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Tablas salariales de construcción de La Rioja 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 21 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 16 y tabla (2025))

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Personal obrero
    Nivel VI · Encargado2.133,30 €31.680,74 €31,94 €
    Nivel VII · Capataz1.944,30 €28.757,30 €28,99 €
    Nivel VIII · Oficial de 1ª1.900,50 €28.032,91 €28,26 €
    Nivel IX · Oficial de 2ª1.648,80 €24.357,72 €24,55 €
    Nivel X · Especialista1.575,30 €23.244,29 €23,43 €
    Nivel XI · Peón Especialista1.551,60 €22.895,37 €23,08 €
    Nivel XII · Peón1.529,70 €22.578,13 €22,76 €
    Nivel XIII · Aprendiz de 16 a 25 años (1.er año)1.164,93 €16.576,05 €116,71 €
    Nivel XIII · Aprendiz de 16 a 25 años (2.º año)1.154,10 €17.049,74 €217,19 €
    Nivel XIII · Aprendiz de 16 a 25 años (3.er año)1.401,60 €20.705,39 €20,87 €
    Personal empleado
    Empleados · Nivel 2 · Titulado Superior2.638,53 €38.713,53 €39,03 €
    Empleados · Nivel 3 · Titulado Medio2.409,99 €35.347,92 €35,63 €
    Empleados · Nivel 4 · Encargado General2.320,11 €34.031,85 €34,31 €
    Empleados · Nivel 5 · Jefe Administrativo 2ª2.199,18 €32.254,74 €32,51 €
    Empleados · Nivel 6 · Oficial Administrativo 1ª2.026,74 €29.768,61 €30,01 €
    Empleados · Nivel 7 · Delineante 2ª1.752,63 €25.714,68 €25,92 €
    Empleados · Nivel 8 · Oficial Administrativo 2ª1.731,90 €25.325,55 €25,53 €
    Empleados · Nivel 9 · Auxiliar Administrativo1.593,33 €23.298,30 €23,49 €
    Empleados · Nivel 10 · Vigilante1.525,59 €22.242,90 €22,42 €
    Empleados · Nivel 12 · Personal de Limpieza1.379,61 €20.165,55 €20,33 €
    Empleados · Nivel 13 · Aspirante Administrativo1.173,96 €16.576,02 €16,71 €

    1. Nivel XIII · Aprendiz de 16 a 25 años (1.er año): Errata en la tabla publicada: 38,83 €/día × 30 = 1.164,90 y × 335 = 13.008,05, pero la tabla da 1.164,93 € al mes y 13.008,39 € de salario base año; se cargan los importes publicados. Contrato para la formación: retribución inferior al SMI a jornada completa porque incluye tiempo de formación.

    2. Nivel XIII · Aprendiz de 16 a 25 años (2.º año): Contrato para la formación: retribución inferior al SMI a jornada completa porque incluye tiempo de formación.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus extrasalarial (distancia, transporte, desgaste de herramientas y ropa de trabajo)

      3,98 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario; igual para todas las categorías.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo califica de extrasalarial, pero desde el RDL 20/2012 transporte, distancia, herramientas y ropa de trabajo cotizan (art. 147 LGSS). art. 25.4 y tabla (tabla 2025)

      No está incluido en la «total retribución anual» de la tabla. Transcrito de la tabla publicada como imagen.

    • Dieta completa

      52,59 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 25.1 y tabla (tabla 2025)

      Transcrito de la tabla publicada como imagen.

    • Media dieta

      16,26 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa, a partir de 10 km entre el centro de partida y la residencia; por día efectivamente trabajado.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 25.2 y tabla (tabla 2025)

      Transcrito de la tabla publicada como imagen.

    • Kilometraje

      0,43 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio por cuenta de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exento hasta 0,26 €/km (art. 9 del Reglamento del IRPF y art. 147.2 LGSS); el exceso cotiza. art. 26 y tabla (tabla 2025)

      Transcrito de la tabla publicada como imagen. El personal desplazado que vuelve a dormir a casa cobra además el tiempo de viaje a valor de hora ordinaria (art. 26.3).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOR (Boletín Oficial de La Rioja) · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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