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Tablas salariales de sanidad privada de Ourense 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 17 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 20 %. A criterio de la empresa: descanso retribuido equivalente incrementado en un 10 %, en los 3 meses siguientes. (art. 15)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I
    Médico/a1.640,00 €22.960,00 €*15,18 €
    Farmacéutico/a1.640,00 €22.960,00 €*15,18 €
    Grupo II
    DUE (Enfermero/a)1.466,00 €20.524,00 €*13,57 €
    Fisioterapeuta1.466,00 €20.524,00 €*13,57 €
    Grupo III
    Técnico/a de Diagnóstico1.312,00 €18.368,00 €*12,14 €
    Técnico/a de Radioterapia1.312,00 €18.368,00 €*12,14 €
    Técnico/a de Laboratorio1.312,00 €18.368,00 €*12,14 €
    Oficial Administrativo1.312,00 €18.368,00 €*12,14 €
    Jefe/a de Cocina1.312,00 €18.368,00 €*12,14 €
    Grupo IV
    Cocinero/a1.210,00 €16.940,00 €*11,20 €
    Auxiliar de enfermería (TCAE)1.210,00 €16.940,00 €*11,20 €
    Auxiliar Administrativo1.210,00 €16.940,00 €*11,20 €
    Grupo V
    Telefonista1.162,00 €16.268,00 €*10,76 €
    Recepcionista1.162,00 €16.268,00 €*10,76 €
    Limpiador/a1.162,00 €16.268,00 €*10,76 €
    Pinche de cocina1.162,00 €16.268,00 €*10,76 €
    Celador/a1.162,00 €16.268,00 €*10,76 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.815 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I del convenio 2024-2027 (BOP Ourense n.º 155 de 12/08/2024), columna 2025: salario base mensual por grupo (cada categoría del grupo, una fila). salario anual calculado = salario base × 14 (12 mensualidades + pagas de julio y diciembre de una mensualidad de salario base más antigüedad, art. 20; prorrateables). No incluye antigüedad ni pluses.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      18,00 € al mes cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla: 18 € por cada trienio cumplido en la misma empresa. Entra en las pagas de julio y diciembre..

      Cotiza y tributa como salario. art. 19 y art. 20

      Quien ya cobraba antigüedad antes del 1/7/2024 la mantiene y los trienios nuevos se pagan a 18 €. El convenio no actualiza este importe por años. Se asume importe mensual (entra en las pagas extra); el artículo no lo dice expresamente.

    • Complemento de trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00..

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

    • Complemento de puesto (toxicidad, peligrosidad, penosidad y mayor especialidad)

      30,00 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajo exclusivo o preferente, habitual y continuado (más de media jornada) en radioelectrología, radioterapia, medicina nuclear, citostáticos, hemodiálisis, anatomía patológica, quirófanos o clínicas dentales. Si no es habitual, solo por los días trabajados allí..

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Importe fijo del texto, sin subida pactada por años. No se consolida al cambiar de sección.

    • Plus festivo (por turno)

      7,69 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada turno de presencia en festivo (de 22:00 del día anterior a 22:00 del festivo). Los turnos de mañana y tarde del 25 de diciembre y 1 de enero se pagan como festivos dobles..

      Cotiza y tributa como salario. art. 14.4, art. 14.5 y anexo II

      Mismo importe para los cinco grupos.

    • Plus domingo (por turno)

      5,49 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada turno de presencia en domingo (de 22:00 del sábado a 22:00 del domingo)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 14.4 y anexo II

      Mismo importe para los cinco grupos.

    • Noches del 24 y 31 de diciembre

      45 € por cada una de esas noches

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar la noche del 24 o del 31 de diciembre..

      Cotiza y tributa como salario. art. 14.5

      Importe fijo del texto, sin subida pactada por años.

    • Guardia localizada (por día)

      de 8,20 a 18,45 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada día de guardia localizada (jornada complementaria para urgencias y funcionamiento continuado), según el grupo. El anexo III no fija importe para el grupo I..

      Cotiza y tributa como salario. art. 16 y anexo III

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Ourense · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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