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Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Pontevedra 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 16 pagas.

    Hay 28 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,9 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 8 y tabla 2025)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I · Personal directivo y técnico
    Director/a2.431,24 €40.478,68 €*9,30 €
    Director/a Comercial2.224,88 €37.176,92 €*9,30 €
    Director/a Administrativo/a2.224,88 €37.176,92 €*9,30 €
    Jefe/a de RR.HH2.224,88 €37.176,92 €*9,30 €
    Jefe/a de Compras2.224,88 €37.176,92 €*9,30 €
    Jefe/a de Servicios2.224,88 €37.176,92 €*9,30 €
    Grupo I · Subgrupo II · Personal titulado
    Titulado/a grado superior1.803,06 €30.427,80 €*9,30 €
    Titulado/a grado medio1.622,73 €27.542,52 €*9,30 €
    Titulado/a laboral o profesional1.408,13 €24.108,92 €*9,30 €
    Grupo II · Personal administrativo
    Jefe/a Administrativo/a de primera1.713,31 €28.991,80 €*9,30 €
    Jefe/a Administrativo/a de segunda1.614,60 €27.412,44 €*9,30 €
    Cajero/a1.479,99 €25.258,68 €*9,30 €
    Oficial/a de primera1.408,14 €24.109,08 €*9,30 €
    Oficial/a de segunda1.273,61 €21.956,60 €*9,30 €
    Auxiliar1.138,93 €19.801,72 €*9,30 €
    Telefonista1.129,47 €19.650,36 €*9,30 €
    Grupo III · Mandos intermedios
    Encargado/a general1.614,88 €27.416,92 €*9,30 €
    Supervisor/a o encargado/a de zona1.480,00 €25.258,84 €*9,30 €
    Supervisor/a o encargado/a de sector1.372,95 €23.546,04 €*9,30 €
    Encargado/a de grupo o edificio1.212,60 €20.980,44 €*9,30 €
    Responsable de equipo1.171,47 €20.322,36 €*9,30 €
    Grupo IV · Personal subalterno
    Ordenanza1.129,48 €19.650,52 €*9,30 €
    Almacenero/a1.129,48 €19.650,52 €*9,30 €
    Listero/a1.129,48 €19.650,52 €*9,30 €
    Grupo V · Personal obrero
    Especialistas, Carretilleros/as, oficial/a oficios varios1.226,07 €21.195,96 €*9,30 €
    Peón/a especializado/a y ayudante/a de oficios varios1.139,26 €19.807,00 €*9,30 €
    Limpiador o limpiadora y peón/a de oficios varios1.129,26 €19.647,00 €*9,30 €
    Conductor/a-limpiador/a1.306,21 €22.478,20 €*9,30 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Notas de la tabla. Tablas definitivas 2025 (acta de la comisión negociadora de 8/6/2026, BOP Pontevedra 27/7/2026, anuncio 2026058218): +2,9 % (IPC 2025) sobre las de 2024, según el art. 4 del convenio en ultraactividad; se pagan como muy tarde el mes siguiente a la publicación. Salario base mensual literal. pagas = 16: doce mensualidades y cuatro pagas extra (julio, Navidad, marzo y octubre) de una mensualidad de salario base más antigüedad (art. 27; la de octubre, al 100 % desde 2022). salario anual = salario base × 16 + plus convenio 131,57 € × 12 (calculado, el boletín no publica el anual).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno; también el personal de nueva contratación.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29

      El convenio no fija la franja horaria: se aplica la del art. 36 ET (22:00 a 6:00). El plus se incluye en la retribución de vacaciones (art. 7) y en el complemento de IT por accidente de trabajo (art. 30).

    • Complemento de toxicidad o peligro

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Labores tóxicas o peligrosas (art. 53.a de la antigua ordenanza). El de peligro, a quien preste servicio habitualmente sobre andamio o con los pies sobre escalera a más de 1,80 m.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29

      El texto lo regula como un único complemento de labores tóxicas o peligrosas; no dice que ambos conceptos se acumulen.

    • Antigüedad consolidada

      Importe personal consolidado (trienios hasta 2008 más cuatrienios posteriores), no absorbible ni compensable, que sube cada año lo mismo que el salario base; se cobra también en las cuatro pagas extra

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad generada a 1/1/2018 (o un cuatrienio ya iniciado, que termina de completar). Desde esa fecha no se genera antigüedad nueva.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y acuerdo de la Comisión Paritaria de 4/12/2019

      No se puede calcular con la tabla: depende del importe que cada persona tuviera consolidado. La Comisión Paritaria (BOP 2/1/2020) aclaró que se le aplican las mismas subidas anuales que al salario base.

    • Media dieta

      20,58 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a un lugar de trabajo fuera del municipio de residencia (sin ser traslado del art. 40 ET) que obliga a hacer una comida fuera.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

    • Dieta completa

      36,68 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del municipio de residencia que obliga a hacer dos comidas fuera.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

    • Dieta con pernocta

      61,41 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del municipio de residencia con dos comidas y noche fuera del domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta: no cotiza dentro de los límites del art. 147.2 LGSS y del Reglamento del IRPF; el exceso sí cotiza. art. 32 y tabla 2025

    • Plus convenio

      131,57 € al mes, en 12 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Pontevedra · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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