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Tablas salariales de oficinas y despachos de Granada 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 46 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    Grupo I Titulados
    Titulado grado superior1.734,63 €27.160,96 €
    Titulado grado medio1.654,35 €25.956,69 €
    Grupo II Administrativos
    Jefe superior1.613,81 €25.348,70 €
    Jefe de primera1.552,64 €24.431,05 €
    Jefe de segunda1.493,36 €23.541,90 €
    Oficial de primera1.392,29 €22.025,83 €
    Oficial de segunda1.307,07 €20.747,56 €
    Auxiliares1.178,52 €18.819,32 €
    Cobradores-Pagadores1.178,52 €18.819,32 €
    Aspirantes de 16-17 años989,25 €15.980,20 €1
    Grupo III Técnico de oficina
    Jefe de equipo de informática1.552,64 €24.431,05 €
    Analista1.552,64 €24.431,05 €
    Programador ordenador1.552,64 €24.431,05 €
    Programador de máquinas auxiliares1.552,64 €24.431,05 €
    Jefe de delineación1.493,36 €23.541,90 €
    Delineante1.332,45 €21.128,29 €
    Delineante proyectista1.392,29 €22.025,83 €
    Administrador de Test1.493,36 €23.541,90 €
    Coordinador de tratamientos1.493,36 €23.541,90 €
    Jefe de explotación1.493,36 €23.541,90 €
    Contable1.428,08 €22.562,75 €
    Coordinador de estudios1.392,29 €22.025,83 €
    Jefe de equipo de encuestas1.392,29 €22.025,83 €
    Controlador1.392,29 €22.025,83 €
    Operador de ordenador1.392,29 €22.025,83 €
    Jefe de exploración1.392,29 €22.025,83 €
    Grupo IV especialistas de oficina
    Jefe de máquinas básicas1.392,29 €22.025,83 €
    Operador de tabuladores1.332,45 €21.128,29 €
    Jefe de entrevistadores1.332,45 €21.128,29 €
    Encargado Depto. Reprografía1.332,45 €21.128,29 €
    Operador de máquinas básicas1.281,66 €20.366,44 €
    Dibujantes1.281,66 €20.366,44 €
    Entrevistadores-encuestadores1.281,66 €20.366,44 €
    Calcador1.235,68 €19.676,64 €
    Perf. Verificador clasificador1.235,68 €19.676,64 €
    Grupo V Subalternos
    Conserje mayor1.205,44 €19.223,09 €
    Conserje1.178,52 €18.819,32 €
    Ordenanza1.178,52 €18.819,32 €
    Vigilante1.178,52 €18.819,32 €
    Limpiadora de apartamentos1.178,52 €18.819,32 €
    Limpiadores1.178,52 €18.819,32 €
    Grupo VI oficios varios
    Encargado1.332,45 €21.128,29 €
    Oficial de 1ª y conductores1.308,58 €20.770,21 €
    Oficial de 2ª1.250,44 €19.898,05 €
    Ayudantes y operadores1.178,52 €18.819,32 €
    Peones y mozos1.178,52 €18.819,32 €

    1. Aspirantes de 16-17 años: Por debajo del SMI 2025 en cómputo anual: se cobra al menos el SMI (también para menores de edad).

    Notas de la tabla. Anexo I, «Tablas salariales 2025» (BOP Granada nº 69, 14/04/2026, corrección de errores que republica el convenio completo): euros al mes y euros al año. El anual publicado = salario × 15 (12 meses + 3 pagas de 30 días, art. 9) + plus de transporte × 12 (95,12 €/mes), con diferencias de céntimos. 2025: +3 % sobre 2024.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      un 6 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 5 (tope: 30 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 8

      El convenio dice «6 por ciento de sus retribuciones salariales»; se toma como base el salario base. Los trienios se cobran también en las tres pagas extra (art. 9).

    • Plus de nocturnidad

      un 15 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 7:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

    • Plus de teletrabajo

      2,39 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por día de trabajo a distancia (esos días no se cobra el plus de transporte).

      Cotiza y tributa como salario. Compensación de gastos sin justificación individual: se considera que cotiza. art. 19

    • Plus compensatorio para el desarrollo de políticas sociales

      20,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo si la empresa elige la compensación económica: no se paga si acredita sus propias acciones sociales ante la comisión paritaria o si está asociada a la Confederación Granadina de Empresarios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

      20 € al mes (240 € al año). El art. 37 dice que se actualiza cada año con las tablas, pero no publica la cifra actualizada: se guarda el importe literal en los dos años.

    • Ayuda de estudios

      156,27 € al año por hijo/a o por la persona trabajadora; se paga en octubre

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a que estudie desde guardería (0-3 años) hasta formación superior, o por la propia persona trabajadora que estudie, justificándolo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 7 y anexo I

    • Dietas

      Dieta completa (pernoctando fuera) 59,21 €; media dieta (más de 5 horas fuera coincidiendo con la comida) 23,68 €; dieta por comida 10,66 €

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 10 y anexo I

      Importes mínimos.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,31 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos de trabajo en automóvil propio.

      Supera el límite exento de 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS): el exceso cotiza. art. 10 y anexo I

    • Plus de transporte

      95,12 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Granada · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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