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Tablas salariales de construcción de Valladolid 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 16 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +0,4 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año. (art. 20.C)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Nivel II · personal mensualnivel II1.192,51 €22.871,23 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel III · personal mensualnivel III1.166,24 €22.533,39 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel IV · personal mensualnivel IV1.136,50 €22.200,57 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel V · personal mensualnivel V1.107,51 €21.872,09 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel VI · personal mensualnivel VI1.082,67 €21.549,08 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel VII · personal mensualnivel VII1.054,89 €21.230,48 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel VIII · personal mensualnivel VIII1.027,56 €20.916,92 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel IX · personal mensualnivel IX1.003,90 €20.607,92 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel X · personal mensualnivel X990,36 €20.397,51 €—Plus de actividad: 391,00 €/mes; Plus de transporte: 93,17 €/mes
    Nivel VI · personal diarionivel VI35,86 €/día21.549,08 €19,50 €
    Nivel VII · personal diarionivel VII34,96 €/día21.230,48 €19,50 €
    Nivel VIII · personal diarionivel VIII34,05 €/día20.916,92 €19,00 €
    Nivel IX · personal diarionivel IX33,27 €/día20.607,92 €19,00 €
    Nivel X · personal diarionivel X32,84 €/día20.397,51 €—
    Nivel XI · personal diarionivel XI32,65 €/día20.321,63 €17,75 €
    Nivel XII · personal diarionivel XII32,34 €/día20.171,06 €17,75 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de asistencia y actividad (personal diario)

      19,17 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con el rendimiento normal exigible.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25 y tabla 2025

      YA INCLUIDO en el «cómputo anual» de la tabla (218 días). Igual para todos los niveles de devengo diario; el personal mensual lo cobra en 'pluses' de su fila.

    • Plus de transporte (personal diario)

      4,78 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por cada día que se acude efectivamente al trabajo, cualquiera que sea la distancia.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo califica de plus salarial; cotiza (art. 147 LGSS). art. 28 y tabla 2025

      YA INCLUIDO en el «cómputo anual» de la tabla (218 días). El personal mensual lo cobra en 'pluses' de su fila.

    • Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras

      4,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de los grupos profesionales 1 a 5 que trabaja de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras; por día efectivo de trabajo (proporcional si la jornada es inferior).

      Cotiza y tributa como salario. cláusula adicional tercera

      Importe invariable durante la vigencia del convenio y de la contrata; absorbe compensaciones que ya se pagaran por lo mismo.

    • Desgaste de herramienta

      2,50 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Oficiales de 1.ª y 2.ª de oficio que aportan su herramienta; por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. El desgaste de herramientas cotiza desde el RDL 20/2012 (art. 147 LGSS). art. 30

      Importe fijado «durante la vigencia del presente Convenio». Oficial de 1.ª = nivel VIII y oficial de 2.ª = nivel IX (anexo XI del VII CGSC).

    • Complemento por discapacidad

      17 € al mes (13 %-22 %), 24 € al mes (23 %-32 %) o 34 € al mes (33 % o más); un solo complemento

      Quién lo cobra: Personas con discapacidad reconocida de al menos el 13 %.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Si la empresa ya paga un complemento análogo, puede imputarlo a este.

    • Dieta

      50,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Igual para todas las categorías; devengo según el art. 86 del VII CGSC.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 31

      Importe fijado «durante la vigencia del presente Convenio».

    • Media dieta

      20,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Con independencia del tipo de jornada.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. 31

      Importe fijado «para toda la vigencia del Convenio».

    • Kilometraje

      0,26 € por kilómetro; se actualiza al mínimo exento del IRPF

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento a otro centro de trabajo en transporte propio o público.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exento de cotizar hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 del Reglamento del IRPF); lo que exceda cotiza. art. 29.A

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Valladolid · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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