Tablas salariales de instalaciones deportivas y gimnasios 2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. 1,50 h de descanso por hora extra (1,75 h si es en domingo o en uno de los 14 festivos oficiales). (art. 36 y anexo II)
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra | Pluses |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 1 | ||||
| Directores/as generales y gerentes | 1.422,65 € | 19.917,08 € | 17,05 € | Complemento movilidad: 213,40 €/mes |
| Grupo 2 | ||||
| Directores/as de departamento, médico/a | 1.304,09 € | 18.257,32 € | 15,63 € | Complemento movilidad: 195,61 €/mes |
| Fisioterapeuta, DUE, contable, secretario/a de dirección, jefe/a de mantenimiento | 1.263,45 € | 17.688,26 € | 15,14 € | Complemento movilidad: 189,52 €/mes |
| Grupo 3 | ||||
| Coordinadores/as, oficial administrativo 1.ª, oficial 1.ª mantenimiento, profesor/a de golf | 1.220,13 € | 17.081,85 € | 14,62 € | Complemento movilidad: 183,02 €/mes |
| Monitor/a multidisciplinar, comercial y asistente de golf, caddie master | 1.191,49 € | 16.680,87 € | 14,28 € | Complemento movilidad: 178,72 €/mes |
| Grupo 4 | ||||
| Socorrista, monitor/a unidisciplinar, recepcionista, masajista, oficial 2.ª, etc. | 1.162,85 € | 16.279,89 € | 13,94 € | Complemento movilidad: 174,43 €/mes |
| Auxiliar administrativo, telefonista, control de acceso, portero/a, esteticista | 1.151,39 € | 16.119,49 € | 13,80 € | Complemento movilidad: 172,71 €/mes |
| Grupo 5 | ||||
| Personal de limpieza, peón de mantenimiento, personal de vestuarios, etc. | 1.147,94 € | 16.071,12 € | 13,76 € | Complemento movilidad: 172,19 €/mes |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo II, «Tablas salariales 2025». Plus transporte general (no por categoría): 3,00 € por día efectivamente trabajado (art. 40).
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de nocturnidad
un 15 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00. Trabajador nocturno: quien hace al menos 3 horas de su jornada diaria en esa franja; quien no lo es pero acaba después de las 22:00 o empieza antes de las 6:00 cobra el importe del anexo II por cada hora en esa franja.
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Plus de transporte
3,00 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por cada día efectivamente trabajado; toda la plantilla.
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Complemento «por traslado» (variabilidad del lugar de trabajo)
el 10 % de tu salario baseQuién lo cobra: Mientras la empresa le cambie de centro en la misma localidad o municipios cercanos de la provincia, o trabaje en distintos centros en días distintos (art. 13.1 y 13.2), si el desplazamiento al nuevo centro no supera una hora en transporte público. Si dura menos de un mes, se prorratea por días trabajados en el centro de destino.
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Dieta: desayuno
4,56 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por trabajo fuera de la provincia o isla del centro con pernocta, o que obligue a comer o cenar fuera de la localidad del centro o municipios limítrofes. No aplica a los cambios de centro del art. 13. Si hay que pernoctar, el alojamiento (hotel de al menos 3 estrellas) lo paga la empresa.
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Dieta: comida
17,16 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por trabajo fuera de la provincia o isla del centro con pernocta, o que obligue a comer o cenar fuera de la localidad del centro o municipios limítrofes. No aplica a los cambios de centro del art. 13. Si hay que pernoctar, el alojamiento (hotel de al menos 3 estrellas) lo paga la empresa.
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Dieta: cena
18,35 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por trabajo fuera de la provincia o isla del centro con pernocta, o que obligue a comer o cenar fuera de la localidad del centro o municipios limítrofes. No aplica a los cambios de centro del art. 13. Si hay que pernoctar, el alojamiento (hotel de al menos 3 estrellas) lo paga la empresa.
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Plus de kilometraje
0,26 € por kilómetro o la cantidad que Hacienda establezca como exenta de tributaciónLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos durante la jornada en vehículo propio, a petición de la empresa y aceptados voluntariamente. No aplica a los cambios de centro del art. 13.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOE · tabla salarial 2025. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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