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Tablas salariales de sanidad privada de Valladolid 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 5 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. La compensación se pacta entre las partes; sin pacto, se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes. (art. 12)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    I
    Grupo profesional I2.090,20 €29.262,80 €0,0 %25,17 €
    II
    Grupo profesional II1.498,14 €20.973,96 €0,0 %18,04 €
    III
    Grupo profesional III1.280,47 €17.926,58 €0,0 %15,42 €
    IV
    Grupo profesional IV1.031,46 €14.440,44 € SMI10,0 %12,42 €
    V
    Grupo profesional V1.000,44 €14.006,16 € SMI20,0 %12,05 €

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Grupo profesional IV: Salario de tabla por debajo del SMI: el art. 22 del convenio eleva automáticamente el salario base hasta el SMI vigente.

    2. Grupo profesional V: Salario de tabla por debajo del SMI: el art. 22 del convenio eleva automáticamente el salario base hasta el SMI vigente.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.744 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Vencido el 31/12/2025; sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 5 del convenio y art. 86 ET). No se ha aplicado ninguna subida.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad (noche de 10 horas)

      10,51 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por noche trabajada entre las 22:00 y las 8:00 (turno de 10 horas); en jornadas inferiores, proporcional.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Se cobra también en la retribución de las vacaciones. Importe de 2025 (último publicado, art. 25); el convenio no fija importes para 2026 y se mantiene en ultraactividad.

    • Plus de nocturnidad (jornada nocturna de 8 horas)

      8,41 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por jornada nocturna de 8 horas dentro de la franja 22:00-8:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Se cobra también en la retribución de las vacaciones. Importe de 2025 (último publicado, art. 25); el convenio no fija importes para 2026 y se mantiene en ultraactividad.

    • Plus de festividad

      14,72 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Importe de 2025 (último publicado, art. 25); el convenio no fija importes para 2026 y se mantiene en ultraactividad.

    • Plus de festividad especial

      29,43 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por día trabajado el 25 de diciembre, el 1 o el 6 de enero, y desde el turno de noche de Nochebuena y de Nochevieja.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Importe de 2025 (último publicado, art. 25); el convenio no fija importes para 2026 y se mantiene en ultraactividad.

    • Complemento de vinculación (antigüedad consolidada en 2003)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quienes tenían antigüedad cuando se suprimió con el convenio de 2003: cantidad consolidada personal.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Importe individual (el de cada persona en 2003): no absorbible, no compensable y no revalorizable. Entra en las pagas extra (art. 26). El convenio no tiene antigüedad para el resto.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Valladolid · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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