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Convenio Colectivo Provincial de Córdoba para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas (2022-2026)

Tablas salariales de construcción de Córdoba 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 16 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año. (art. 54 y tabla 2026 (columnas «dos primeras» y «restantes»))

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Personal operario (retribución diaria)
    Capataz44,03 €/día21.531,85 €*+3,0 %22,09 €
    Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º42,87 €/día20.977,29 €*+3,0 %21,35 €
    Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º40,81 €/día20.003,84 €*+3,0 %20,60 €
    Vigilante; Ayudante y Guardas39,83 €/día19.542,82 €*+3,0 %20,23 €
    Peón especialista39,55 €/día19.408,46 €*+3,0 %20,12 €
    Peón ordinario39,10 €/día19.190,78 €*+3,0 %19,93 €
    Pinche 17-18 años34,61 €/día17.058,73 €* SMI+3,0 %18,02 €
    Pinche 16-17 años33,13 €/día16.360,61 €* SMI+3,0 %17,66 €
    Personal de retribución mensual
    Pers. Téc. Superior1.831,31 €—+3,0 %27,46 €
    Pers. Titulado Medio y Jefe Admtvo. 1º1.576,27 €—+3,0 %24,34 €
    Jefe Personal, Ayudante Obras y Encargo Obras Gral.1.530,65 €—+3,0 %23,80 €
    Jefe Admtvo. 2º, Delineante Sup. y encargados obras1.449,90 €—+3,0 %22,81 €
    Oficial Admtvo. 1ª, Delineante 1º y Encargado obras1.362,85 €—+3,0 %21,76 €
    Delineante 2º y Práctico Topógrafo1.320,75 €—+3,0 %21,25 €
    Oficial Admtvo. 2ª1.285,43 €—+3,0 %20,81 €
    Aux. Admtvo y Ayudante Topógrafo1.224,39 €—+3,0 %20,05 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de actividad o asistencia

      26,68 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día de trabajo efectivo, en proporción a la jornada, con rendimiento normal y puntualidad; se pierde con ausencias injustificadas al inicio o al final de la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y tabla 2026

      Igual para todas las categorías (también el personal mensual). Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Plus extrasalarial de ropa (desgaste)

      de 1,80 a 2,72 € por día trabajado según categoría

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa no facilita la ropa de trabajo o su reposición; por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 37 y 57 y tabla 2026

      Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Plus extrasalarial de herramienta (desgaste)

      0,90 € por día trabajado

      Quién lo cobra: Oficial 1.ª, oficial 2.ª y ayudante, si la empresa no facilita la herramienta o su reposición; por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 37 y 57 y tabla 2026

      Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Plus de dedicación de operadores de grúa

      15,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Operadores de grúas torre, puente y telescópicas que inician la jornada 15 minutos antes para revisar la grúa; por día efectivo de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 47.3 (redacción del acuerdo de 27/5/2026)

      Desde el 27/5/2026, 15,00 €/día (nueva redacción del art. 47.3, BOP 12/6/2026); la tabla 2026 publicada en febrero fijaba 13,09 €/día. El acta del SERCLA prevé mantener los 25,40 € mientras se negocia y aplicarles la subida desde 2026: la relación entre esa cifra y los 15 € del nuevo art. 47.3 no está aclarada en el boletín.

    • Complemento de dedicación de operadores de grúa torre

      16,50 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Operadores de grúa torre; por día efectivo de trabajo, desde el 27/5/2026, con las mismas condiciones que el plus de dedicación Pacto firmado solo por UGT-FICA y CONSTRUCOR: puede no aplicarse en todas las empresas; compruébalo en tu nómina.

      Cotiza y tributa como salario. acuerdo sectorial de 27/5/2026 (UGT-FICA y CONSTRUCOR)

      Se suma al plus de dedicación del art. 47: 31,50 €/día en conjunto. Firmado solo por UGT-FICA y CONSTRUCOR; se revisará con el VIII Convenio General.

    • Plus de trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 (salvo que el salario ya se fijara por ser trabajo nocturno).

      Cotiza y tributa como salario. art. 49

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Zanjas y pozos de más de 1,5 m, bámbolas o andamios metálicos de más de 6 m, derribos a más de 2 m, martillos perforadores, túneles y otros que acuerden empresa y representación; no consolidable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 53

    • Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras

      4,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de contratas de conservación y mantenimiento de carreteras; por día efectivo de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 48

      Importe invariable durante la vigencia del convenio y de la contrata.

    • Gastos de locomoción

      0,20 € por kilómetro desde el límite del casco urbano hasta la obra

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Obras a más de 2 km del casco urbano donde se contrató, si la empresa no paga el transporte público ni pone vehículo; un viaje de ida y vuelta.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 56 y tabla 2026

      Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Dieta completa

      44,87 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural salvo vacaciones y descansos disfrutados en casa (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 58 y tabla 2026

      Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Media dieta

      17,85 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 58 y tabla 2026

      Importe transcrito de imagen del BOP.

    • Complemento por discapacidad

      17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento

      Quién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más).

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

    • Antigüedad consolidada («ad personam»)

      Importe fijo e invariable consolidado al 21/11/1996; se suma a las pagas extraordinarias y se extingue con el contrato

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien la tenía el 21/11/1996.

      Cotiza y tributa como salario. art. 55

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Córdoba · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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