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Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Lugo 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 29 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    Grupo I.- Subgrupo 1º.- PERSOAL DIRECTIVO
    Director/a1.357,40 €22.661,65 €
    Director/a Comercial1.292,72 €21.691,45 €
    Director/a Administrativo/a1.292,72 €21.691,45 €
    Xefe/a de Persoal1.292,72 €21.691,45 €
    Xefe/a de Compras1.292,72 €21.691,45 €
    Xefe/a de Servicios1.292,72 €21.691,45 €
    Grupo I.- Subgrupo 2º.- PERSOAL TITULADO
    Titulado/a Grao Superior1.161,06 €19.716,55 €
    Titulado/a Grao Medio1.121,75 €19.126,90 €
    Titulado/a laboral ou profesional1.018,15 €17.572,90 €
    Grupo II.- PERSOAL ADMINISTRATIVO
    Xefe/a Administrativo 1º1.119,61 €19.094,80 €
    Xefe/a Administrativo 2º1.102,10 €18.832,15 €
    Caixeiro/a1.059,96 €18.200,05 €
    Oficial de 1ª1.037,39 €17.861,50 €
    Oficial de 2ª995,24 €17.229,25 €
    Auxiliar953,75 €16.606,90 €
    Telefonista889,01 €15.635,80 €
    Cobrador/a889,01 €15.635,80 €
    Grupo III.- PERSOAL MANDOS INTERMEDIOS
    Encargado/a Xeral1.092,61 €18.689,80 €
    Supervisor/a-Encargado/a de Zoa1.059,96 €18.200,05 €
    Supervisor/a-Encargado/a de Sector1.026,45 €17.697,40 €
    Encargado/a de Grupo ou Edificio31,00 €/día16.405,65 €1
    Responsable de Equipo29,82 €/día15.868,75 €2
    Grupo IV.- PERSOAL OBREIRO
    Especialista32,64 €/día17.151,85 €3
    Peón Especializado/a30,52 €/día16.187,25 €4
    Limpiador/limpadora29,27 €/día15.618,50 €5
    Conductor/a-limpiador/a33,47 €/día17.529,50 €6
    Grupo V.- PERSOAL OFICIOS VARIOS
    Oficial32,64 €/día17.151,85 €7
    Axudante30,52 €/día16.187,25 €8
    Peón29,27 €/día15.618,50 €9

    1. Encargado/a de Grupo ou Edificio: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 11.315,00 € de salario base anual (365 días) y 2.790,00 € de pagas extra (90 días),

    2. Responsable de Equipo: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 10.884,30 € de salario base anual (365 días) y 2.683,80 € de pagas extra (90 días),

    3. Especialista: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 11.913,60 € de salario base anual (365 días) y 2.937,60 € de pagas extra (90 días),

    4. Peón Especializado/a: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 11.139,80 € de salario base anual (365 días) y 2.746,80 € de pagas extra (90 días),

    5. Limpiador/limpadora: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 10.683,55 € de salario base anual (365 días) y 2.634,30 € de pagas extra (90 días),

    6. Conductor/a-limpiador/a: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 12.216,55 € de salario base anual (365 días) y 3.012,30 € de pagas extra (90 días),

    7. Oficial: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 11.913,60 € de salario base anual (365 días) y 2.937,60 € de pagas extra (90 días),

    8. Axudante: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 11.139,80 € de salario base anual (365 días) y 2.746,80 € de pagas extra (90 días),

    9. Peón: Salario base DIARIO (columna «soldo base mes/día»): la tabla da 10.683,55 € de salario base anual (365 días) y 2.634,30 € de pagas extra (90 días),

    Notas de la tabla. Anexo v (vigencia del 1/1 al 31/12/2025). salario anual = columna TOTAL DEVENGADO, literal: salario base anual + pagas extra + plus de convenio + plus de asistencia (sin antigüedad ni pluses variables). Cuadra fila a fila. Encargado/a de Grupo ou Edificio, Responsable de Equipo y grupos IV y V cobran por día (salario base anual = día × 365; pagas = día × 90); el resto, por mes (× 12 y × 3). Los pluses de convenio y de asistencia se dan en importe ANUAL y se pagan en 11 mensualidades (12 si se cobran en el mes de vacaciones), arts. 15-16; el importe mensual de las filas es calculado. Nota de la tabla: se garantiza el SMI en cómputo anual.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios del 4 %)

      un 4 % del salario base cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada tres años de servicio en la misma empresa; se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplirlo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      Sin tope de trienios. Las pagas extra y la de beneficios son de 30 días de salario base más antigüedad (arts. 21-22). Al ampliar jornada en un centro, la empresa no tiene que reconocer la antigüedad por la jornada nueva (art. 26).

    • Plus de trabajo en domingos y festivos

      26,69 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada domingo o festivo trabajado; íntegro si la jornada de ese día es completa, aunque el contrato sea a tiempo parcial.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo en periodo nocturno de más de una hora.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      El convenio no fija la franja nocturna (rige el art. 36 ET: 22:00-6:00). Desde 2024 la media de nocturnidad de los últimos seis meses se cobra también en vacaciones (art. 5).

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Labores tóxicas, peligrosas y penosas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Dietas

      55 % del salario base si hay que hacer una comida fuera; 100 % si son dos; 150 % si hay comida y pernocta

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos a centros distintos del habitual que no supongan traslado.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 24

      El texto no dice si el porcentaje es del salario base diario o mensual; por su naturaleza se entiende diario.

    • Plus de asistencia

      164,72 € al mes, en 11 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    • Plus de convenio

      44,43 € al mes, en 11 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Lugo · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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