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Tablas salariales de enseñanza privada de Cataluña 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 39 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,7 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Alternativa: compensación con horas de descanso agrupadas en días, cuando sea posible. (art. 30)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Educación infantil 1.er ciclo (integrada)
    Director, subdirector, director pedagógico1.814,00 €25.396,00 €+2,7 %37,04 €
    Pedagogo, psicólogo, médico, asistente social, otros1.775,00 €24.850,00 €+2,7 %36,24 €
    Profesor Titular/Maestro1.789,00 €25.046,00 €+2,8 %36,53 €
    Técnico de educación infantil1.173,00 €16.422,00 € SMI1+4,5 %23,95 €
    Educación infantil 2.º ciclo (integrada)
    Profesor titular2.020,00 €28.280,00 €+2,7 %41,24 €
    Educador/vigilante1.406,00 €19.684,00 €+2,7 %28,71 €
    Técnico de educación infantil1.189,00 €16.646,00 € SMI2+4,6 %24,28 €
    Primaria
    Profesor titular2.089,00 €29.246,00 €+2,7 %42,65 €
    Profesor adjunto/auxiliar1.749,00 €24.486,00 €+2,7 %35,71 €
    Educador/vigilante1.592,00 €22.288,00 €+2,7 %32,50 €
    ESO
    Profesor titular2.356,00 €32.984,00 €+2,7 %48,10 €
    Profesor adjunto/auxiliar2.230,00 €31.220,00 €+2,7 %45,53 €
    Educador/vigilante1.924,00 €26.936,00 €+2,7 %39,28 €
    Bachillerato
    Profesor titular, jefe de taller o laboratorio2.356,00 €32.984,00 €+2,7 %48,10 €
    Profesor adjunto/auxiliar2.226,00 €31.164,00 €+2,7 %45,45 €
    Educador/vigilante2.015,00 €28.210,00 €+2,7 %41,14 €
    Ciclos formativos de grado medio
    Profesor titular2.356,00 €32.984,00 €+2,7 %48,10 €
    Profesor adjunto/auxiliar2.114,00 €29.596,00 €+2,7 %43,16 €
    Educador/vigilante1.925,00 €26.950,00 €+2,7 %39,30 €
    Ciclos formativos de grado superior
    Profesor titular2.356,00 €32.984,00 €+2,7 %48,10 €
    Profesor adjunto/auxiliar2.114,00 €29.596,00 €+2,7 %43,16 €
    Educador/vigilante2.024,00 €28.336,00 €+2,7 %41,32 €
    Personal de actividades complementarias
    Profesor de complementarías1.544,00 €21.616,00 €+2,7 %31,52 €
    Personal técnico titulado
    Titulado grado superior2.176,00 €30.464,00 €+2,7 %44,43 €
    Titulado grado medio2.050,00 €28.700,00 €+2,7 %41,85 €
    Personal administrativo
    Nivel I. Jefe de administración1.631,00 €22.834,00 €+2,7 %33,30 €
    Nivel II. Responsable de sección1.497,00 €20.958,00 €+2,7 %30,56 €
    Nivel III. Oficial administrativo1.289,00 €18.046,00 €+2,7 %26,32 €
    Nivel IV. Auxiliar administrativo1.156,00 €16.184,00 € SMI3+4,1 %23,60 €
    Nivel V. Telefonista1.156,00 €16.184,00 € SMI4+4,1 %23,60 €
    Personal de servicios generales
    Nivel I. Coordinador o jefe de sección1.358,00 €19.012,00 €+2,7 %27,73 €
    Nivel II. Oficial de servicios1.289,00 €18.046,00 €+2,7 %26,32 €
    Nivel III. Auxiliar de servicios · Sección A1.198,00 €16.772,00 € SMI5+4,1 %24,46 €
    Nivel III. Auxiliar de servicios · Sección B1.156,00 €16.184,00 € SMI6+4,1 %23,60 €
    Personal de actividades extraescolares y servicios escolares
    Monitor1.156,00 €16.184,00 € SMI7+4,1 %23,60 €
    Vigilante del transporte escolar1.156,00 €16.184,00 € SMI8+4,1 %23,60 €
    Otro personal
    Aspirante1.156,00 €16.184,00 €9+4,1 %23,60 €
    Contratado en formación1.156,00 €16.184,00 €10+4,1 %23,60 €
    Residencia integrada
    Educador1.986,00 €27.804,00 €+2,7 %40,55 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Técnico de educación infantil: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    2. Técnico de educación infantil: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    3. Nivel IV. Auxiliar administrativo: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    4. Nivel V. Telefonista: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    5. Nivel III. Auxiliar de servicios · Sección A: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    6. Nivel III. Auxiliar de servicios · Sección B: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    7. Monitor: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    8. Vigilante del transporte escolar: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    9. Aspirante: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    10. Contratado en formación: Salario base por debajo del SMI de 2026: la disposición adicional sexta obliga a pagar un complemento hasta el SMI en cómputo mensual.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.200 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla 2026 del anexo VI. Anexo VI del convenio («estas tablas están confeccionadas por 14 pagas»): salario base mensual, salario anual (= base × 14) y trienio. El anual es literal de la tabla.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      Importe del trienio de la tabla de la categoría × número de trienios

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada trienio vencido desde el último ingreso en la empresa (contratos encadenados con menos de 20 días de intervalo cuentan desde el primero).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 54 y 55; anexo VI

      Se cobra desde la nómina del mes en que vence y en 14 mensualidades. La tabla no da trienio para auxiliar administrativo, aspirante y contratado en formación.

    • Cargo de director · E. infantil 2.º ciclo

      230,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director · Primaria

      235,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director · ESO 1 o 2 líneas

      300,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director · ESO 3 o más líneas

      322,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director · Bachillerato

      340,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director · Ciclos formativos

      300,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector · E. infantil 2.º ciclo

      215,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector · Primaria

      220,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector · ESO 1 o 2 líneas

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector · ESO 3 o más líneas

      210,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector · Bachillerato

      297,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · E. infantil 2.º ciclo

      165,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · Primaria

      170,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · ESO 1 o 2 líneas

      52,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · ESO 3 o más líneas

      52,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · Bachillerato

      242,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de departamento · Ciclos formativos

      52,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · E. infantil 2.º ciclo

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · Primaria

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · ESO 1 o 2 líneas

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · ESO 3 o más líneas

      210,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · Bachillerato

      297,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe de estudios · Ciclos formativos

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI; corrección de erratas DOGC 12/02/2026

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de coordinador pedagógico · ESO 3 o más líneas

      210,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de coordinador pedagógico · Ciclos formativos

      195,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal (lo nombra y cesa la empresa con 15 días de preaviso).

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director general

      375,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de director administrativo

      275,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de subdirector administrativo

      175,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de coordinador de ciclo

      100,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de coordinador de etapa

      125,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de coordinador de actividades extraescolares/complementarias

      100,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo funcional temporal.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 8 y 62; anexo VI

      El cargo amplía la jornada en 5 horas semanales de promedio (art. 22.9). Si se ostenta más de un cargo con una sola jornada adicional, se cobra solo el de mayor cuantía (art. 8).

    • Cargo de jefe/a de residencia

      100,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Mientras se ejerce el cargo en una residencia integrada.

      Cotiza y tributa como salario. anexo IV.2 y anexo VI

    • Plus de bachillerato

      82,00 € al mes, en 14 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Docentes que imparten bachillerato; importe a jornada completa, proporcional a las horas dedicadas a esta etapa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 63; anexo VI

      La tabla lo fija «en cada una de las 14 pagas» y es el mismo para 2025 y 2026.

    • Plus de transporte

      de 6 a 120 € al mes según categoría, en 11 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla; proporcional a la jornada en los contratos a tiempo parcial. Grupos 1 a 5: 120 €/mes; grupos 6 y 7: 6 €/mes, en 11 mensualidades.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo llama extrasalarial, pero el plus de transporte cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS). art. 61; anexo VI

      Importes iguales en 2025 y 2026 (1.320 € y 66 € al año). Grupo 6: monitor y vigilante de transporte escolar; grupo 7: aspirante y contratado en formación. El educador/a de residencia se rige por el art. 61 (anexo IV), pero el anexo VI no dice en qué grupo cuenta: no se le asigna importe.

    • Trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 60

    • Complemento por cursos de verano o internado (docentes)

      Por cada semana completa: 20 % de una mensualidad bruta sin complementos funcionales si trabaja a su jornada contratada; 10 % si trabaja hasta el 50 % de la jornada; proporcional entre ambos

      Quién lo cobra: Personal docente que trabaja en cursos de verano o internado en lugar de su descanso retribuido (hasta el 50 % de la plantilla).

      Cotiza y tributa como salario. art. 32.4 y 32.5

      No lo cobra quien disfruta de los 15 días laborables de descanso retribuido.

    • Premio de fidelidad o permanencia

      3 gratificaciones por los primeros 15 años de servicio y 1 más por cada 5 años que excedan de 15

      Quién lo cobra: Personas con 15 años de servicio en la empresa y 55 años de edad, a petición propia y en un solo pago.

      Cotiza y tributa como salario. art. 70

      El convenio no dice a qué equivale cada gratificación; el importe es el vigente en el momento de pedirlo.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOGC · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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