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Tablas salariales de hostelería de Albacete 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 12 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 45 %. Hasta el 50 % de las horas extra pueden compensarse con descanso equivalente al precio de la hora extra. (arts. 49, 66 y 67)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Nivel I
    Nivel I · establecimientos del grupo A1.397,19 €22.158,33 €*0,0 %17,91 €
    Nivel I · establecimientos del grupo B1.356,69 €21.550,83 €*0,0 %17,42 €
    Nivel II
    Nivel II · establecimientos del grupo A1.322,89 €21.043,83 €*0,0 %17,01 €
    Nivel II · establecimientos del grupo B1.290,46 €20.557,38 €*0,0 %16,62 €
    Nivel III
    Nivel III · establecimientos del grupo A1.263,24 €20.149,08 €*0,0 %16,29 €
    Nivel III · establecimientos del grupo B1.234,98 €19.725,18 €*0,0 %15,94 €
    Nivel IV
    Nivel IV · establecimientos del grupo A1.206,91 €19.304,13 €*0,0 %15,60 €
    Nivel IV · establecimientos del grupo B1.157,54 €18.563,58 €*0,0 %15,00 €
    Nivel V
    Nivel V · establecimientos del grupo A1.072,85 €17.293,23 €*0,0 %13,98 €
    Nivel V · establecimientos del grupo B1.060,64 €17.110,08 €*0,0 %13,83 €
    Nivel VI
    Nivel VI · establecimientos del grupo A1.048,91 €16.934,13 €* SMI0,0 %13,69 €
    Nivel VI · establecimientos del grupo B1.048,91 €16.934,13 €* SMI0,0 %13,69 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.794 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad

      Porcentaje del salario base según los años en la empresa (no acumulativo: se cobra el del último tramo alcanzado): 3 % a los 3 años, 8 % a los 6, 16 % a los 9, 26 % a los 14, 38 % a los 19 y 45 % a los 24.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa. Entra también en las tres pagas extra..

      Cotiza y tributa como salario. art. 61

      El convenio dice «sobre el salario garantizado o fijo». Importe de la tabla definitiva del 2.º semestre de 2025: sin tablas 2026 publicadas, se mantiene por ultraactividad (art. 4).

    • Plus de locomoción

      5,36 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, también a tiempo parcial, por día efectivo de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. Compensa gastos de desplazamiento al trabajo: cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS). art. 65 y anexo

      Importe de la tabla definitiva del 2.º semestre de 2025: sin tablas 2026 publicadas, se mantiene por ultraactividad (art. 4).

    • Bolsa de vacaciones

      78,26 € al mes, en 1 pagas

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, al comienzo de las vacaciones (una vez al año), además del salario de ese periodo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 64 y anexo

      Importe de la tabla definitiva del 2.º semestre de 2025: sin tablas 2026 publicadas, se mantiene por ultraactividad (art. 4).

    • Complemento de trabajo nocturno

      un 15 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado ya atendiendo a la naturaleza nocturna del trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 50 y 68

      Hora ordinaria = (salario base anual + antigüedad anual + plus convenio anual + bolsa de vacaciones) ÷ 1.794 horas (art. 66). Importe de la tabla definitiva del 2.º semestre de 2025: sin tablas 2026 publicadas, se mantiene por ultraactividad (art. 4).

    • Horas trabajadas en festivo o descanso semanal no compensado

      Además del salario de la semana, se pagan las horas trabajadas ese día incrementadas como mínimo en un 75 %.

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Solo cuando, por razones técnicas u organizativas, no se puede disfrutar el festivo o el descanso semanal y no hay descanso compensatorio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 51

      Regla general: el festivo trabajado se paga con la mensualidad o se descansa ese mismo mes (o se acumula a vacaciones de mutuo acuerdo). Importe de la tabla definitiva del 2.º semestre de 2025: sin tablas 2026 publicadas, se mantiene por ultraactividad (art. 4).

    • Plus convenio

      100,04 € al mes, en 12 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Albacete · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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