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Tablas salariales de hostelería de Las Palmas 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 30 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 100 %. (art. 27)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Nivel I · establecimientos de clasificación primeranivel I1.820,06 €25.480,84 €*0,0 %28,02 €
    Nivel I · establecimientos de clasificación segundanivel I1.777,79 €24.889,06 €*0,0 %27,37 €
    Nivel I · establecimientos de clasificación terceranivel I1.694,87 €23.728,18 €*0,0 %26,09 €
    Nivel I · establecimientos de clasificación cuartanivel I1.607,98 €22.511,72 €*0,0 %24,75 €
    Nivel I · establecimientos de clasificación quintanivel I1.497,02 €20.958,28 €*0,0 %23,04 €
    Nivel II · establecimientos de clasificación primeranivel II1.751,70 €24.523,80 €*0,0 %26,96 €
    Nivel II · establecimientos de clasificación segundanivel II1.669,15 €23.368,10 €*0,0 %25,69 €
    Nivel II · establecimientos de clasificación terceranivel II1.627,29 €22.782,06 €*0,0 %25,05 €
    Nivel II · establecimientos de clasificación cuartanivel II1.498,25 €20.975,50 €*0,0 %23,06 €
    Nivel II · establecimientos de clasificación quintanivel II1.412,16 €19.770,24 €*0,0 %21,74 €
    Nivel III · establecimientos de clasificación primeranivel III1.665,87 €23.322,18 €*0,0 %25,64 €
    Nivel III · establecimientos de clasificación segundanivel III1.612,88 €22.580,32 €*0,0 %24,83 €
    Nivel III · establecimientos de clasificación terceranivel III1.559,78 €21.836,92 €*0,0 %24,01 €
    Nivel III · establecimientos de clasificación cuartanivel III1.453,65 €20.351,10 €*0,0 %22,38 €
    Nivel III · establecimientos de clasificación quintanivel III1.389,64 €19.454,96 €*0,0 %21,39 €
    Nivel IV · establecimientos de clasificación primeranivel IV1.575,83 €22.061,62 €*0,0 %24,26 €
    Nivel IV · establecimientos de clasificación segundanivel IV1.518,51 €21.259,14 €*0,0 %23,37 €
    Nivel IV · establecimientos de clasificación terceranivel IV1.477,12 €20.679,68 €*0,0 %22,74 €
    Nivel IV · establecimientos de clasificación cuartanivel IV1.422,47 €19.914,58 €*0,0 %21,90 €
    Nivel IV · establecimientos de clasificación quintanivel IV1.342,96 €18.801,44 €*0,0 %20,67 €
    Nivel IV bis · establecimientos de clasificación primeranivel IV bis1.512,42 €21.173,88 €*0,0 %23,28 €
    Nivel IV bis · establecimientos de clasificación segundanivel IV bis1.473,98 €20.635,72 €*0,0 %22,69 €
    Nivel IV bis · establecimientos de clasificación terceranivel IV bis1.443,73 €20.212,22 €*0,0 %22,22 €
    Nivel IV bis · establecimientos de clasificación cuartanivel IV bis1.400,14 €19.601,96 €*0,0 %21,55 €
    Nivel IV bis · establecimientos de clasificación quintanivel IV bis1.323,72 €18.532,08 €*0,0 %20,38 €
    Nivel V · establecimientos de clasificación primeranivel V1.449,02 €20.286,28 €*0,0 %22,30 €
    Nivel V · establecimientos de clasificación segundanivel V1.429,49 €20.012,86 €*0,0 %22,00 €
    Nivel V · establecimientos de clasificación terceranivel V1.410,37 €19.745,18 €*0,0 %21,71 €
    Nivel V · establecimientos de clasificación cuartanivel V1.377,78 €19.288,92 €*0,0 %21,21 €
    Nivel V · establecimientos de clasificación quintanivel V1.304,49 €18.262,86 €*0,0 %20,08 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.819 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada en el BOP de Las Palmas a 14/10/2026: se copia la tabla vigente desde abril de 2025. El Acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % sobre las tablas a 31/12/2025 desde la nómina de enero de 2026 (a incorporar al convenio 2026-2029); no se ha aplicado aquí porque no hay importes publicados. Anexo III. Filas = nivel profesional (Anexo II) × clasificación del establecimiento (Anexo I: primera = hoteles de 5 estrellas; segunda = 4 estrellas, catering, casinos de 1.ª; tercera = 3 estrellas, apartamentos de 3 llaves, viviendas vacacionales; cuarta = 2 y 1 estrellas, apartamentos de 2 y 1 llave; quinta = hostales, pensiones, hoteles rurales y, desde 1/1/2024, bares-cafeterías y restaurantes). Importes = salario base mensual. Anual calculado = base × 14 (12 mensualidades + pagas de 1 de julio y 22 de diciembre, art. 11); no incluye la bolsa de vacaciones (art. 15, una paga más con tope) ni otros pluses.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Manutención (compensación en metálico)

      45,91 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Establecimientos que dan comidas a su clientela en el centro de trabajo. Se da en especie o en metálico; elige la persona trabajadora (salvo personal de cocina y comedor de cafeterías, donde elige la empresa). No corresponde en apartamentos, bungalows, hoteles-residencias, bares, discotecas, salas de fiesta, casinos y demás establecimientos sin servicio de comidas..

      Cotiza y tributa como salario. art. 12 y anexo III

      La tabla da el importe sin decir el periodo; se entiende mensual (sustitución en metálico de la manutención). Si se recibe en especie, el salario en especie se valora en 1,89 € por día de uso del comedor (valor de 2023, que sube con la subida pactada). Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Plus de desgaste de útiles y herramientas

      7,76 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal de cocina que aporta sus propios útiles y herramientas (la empresa no puede obligar a aportarlos)..

      Cotiza y tributa como salario. Cotiza: el desgaste de útiles y herramientas no está excluido de cotización desde el RDL 20/2012. art. 13 y anexo III

      La tabla no dice el periodo; se entiende mensual. Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Conservación y limpieza de uniformes y ropa de trabajo

      Cantidad de tablas (12,51 €), no absorbible ni compensable, abonada fraccionadamente en 12 mensualidades

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Toda la plantilla con uniforme, salvo que la empresa se encargue directamente de la limpieza..

      Cotiza y tributa como salario. Cotiza: la ropa de trabajo no está excluida de cotización desde el RDL 20/2012. art. 14.5 y anexo III

      El texto no aclara si 12,51 € es la cantidad mensual o la anual que se reparte en 12 meses: comprobar en la nómina antes de sumarla. Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Bolsa de vacaciones

      Una paga ordinaria (salario de tabla de tu nivel y clasificación) con un máximo de 1.476,01 € al año

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, al empezar las vacaciones; proporcional al tiempo trabajado. No se le suma antigüedad..

      Cotiza y tributa como salario. art. 15 y anexo III

      Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Nocturnidad (desde las 24:00)

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 24:00 y las 6:00 (las dos primeras horas nocturnas, de 22:00 a 24:00, no llevan recargo). No se aplica a puestos nocturnos por naturaleza (conserje y vigilante de noche, establecimientos nocturnos)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Cálculo del salario/hora fijado por la Comisión Paritaria (acta de 13/3/2018, publicada en el BOP de 13/2/2023): salario base de tabla × 12 ÷ 1819, sin complementos ni pagas extra. Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Compensación por calzado

      61,57 € al año (46,19 € si es calzado de lona o similar), prorrateado en 12 meses

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa exige un modelo o color de calzado y opta por compensarlo en metálico (la persona aporta el calzado)..

      Cotiza y tributa como salario. Cotiza: compensación de ropa de trabajo, no excluida desde el RDL 20/2012. art. 14.2

      Importe fijado para 2025 en el texto del convenio; el acuerdo de 2025 no lo actualiza. Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Gratificación por servicios extraordinarios de Navidad y Fin de Año

      Por fiesta, según categoría del hotel y clasificación: hoteles de 5 estrellas 170,96 / 136,71 / 119,49 / 68,04 / 63,66 €; hoteles de 4 estrellas 136,71 / 102,43 / 93,92 / 50,97 / 47,21 €; hoteles de 3 estrellas y resto 119,58 / 85,42 / 60,00 / 39,93 / 37,42 € (clasificación 1 a 5)

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal de comedor y cocina (y limpieza de zonas comunes y servicio técnico que participe directamente en la gala), por cada fiesta, solo si la empresa cobra un suplemento a la clientela..

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo III

      La tabla habla de «clasificación 1 a 5» sin precisar si es la del establecimiento o el nivel profesional (el art. 18 dice «según la categoría de establecimiento y grupo profesional»). Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    • Servicios extraordinarios (banquetes, bodas, bautizos) de personal ajeno

      Por servicio: hoteles de 5 estrellas 85,40 € (+11,92 € por hora o fracción que pase de 4); 4 estrellas 78,57 € (+10,26 €); 3 estrellas 71,67 € (+10,26 €); resto de hoteles 63,24 € (+10,26 € por hora o fracción que pase de 9)

      Quién lo cobra: Personal de cocina y comedor ajeno al establecimiento contratado para un servicio (4 horas incluido el montaje)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17 y anexo III

      No es un plus de la plantilla: es la tarifa por servicio del personal extra. Importe de 2025 prorrogado: no hay importes de 2026 publicados en el BOP a 14/10/2026 (el acuerdo de 12/4/2025 pacta un 4 % para 2026 que no se ha aplicado aquí).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Las Palmas · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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