de Personal1.451,42 €21.771,33 €512,15 €
    Jefe de Sucursal1.438,46 €21.576,85 €612,04 €
    Jefe de Sección1.388,29 €20.824,40 €711,62 €
    Viajante a comisión1.105,07 €16.576,05 €89,25 €
    Viajante sin comision1.428,78 €21.431,67 €911,96 €
    Dependiente mayor1.438,46 €21.576,85 €1012,04 €
    Dependiente de primera1.262,73 €18.941,10 €1110,57 €
    Dependiente de segunda1.166,86 €17.502,91 €129,77 €
    Dependiente de tercera1.105,07 €16.576,05 €139,25 €
    Grupo III · Personal administrativo y de caja
    Jefe Administrativo1.451,42 €21.771,33 €1412,15 €
    Oficial Administrativo1.262,73 €18.941,01 €1510,57 €
    Administrativo1.190,58 €17.858,64 €169,97 €
    Auxiliar Administrativo1.105,07 €16.576,05 €179,25 €
    Contable/cajero1.410,23 €21.153,45 €1811,80 €
    Cajero1.190,58 €17.858,64 €199,97 €
    Auxiliar de caja1.105,07 €16.576,05 €209,25 €
    Grupo IV · Personal de oficios auxiliares
    Profesional de Oficio de 1ª1.263,48 €18.952,20 €2110,58 €
    Profesional de oficio de 2ª1.190,58 €17.858,64 €229,97 €
    Profesional de oficio de 3ª1.135,86 €17.037,93 €239,51 €
    Mozo Especializado1.135,86 €17.037,93 €249,51 €
    Mozo1.105,07 €16.576,05 €259,25 €
    Grupo V
    Pinches,aprendices,aspirantes1.105,07 €16.576,05 €269,25 €

    1. Graduado Superior: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    2. Graduado medio: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    3. Jefe de Compras: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    4. Jefe de Ventas: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    5. Jefe de Personal: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    6. Jefe de Sucursal: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    7. Jefe de Sección: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    8. Viajante a comisión: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    9. Viajante sin comision: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    10. Dependiente mayor: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    11. Dependiente de primera: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    12. Dependiente de segunda: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    13. Dependiente de tercera: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    14. Jefe Administrativo: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    15. Oficial Administrativo: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    16. Administrativo: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    17. Auxiliar Administrativo: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    18. Contable/cajero: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    19. Cajero: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    20. Auxiliar de caja: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    21. Profesional de Oficio de 1ª: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    22. Profesional de oficio de 2ª: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    23. Profesional de oficio de 3ª: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    24. Mozo Especializado: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    25. Mozo: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    26. Pinches,aprendices,aspirantes: Importes transcritos de la imagen de la tabla 2025 (BOP 53/2026, pág. 20); comprobados por dos vías (mes × 15 ≈ año y × 1,03 = tabla 2026).

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla salarial 2025 del anexo del convenio (BOP de Palencia n.º 53, 4/5/2026, pág. 20), publicada como imagen: transcrita en BOP-Palencia-53-2026-05-04_tabla-2025_TRANSCRIPCION.csv. El «salario/año» es el de la tabla (15 pagas).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Apertura en domingo (3 domingos al año)

      11,00 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Hasta 3 domingos al año fijados por la comisión paritaria; además, descanso equivalente al tiempo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      Importe del texto del convenio 2025-2026 (sin año expreso); El convenio fija este importe sin año y dice que sube cada año lo mismo que el salario base; no hay importe 2026 publicado.

    • Domingos y festivos en centros comerciales (aperturas por encima de 3)

      11,94 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Tiendas en centros comerciales que abren más de los 3 domingos/festivos generales; además, un día de descanso por cada domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      El convenio fija este importe sin año y dice que sube cada año lo mismo que el salario base; no hay importe 2026 publicado.

    • Tardes de Ferias y Fiestas en centros comerciales

      11,65 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Tiendas en centros comerciales que abren las tardes de la semana de Ferias; además, una tarde de descanso por cada tarde trabajada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      El convenio fija este importe sin año y dice que sube cada año lo mismo que el salario base; no hay importe 2026 publicado.

    • Horas de inventario fuera de jornada

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Quién lo cobra: Horas de inventario hechas fuera de la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      El convenio dice «superior al salario base de la hora ordinaria en un 25 %».

    • Plus compensatorio de formación

      25,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo si la empresa no acredita (certificado con visado de la comisión paritaria) su participación en planes de formación del sector.

      Cotiza y tributa como salario. art. 38

      «25 euros mensuales», de naturaleza salarial.

    • Dieta por desplazamiento de media jornada (gastos no justificables)

      2,27 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual, además de los gastos justificados.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS art. 25

    • Dieta por desplazamiento de jornada completa (gastos no justificables)

      3,40 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual, además de los gastos justificados.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS art. 25

    • Ayuda escolar

      28,11 € por hijo y año, en octubre

      Quién lo cobra: Por cada hijo en edad escolar (infantil, primaria, secundaria o FP); se cobra en octubre.

      Las ayudas de estudios cotizan salvo las exenciones del art. 147.2 LGSS; el convenio no lo aclara. art. 26 y tabla salarial

    • Complemento personal de antigüedad consolidada (C.P.D.A.C.)

      Importe individual consolidado; sube cada año el porcentaje del salario

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad consolidada a 31/12/1998; importe individual, no absorbible.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Entra en las pagas extra y en la de beneficios (arts. 23 y 24).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Palencia · tabla salarial 2025. Actualizado el 15 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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