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Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Valladolid 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 21 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 23)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I · Personal directivo y técnicos titulados
    Director/a1.838,02 €27.570,35 €—
    Director/a Comercial1.744,30 €26.164,47 €—
    Titulado/a Superior1.518,24 €22.773,58 €—
    Titulado/a Grado Medio1.494,21 €22.413,13 €—
    Grupo II · Personal administrativo
    Jefe/a Administrativo 1ª1.553,99 €23.309,92 €—
    Jefe/a Administrativo 2ª1.477,17 €22.157,50 €—
    Cajero/a1.408,07 €21.121,10 €—
    Oficial 1ª1.375,75 €20.636,26 €—
    Oficial 2ª1.314,46 €19.716,90 €—
    Auxiliar1.253,64 €18.804,56 €—
    Aspirante1.067,10 €16.006,51 €—
    Cobrador/a1.253,64 €18.804,56 €—
    Grupo III · Mandos intermedios
    Encargado/a General1.477,17 €22.157,50 €—
    Supervisor/a Encargado Zona1.375,75 €20.636,26 €—
    Supervisor/a Encargado Sector1.337,88 €20.068,16 €—
    Encargado/a Grupo1.269,81 €19.047,14 €—
    Responsable de Equipo1.230,29 €18.454,30 €—
    Grupo IV · Personal operario
    Especialista1.327,86 €19.917,86 €11,86 €
    Peón Especializado / Cristalero1.243,32 €18.649,74 €11,10 €
    Limpiador/a1.168,85 €17.532,76 €10,43 €
    Conductor/a Limpiador/a1.333,92 €20.008,81 €11,90 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.681 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      42,52 € al mes cada tres años (trienio) (tope: 30 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, cualquiera que sea su categoría.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      El convenio da el importe «por trienio» sin decir si es mensual; se interpreta mensual (también se paga en las pagas extra, art. 11). Quien ya cobraba más del 30 % lo mantiene a título personal.

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Jornada ordinaria nocturna.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

    • Complemento por jornada nocturna en domingo o festivo

      14,29 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cada vez que la jornada nocturna se haga al menos cinco horas en domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

    • Plus de domingos y festivos

      38,30 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada jornada completa trabajada en domingo o festivo; proporcional si la jornada de ese día es menor.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

    • Plus de toxicidad, peligrosidad o penosidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos tóxicos, peligrosos o excepcionalmente penosos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

    • Plus de peligrosidad de cristaleros

      42,52 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Personal que se dedica de forma habitual y principal a la limpieza de cristales.

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

      Importe mensual mínimo.

    • Bolsa de vacaciones

      98,89 € al mes, en 1 pagas

      Quién lo cobra: Solo si, de común acuerdo, se disfrutan las vacaciones seguidas fuera de junio a septiembre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Importe anual, en un único pago.

    • Ayuda por hijo/a con discapacidad

      47,87 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a con discapacidad (también tutores o curadores); proporcional entre empresas del sector según jornada.

      Cotiza y tributa como salario. Mejora voluntaria pagada por la empresa: cotiza. art. 38

      Importe mensual por hijo/a.

    • Dieta completa

      45,81 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a un lugar de trabajo fuera de la localidad habitual (sin ser traslado).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 14

    • Media dieta

      22,90 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a un lugar de trabajo fuera de la localidad habitual (sin ser traslado).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 14

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Valladolid · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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