Tablas salariales de estaciones de servicio 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 13 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. Las realizadas en el descanso semanal programado o en festivos se compensan preferentemente con descanso, en los términos de la misma fórmula. (art. 31)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Área Técnico-Administrativa – Grupo Técnico | ||||
| Titulado/a | 1.879,77 € | 28.196,55 €* | +2,0 % | 20,12 € |
| Técnico/a | 1.750,15 € | 26.252,25 €* | +2,0 % | 18,73 € |
| Área Técnico-Administrativa – Grupo Administrativo | ||||
| Jefe/a Administrativo/a | 1.420,16 € | 21.302,40 €* | +2,0 % | 15,20 € |
| Oficial Administrativo/a 1.ª | 1.345,53 € | 20.182,95 €* | +2,0 % | 14,40 € |
| Oficial Administrativo/a 2.ª | 1.269,32 € | 19.039,80 €* | +2,0 % | 13,58 € |
| Auxiliar Administrativo/a | 1.229,47 € | 18.442,05 €* | +2,0 % | 13,16 € |
| Aspirante a Administrativo/a | 1.170,69 € | 17.560,35 €* | +2,0 % | 12,53 € |
| Área de Operaciones – Encargado/a General | ||||
| Encargado/a General | 1.552,82 € | 23.292,30 €* | +2,0 % | 16,62 € |
| Área de Operaciones – Vendedor/a | ||||
| Encargado/a de Turno | 1.269,32 € | 19.039,80 €* | +2,0 % | 13,58 € |
| Expendedor/a-Vendedor/a, Engrasador/a, Mecánico/a especialista, personal de lavado, Conductor/a, montaje de neumáticos | 1.201,21 € | 18.018,15 €* | +2,0 % | 12,86 € |
| Área de Operaciones – Subalterno/a | ||||
| Ordenanza | 1.173,61 € | 17.604,15 €* | +2,0 % | 12,56 € |
| Guarda | 1.194,72 € | 17.920,80 €* | +2,0 % | 12,79 € |
| Personal de limpieza | 1.173,61 € | 17.604,15 €* | +2,0 % | 12,56 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo 1: +2 % sobre 2025 (incremento inicial), con efectos retroactivos desde 1/1/2026. Sujeta a la cláusula de revisión por IPC real de 2026 (tope 6 %, atrasos hasta el 4,5 %), art. 43: puede actualizarse cuando se conozca el IPC de diciembre de 2026. pagas = 15: 12 mensualidades + 3 pagas extraordinarias (marzo, verano y Navidad) de un mes de salario base más antigüedad (art. 39). La tabla solo da salario base mensual: anual = salario base mes × 15 (cálculo propio, sin antigüedad ni pluses). Además de los salarios por función, la tabla trae importes generales que no van en filas: «Euros hora» 10,27 €; trabajo nocturno (30 % salario base día/hora expendedor) 1,56 €; turno de noche 24-25/12 y 31/12-1/1 84,25 € por día trabajado.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Complemento de antigüedad (cuatrienio y quinquenios)
18,03 €/mes por el cuatrienio y 42,07 €/mes por cada quinquenio cumplido (máximo 5)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa: un cuatrienio a los 4 años y cinco quinquenios a los 9, 14, 19, 24 y 29 años.
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Complemento de trabajo nocturno
1,56 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turno de noche (si hay tres turnos, solo el de noche); con dos turnos, las horas entre las 22:00 y las 6:00 en proporción.
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Turno de noche de Nochebuena y Nochevieja
84,25 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Turno de noche del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero; parte proporcional si se trabajan menos horas.
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Plus festivo
37,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en cualquiera de los 14 festivos del calendario laboral, o la parte proporcional a las horas trabajadas.
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Plus de distancia
0,12 € por kilómetro desde el domicilio al centro, por viaje de ida y vuelta y día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Centro de trabajo a más de 2 km del límite del núcleo de residencia, sin transporte de la empresa; un viaje de ida y vuelta por día trabajado (cuatro viajes en jornada partida).
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Quebranto de moneda
667 € al año, pagados en las 12 mensualidadesLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Expendedor/a-vendedor/a responsable del manejo de efectivo en la venta manual o en cabina.
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Plus por desplazamiento de vehículos
5 % del salario día de convenio por cada día efectivo de trabajo con esa tareaLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien, con autorización, orden de la empresa y permiso de conducir, mueve coches entre secciones de la estación (engrase, lavadero, aparcamiento…).
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Complemento por limpieza de servicios y jardinería
30,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Expendedor/a-vendedor/a que acepta voluntariamente limpiar los aseos y la jardinería.
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Compensación por peaje
Importe de los peajes, previa justificación; si obliga a recorrer más kilómetros, el exceso se paga como kilometrajeAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Estaciones en autopistas de peaje sin vía alternativa para llegar al puesto.
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Kilometraje el primer año de traslado
0,22 € por kilómetro del viaje de ida y vuelta desde el domicilio, por día trabajadoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Durante el primer año de un traslado definitivo o durante un traslado temporal, por día trabajado (no si el traslado lo pidió la persona o la acerca a casa).
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Media dieta por traslado a más de 30 km
16,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Primer año de traslado (o traslado temporal) cuando la distancia supera los 30 km, por día trabajado.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOE · tabla salarial 2026. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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