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Tablas salariales de comercio textil de Barcelona 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 39 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +1,6 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Pueden compensarse con tiempo equivalente de descanso retribuido en los 4 meses siguientes; cada empresa elige entre pagar o compensar. (art. 48)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I · Área comercial
    Jefe de personal1.824,35 €27.365,25 €*15,47 €
    Jefe de venta1.824,35 €27.365,25 €*15,47 €
    Jefe de compras1.824,35 €27.365,25 €*15,47 €
    Encargado general1.824,35 €27.365,25 €*15,47 €
    Jefe de almacén1.651,59 €24.773,85 €*14,00 €
    Jefe de sección1.651,59 €24.773,85 €*14,00 €
    Encargado de establecimiento1.651,59 €24.773,85 €*14,00 €
    Encargado de 2ª1.520,42 €22.806,30 €*12,89 €
    Viajante1.467,81 €22.017,15 €*12,45 €
    Vendedor de 1ª o vendedor1.445,16 €21.677,40 €*12,25 €
    Vendedor de 2ª1.350,21 €20.253,15 €*11,45 €
    Ayudante de 1ª o ayudante1.196,64 €17.949,60 €*10,15 €
    Grupo II · Área de informática
    Técnico de sistemas1.940,91 €29.113,65 €*16,46 €
    Analista1.713,21 €25.698,15 €*14,53 €
    Programador de 1ª1.651,57 €24.773,55 €*14,00 €
    Programador de 2ª1.487,45 €22.311,75 €*12,61 €
    Grupo III · Área administrativa
    Jefe administrativo1.940,91 €29.113,65 €*16,46 €
    Jefe de sección1.651,57 €24.773,55 €*14,00 €
    Contable-cajero1.651,57 €24.773,55 €*14,00 €
    Oficial administrativo de 1ª1.460,67 €21.910,05 €*12,39 €
    Oficial de caja1.460,64 €21.909,60 €*112,39 €
    Oficial administrativo de 2ª1.383,71 €20.755,65 €*11,73 €
    Auxiliar administrativo1.259,42 €18.891,30 €*10,68 €
    Auxiliar de Caja de 1ª1.259,42 €18.891,30 €*10,68 €
    Grupo IV · Actividades diversas
    Dibujante1.651,63 €24.774,45 €*14,00 €
    Escaparatista1.651,63 €24.774,45 €*14,00 €
    Rotulista1.651,63 €24.774,45 €*14,00 €
    Oficial de mantenimiento1.544,61 €23.169,15 €*13,10 €
    Chofer1.408,89 €21.133,35 €*11,95 €
    Profesional de oficio de 1ª1.408,89 €21.133,35 €*11,95 €
    Mozo torista1.408,89 €21.133,35 €*11,95 €
    Jefe de Equipo1.308,34 €19.625,10 €*11,09 €
    Conserje1.290,18 €19.352,70 €*10,94 €
    Mozo especializado1.284,60 €19.269,00 €*10,89 €
    Profesional de oficio de 2ª1.273,44 €19.101,60 €*10,80 €
    Mozo1.241,44 €18.621,60 €*10,53 €
    Telefonista1.151,94 €17.279,10 €*9,77 €
    Vigilante1.151,94 €17.279,10 €*9,77 €
    Personal de limpieza (mes)1.143,75 €17.156,25 €*9,70 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Oficial de caja: En el anexo I publicado (BOPB 10/3/2026) la fila sale sin nombre; por su posición y por la tabla provisional de 2025 (Oficial de Caja 1.411,25 × 1,035 = 1.460,64) es la de Oficial de caja.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.769 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I: salario mensual por categoría (tablas 2025 definitivas = provisionales de BOPB 16/4/2025 + 3,5 %). Anual calculado = mensual × 15 (12 + pagas de marzo, verano y Navidad, art. 21). Hora profesional = mensual × 15 ÷ 1.769 (art. 23). No incluye CEV ni comisiones.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por su naturaleza o compensación pactada con descansos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Salario hora profesional (art. 23) = salario mensual de tabla × 15 ÷ 1.769 horas.

    • Complemento ex-vinculación (CEV, antigua antigüedad)

      Cantidad personal congelada en 1997 que sube cada año con el incremento pactado del convenio (+3,5 % en 2025)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien cobraba antigüedad antes del 31/7/1997: conserva esa cantidad como complemento personal.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      No compensable ni absorbible. Importe individual.

    • Compensación por cese (55 años o más y más de 10 años en la empresa)

      6 mensualidades de remuneración ordinaria (salario de tabla + prorrata de pagas extra + antigüedad consolidada), además de otras indemnizaciones

      Quién lo cobra: Al dejar la empresa por cualquier causa (salvo despido declarado procedente por sentencia firme) con 55 o más años y más de 10 años de antigüedad.

      Pago único al cese; su cotización depende de si se considera indemnización exenta (art. 147.2 LGSS). No está claro. art. 24

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOPB · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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