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Tablas salariales de sanidad privada de Cataluña 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 20 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. (art. 20)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    1
    Grupo 1 · Nivel 1 (básico)2.308,92 €32.324,88 €*+3,0 %23,41 €
    Grupo 1 · Nivel 2 (superior)2.390,46 €33.466,44 €*+3,0 %24,24 €
    2
    Grupo 2 · Nivel 1 (básico)2.155,65 €30.179,10 €*+3,0 %21,86 €
    Grupo 2 · Nivel 2 (superior)2.207,80 €30.909,20 €*+3,0 %22,38 €
    3
    Grupo 3 · Nivel 1 (básico)1.883,41 €26.367,74 €*+3,0 %19,10 €
    Grupo 3 · Nivel 2 (superior)1.928,98 €27.005,72 €*+3,0 %19,56 €
    4
    Grupo 4 · Nivel 1 (básico)1.501,36 €21.019,04 €*+3,0 %15,22 €
    Grupo 4 · Nivel 2 (superior)1.537,69 €21.527,66 €*+3,0 %15,59 €
    5
    Grupo 5 · Nivel 1 (básico)1.332,45 €18.654,30 €*+3,0 %13,51 €
    Grupo 5 · Nivel 2 (superior)1.364,70 €19.105,80 €*+3,0 %13,84 €
    6
    Grupo 6 · Nivel 1 (básico)2.308,92 €32.324,88 €*+3,0 %23,41 €
    Grupo 6 · Nivel 2 (superior)2.390,46 €33.466,44 €*+3,0 %24,24 €
    7
    Grupo 7 · Nivel 1 (básico)2.155,65 €30.179,10 €*+3,0 %21,86 €
    Grupo 7 · Nivel 2 (superior)2.207,80 €30.909,20 €*+3,0 %22,38 €
    8
    Grupo 8 · Nivel 1 (básico)1.883,41 €26.367,74 €*+3,0 %19,10 €
    Grupo 8 · Nivel 2 (superior)1.928,98 €27.005,72 €*+3,0 %19,56 €
    9
    Grupo 9 · Nivel 1 (básico)1.501,36 €21.019,04 €*+3,0 %15,22 €
    Grupo 9 · Nivel 2 (superior)1.537,69 €21.527,66 €*+3,0 %15,59 €
    10
    Grupo 10 · Nivel 1 (básico)1.332,45 €18.654,30 €*+3,0 %13,51 €
    Grupo 10 · Nivel 2 (superior)1.364,70 €19.105,80 €*+3,0 %13,84 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.726 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I del acuerdo parcial de 3/7/2026 (DOGC 30/07/2026): +3 % con efectos de 1/1/2026 (columna «2026»). El mismo acuerdo fija otra columna «31/12/2026» con un 1 % más desde el 31/12/2026, sin efectos retroactivos en 2026. Grupos 1-5: área asistencial; 6-10: administración y servicios generales. Nivel 1 = básico, nivel 2 = superior (se pasa al superior con 4 años en el grupo y horas de formación, art. 54.3). El anual no viene en la tabla: se calcula salario base × 14 (12 mensualidades + pagas de junio y diciembre de una mensualidad de salario de convenio más antigüedad, art. 21). No incluye antigüedad, nocturnidad ni otros pluses.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (escala anual del anexo VI)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde el día de ingreso en la empresa, sea cual sea el contrato. Proporcional a la jornada..

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo VI

      Escala no lineal del anexo VI (importes mensuales acumulados: 1 año(s) y 1 día: 9,39 €; 2 año(s) y 1 día: 18,69 €; 3 año(s) y 1 día: 28,09 €; 4 año(s) y 1 día: 37,37 €; 5 año(s) y 1 día: 46,69 €; 6 año(s) y 1 día: 55,65 €; 7 año(s) y 1 día: 64,18 €; 8 año(s) y 1 día: 72,27 €; 9 año(s) y 1 día: 80,01 €; 10 año(s) y 1 día: 87,29 €; 11 año(s) y 1 día: 94,20 €; 12 año(s) y 1 día: 100,76 €; 13 año(s) y 1 día: 106,82 €; 14 año(s) y 1 día: 112,56 €; 15 año(s) y 1 día: 118,13 €; 16 año(s) y 1 día: 123,79 €; 17 año(s) y 1 día: 129,43 €; 18 año(s) y 1 día: 135,14 €; 19 año(s) y 1 día: 140,81 €; 20 año(s) y 1 día: 146,42 €; 21 año(s) y 1 día: 152,13 €; 22 año(s) y 1 día: 157,77 €; 23 año(s) y 1 día: 163,45 €; 24 año(s) y 1 día: 169,08 €; 25 año(s) y 1 día: 174,73 €; 26 año(s) y 1 día: 180,37 €; 27 año(s) y 1 día: 186,07 €; 28 año(s) y 1 día: 191,74 €; 29 año(s) y 1 día: 197,36 €; 30 año(s) y 1 día: 203,04 €). En antiguedad.tramos va lo que se añade cada año (diferencias calculadas por nosotros entre importes acumulados). Se cobra en 12 mensualidades y 2 pagas extra, proporcional a la jornada. Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de nocturnidad

      de 333,12 a 597,62 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. El importe del anexo II es el mensual con jornada completa en horario nocturno; si solo parte de tus horas son nocturnas, se cobra en proporción. No se cobra si el salario ya se fijó por ser trabajo nocturno por naturaleza..

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y anexo II

      Equivale al 25 % del salario de convenio. Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de domingo (por hora)

      de 5,21 a 7,44 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 0 y las 24 h del domingo. Solo en servicio activo (no en IT, vacaciones ni permisos). Si el domingo es festivo especial, se cobra el festivo especial..

      Cotiza y tributa como salario. art. 14 y anexo X

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de sábado (por hora)

      de 2,60 a 3,71 € por hora según categoría

      Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 0 y las 24 h del sábado. Solo en servicio activo. Si el sábado es festivo, se cobra el plus de festivo..

      Cotiza y tributa como salario. art. 15 y anexo XI

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Festivo intersemanal trabajado con descanso compensatorio (por hora)

      de 5,21 a 7,44 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en festivo intersemanal que sí tienen descanso compensatorio: se pagan con el importe por hora del anexo X (el mismo que el domingo)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 33.3 y anexo X

      El texto publicado remite al «33.4»; el acuerdo de 14/11/2024 (DOGC 2/1/2025) aclara la renumeración. Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Festivo intersemanal trabajado sin descanso compensatorio

      un 75 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en festivo intersemanal sin descanso compensatorio: hora ordinaria con un 75 % de recargo..

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

    • Festivo especial (Navidad y Año Nuevo)

      Con descanso compensatorio: 100 % de recargo sobre el valor del día. Sin descanso: el 100 % de lo que corresponde por festivo trabajado (art. 33.3).

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Desde el turno de noche del 24 al 25 de diciembre hasta el final del turno de tarde del 25, y desde el turno de noche del 31 de diciembre hasta el final del turno de tarde del 1 de enero..

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 (redacción del acuerdo de 14/11/2024)

    • Plus de transporte (turno seguido)

      29,62 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Personal de turno seguido (también el de jornada partida que come en el centro). Incompatible con el plus de distancia..

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y anexo VII

      El convenio no dice si se cobra en pagas extra: se toma como mensual (12). Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de transporte (turno partido)

      59,22 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Personal de turno partido que no come en el centro. Incompatible con el plus de distancia..

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y anexo VII

      El convenio no dice si se cobra en pagas extra: se toma como mensual (12). Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de ayuda familiar por cónyuge o padres a cargo

      20,87 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Cónyuge o pareja de hecho que no trabaje, o padre, madre o afines que convivan contigo y estén a tu cargo. Se cobra entero aunque trabajes a tiempo parcial..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17.1 y anexo IV

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de ayuda familiar por cada hijo/a

      12,65 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a menor de 18 años que no trabaje. Se cobra entero aunque trabajes a tiempo parcial..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17.1 y anexo IV

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus por familiar con discapacidad a cargo

      45,33 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada cónyuge o hijo/a con discapacidad reconocida por la Seguridad Social a tu cargo. Incompatible con la ayuda familiar por ese mismo familiar..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17.2 y anexo V

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de responsabilidad, supervisión o mando

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Puestos de confianza con especial responsabilidad, mando o supervisión, mientras se ejerzan. No consolidable. Mínimo del 10 % del salario base..

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Atención continuada de presencia (médicos), día laborable

      de 24,55 a 30 € por hora según categoría

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora de jornada complementaria de presencia física en día laborable (guardias de facultativos). Las horas de localización no se pagan salvo que te hagan ir al centro..

      Cotiza y tributa como salario. art. 32 y anexo XII

      Se asocia «Nivel 1/Nivel 2» del anexo XII al nivel básico/superior del grupo 1 (interpretación nuestra). Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Atención continuada de presencia (médicos), domingo o festivo

      de 27,28 a 34,09 € por hora según categoría

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada hora de jornada complementaria de presencia física en domingo o festivo..

      Cotiza y tributa como salario. art. 32 y anexo XII

      Se asocia «Nivel 1/Nivel 2» del anexo XII al nivel básico/superior del grupo 1 (interpretación nuestra). Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Carrera profesional (grupos 1 y 2)

      de 83,71 a 101,03 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Lo que se paga por tener un título que exige el puesto. Quién lo cobra: Profesionales sanitarios de los grupos 1 y 2 con el nivel de carrera profesional reconocido (nivel 3: 6 años en el nivel 2 y 100 puntos de evaluación). Voluntario; no compensable ni absorbible..

      Cotiza y tributa como salario. art. 54.4 y anexo XIII

      Importe mensual × 14. Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Sistema de incentivación profesional (SIP, grupos 3 a 10)

      de 43,29 a 86,58 € al mes según categoría, en 14 pagas

      Quién lo cobra: Grupos 3 a 10 con el nivel 3 del SIP reconocido (6 años en el nivel 2 y las horas de formación del art. 54.5). No compensable ni absorbible..

      Cotiza y tributa como salario. art. 54.5 y anexo XIV

      Importe mensual × 14. Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Plus de distancia

      Coste del transporte público, o 0,19 € × km entre municipios

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Si vives fuera del municipio del centro: la empresa paga el billete de transporte público; si no hay transporte público en tu horario, 0,19 € por km según la distancia oficial entre municipios. Incompatible con el plus de transporte..

      Gastos de locomoción: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (0,26 €/km); el billete de transporte público justificado tampoco. art. 23

      Importe fijado en el texto del convenio (no en las tablas anexas que actualiza el acuerdo de 2026): sigue en 0,19 €/km.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,19 € por km

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos de trabajo con tu propio vehículo, más parking y peajes justificados..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exento dentro del límite de 0,26 €/km del art. 147.2 LGSS. art. 27

      Importe fijado en el texto del convenio (no en las tablas anexas que actualiza el acuerdo de 2026): sigue en 0,19 €/km.

    • Dieta completa

      63,06 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo que obligan a pernoctar fuera..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dietas: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 26 y anexo VIII

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Media dieta

      33,45 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo sin pernoctar..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dietas: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 26 y anexo VIII

      Importes de 2026 (acuerdo parcial DOGC 30/07/2026, columna «2026»); desde el 31/12/2026 suben un 1 % más.

    • Premio de fidelidad (25 años)

      Un mes de vacaciones adicional ese año, o su compensación en dinero si lo pides

      Quién lo cobra: Al cumplir 25 años en la empresa. También en proporción si te despiden (improcedente u objetivo) con más de 10 años, si te jubilas con 10 o más años, o en jubilación parcial..

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOGC · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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