Tablas salariales de construcción de Almería 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 21 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. La empresa puede compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año. (art. 44)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Personal con retribución mensual | ||||
| Nivel II · Personal titulado superior (salario mensual) | 1.801,19 € | 27.609,06 €* | +3,0 % | 27,83 € |
| Nivel III · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª, jefe de sección de organización de 1.ª (salario mensual) | 1.406,20 € | 21.595,94 €* | +3,0 % | 21,77 € |
| Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general (salario mensual) | 1.369,00 € | 21.029,48 €* | +3,0 % | 21,20 € |
| Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de compras (salario mensual) | 1.296,89 € | 19.931,86 €* | +3,0 % | 20,09 € |
| Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario mensual) | 1.231,34 € | 18.946,15 €* | +3,0 % | 19,10 € |
| Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario mensual) | 1.188,06 € | 18.289,14 €* | +3,0 % | 18,44 € |
| Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario mensual) | 1.168,71 € | 17.990,07 €* | +3,0 % | 18,14 € |
| Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario mensual) | 1.144,87 € | 17.626,49 €* | +3,0 % | 17,77 € |
| Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario mensual) | 1.124,01 € | 17.306,52 €* | +3,0 % | 17,45 € |
| Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual) | 1.109,81 € | 17.066,26 €* SMI1 | +3,0 % | 17,20 € |
| Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual) | 1.080,76 € | 16.675,79 €* SMI2 | +3,0 % | 16,81 € |
| Personal con retribución diaria | ||||
| Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, encargado de taller (salario diario, personal operario) | 41,02 €/día | 19.143,11 €* | +3,0 % | 19,30 € |
| Nivel VII · Delineante de 2.ª, capataz, especialista de oficio (salario diario, personal operario) | 39,62 €/día | 18.493,18 €* | +3,0 % | 18,64 € |
| Nivel VIII · Oficial administrativo de 2.ª, oficial de 1.ª de oficio (salario diario, personal operario) | 38,94 €/día | 18.179,16 €* | +3,0 % | 18,33 € |
| Nivel IX · Auxiliar administrativo, oficial de 2.ª de oficio (salario diario, personal operario) | 38,14 €/día | 17.809,82 €* | +3,0 % | 17,95 € |
| Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª, vigilante, almacenero (salario diario, personal operario) | 37,44 €/día | 17.484,81 €* | +3,0 % | 17,63 € |
| Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario) | 36,79 €/día | 17.183,00 €*3 | +3,0 % | 17,32 € |
| Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario) | 36,21 €/día | 16.917,78 €* SMI4 | +3,0 % | 17,05 € |
| Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX) | 22,89 €/día | 10.687,92 €*5 | +3,0 % | 10,77 € |
| Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX) | 28,61 €/día | 13.359,04 €*6 | +3,0 % | 13,47 € |
| Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX) | 26,70 €/día | 12.467,55 €* SMI7 | +3,0 % | 12,57 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
1. Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario mensual): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
2. Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario mensual): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
3. Nivel XI · Especialista de 2.ª, peón especializado (salario diario, personal operario): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
4. Nivel XII · Peón ordinario, limpiador (salario diario, personal operario): El «anual» calculado no incluye los pluses de asistencia y transporte por día trabajado y puede quedar por debajo del SMI; con ellos lo supera. La remuneración mínima anual del VII Convenio General (todos los conceptos) es de 20.298,22 € en 2026 para el nivel XII.
5. Contrato de formación en alternancia, 1.er año (60 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
6. Contrato de formación en alternancia, 2.º año (75 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
7. Contrato formativo para la práctica profesional (70 % del nivel IX): Contrato formativo (anexo III): porcentaje del salario del nivel IX para jornada del 100 % de trabajo efectivo. El anual calculado queda por debajo del SMI; se aplica el SMI en proporción a la jornada de trabajo efectivo.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de asistencia y actividad
21,07 € por cada día trabajadoPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con el rendimiento normal exigible; igual para todos los niveles.
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Plus de transporte
7,27 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día de asistencia al trabajo, cualquiera que sea la distancia.
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Plus por la actividad de gruista
10,55 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Operadores de grúas torre desmontables para obras; por día efectivamente trabajado.
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Plus de trabajo nocturno
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.
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Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 27 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Alcantarillado, cámaras de presión, pozos de más de 5 m o túneles, asfaltado, impermeabilización a cielo abierto, andamios de más de 3 m o guindolas y los que reconozca la Comisión Paritaria; no consolidable.
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Complemento por discapacidad
27,28 € al mes (13-22 %), 38,17 € (23-32 %) y 54,56 € (33 % o superior); un solo complementoQuién lo cobra: Discapacidad reconocida del 13 % o más.
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Desgaste de herramientas
0,73 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Cuando la persona usa herramientas propias porque la empresa no las facilita; por día efectivo de trabajo.
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Dieta completa
44,38 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento).
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Media dieta
13,33 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajado.
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Locomoción (vehículo propio)
0,22 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del medio de transporte propio cuando la empresa no ofrece medios propios.
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Antigüedad consolidada («ad personam»)
Importe fijo consolidado a 21/11/1996 (bienios y quinquenios devengados a esa fecha) según el anexo I: por mes en los niveles II a V y por día en los niveles VI a XII; las pagas y vacaciones suben según la tabla de bienios y quinquenios del anexo IILo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Almería · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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